las Indias, que fueron señalados para esta isla y para la de Sant
Juan, vino á ella consagrado, fué el licenciado D. Alonso Manso, que
dijimos ser canónigo de Salamanca. Este era teólogo y persona de muy
buena vida, en las cosas del mundo no muy experimentado, hombre recto,
humilde, simple y llano, y, por estas calidades virtuosas, del Rey y
de la Reina bien estimado; al cual cometieron que visitase aquella
Universidad de Salamanca, y porque los doctores y catedráticos salieron
al recibimiento, creo, del príncipe D. Juan ó de los mismos Reyes, con
ciertas vestiduras de seda ó raso, á costa del arca de la Universidad,
los condenó en que de sus casas lo pagasen, y fué aquesta condenacion
entónces harto notada y nombrada. Venido á su obispado é isla de Sant
Juan, como en Castilla se tenia en práctica que la granjería principal,
con que acá se allegaban dineros y adquirian oro los hombres, era tener
repartimiento de indios para echarlos en las minas, nunca haciéndose
caso ni boqueándose que los indios cada dia perecian en las minas,
matándolos, y en los otros trabajos al sacar del oro ordenados, debió
de pedir el señor Obispo al Rey que le diese su repartimiento como á
los demas se daba. Finalmente, que tuvo repartimiento de indios, y
sirviéndose dellos, no sabré decir si los hizo echar á las minas, ó se
contentó con ocupallos solamente en los otros trabajos, como eran en
las labranzas donde se hacia el pan y lo demas para mantener la casa,
pero con todas sus virtudes y teología, no cayó en su ceguedad, y de
los españoles á quien él era obligado á alumbrar, de como aquellas
gentes eran opresas y tiranizadas contra toda razon y justicia, y
perecian sin doctrina, y sin fe y sacramentos eternalmente; y en su
tiempo, que no fué poco lo que vivió en aquella isla, dentro del cual
cuasi todos murieron, no hobo más cuidado ni memoria de la obligacion
que él y los españoles tenian á la enseñanza é instruccion de aquellas
gentes, y á no se servir dellos donde perecian, que si no fueran
hombres, y así, con este descuido y simplicidad, murió el buen Obispo,
aunque no faltó quien, muchos años ántes que muriese, en Castilla, le
avisase. Pocos meses despues de llegado á aquella isla, quiso llevar
diezmos personales á los vecinos españoles dellas, dándole el diezmo de
lo que cada uno, por su persona adquiriese, y creo que debia tambien
pretender del oro que ganasen y adquiriesen de las minas y de las otras
granjerías con los indios, pero los españoles resistieron, como sepan
volver por sí. No sé los comedimientos que el Obispo con ellos hizo,
ni los que ellos con él hicieron, pero él procedió con sus censuras
contra ellos, como á pertinaces desobedientes, lo mismo hicieron ellos,
con harta temeridad y desvergüenza, porque, por escarnio y haciendo
burla dél, lo descomulgaban ellos; quitábanle, á lo que yo me acuerdo,
la comida ó parte della, en lo que ellos podian, hiciéronle grandes
desacatos y molestias, en tanto grado, que, como era manso y humilde,
no pudiéndolas sufrir ó no sabiendo darse á manos con ellos, acordó
de se ir á Castilla á quejarse al Rey, ó á tornarse á Salamanca, á
su canongía. Estuvo en Castilla tres ó cuatro años, y no faltando
quien le acusase la consciencia, y tambien quien le nombrase para
Inquisidor en esta isla, hóbose de tornar, y estuvo aquí algun año ó
dos, entendiendo en las cosas del Santo Oficio, y despues se fué á su
Obispado, donde, como se dijo, vivió muchos dias. No tractó más de
los diezmos personales por evitar el escándalo, aunque era escándalo
de malicia, porque todo hombre cristiano es obligado por derecho á
pagar los diezmos personales, si la Iglesia lo pide. Los pecados que
en aquellas desobediencias y menosprecios de las censuras, y afrentas,
y escarnios que de su Prelado y Obispo cometieron, algunos de los
culpados los comenzaron á pagar en esta vida; de uno se yo que murió
malamente, porque, estando en su cama seguro, entró otro y le dió de
puñaladas, y así, creo yo, que á los demas les vinieron en esta vida
tribulaciones hartas, como sobrevinieron en aquella isla, sino que
no hemos mirado en ello, aunque bastaba para provocar la indignacion
divina y destruillos á todos haber ellos destruido los indios. El
obispo de la Concepcion y de la Vega desta isla, no vino á ella sino
despues de algunos años, y entretanto envió un Provisor, llamado D.
Cárlos de Aragon, doctor de París en teología, solemnísimo predicador,
que donde predicaba todo el mundo se iba tras él por oirlo. Este
doctor, como era aragonés, y el tesorero Pasamonte lo era tambien, y
era persona de tan grande autoridad en esta isla, y en Castilla con
el Rey, é Conchillos, el Secretario, aragonés, y que rodeaba todo lo
de estas partes, y el Factor desta isla tambien aragonés, y con ser
doctor de París y tener grande gracia de predicar, y caballero, que áun
dijeron ser pariente del Rey, con todos estos adminículos y favores,
y no haber en esta isla entónces letrados, sino los frailes de Sancto
Domingo, y éstos, viviendo en su pobreza y humildad, haciendo poco
estruendo de lo que sabian, el doctor don Cárlos, cierto, daba de sí en
los sermones grandes y claras señales de arrogancia y presuncion; entre
otras era, que los briales de su madre vendia para estudiar en París,
y los estudios y trabajos que en adquirir las letras que sabia habia
pasado. Alegaba muchas veces á su maestro Joanes Majoris en el púlpito,
y cuando lo alegaba tiraba el bonete, diciendo con gran reverencia:
«esto dice el tal doctor Joanes Majoris»; subió más su presuncion,
á mostrar tener en poco la doctrina de Sancto Tomás, y hablar del
Santo con una manera de menosprecio, diciendo así cuando tractaba de
materias: «perdone el señor Sancto Tomás, que en ésto no supo lo que
dijo,» y cuando esto decia, quitaba el bonete. En este tiempo predicaba
muy sueltamente proposiciones nuevas y que, oidas por los religiosos
de Sancto Domingo, que los seglares les iban á referir, juzgaban ser
escandalosas y mal sonantes, y entre otras, entendieron que cogian los
seglares, decir D. Cárlos en ciertas materias, no ser pecado mortal
lo que lo era, por manera que, pareciéndoles que el pueblo comenzaba á
padecer peligro oyendo doctrina no sana, acordaron de ocurrir á ello,
y no me acuerdo sobre qué materia, que habia predicado D. Cárlos,
mandó el Vicario de los frailes á un padre fray Bernardo de Sancto
Domingo, que era el más docto y habia sido uno de los primeros que
habian traido la Órden acá, que fuese á fijar ciertas conclusiones
en el púlpito de la iglesia de la ciudad, contra la doctrina que
habia predicado D. Cárlos, estando toda la iglesia llena de gente,
que debia ser dia de fiesta. El tesorero Pasamonte y todos los demas,
ó con buen celo por impedir escándalo, ó porque la honra, crédito y
autoridad que habia D. Cárlos adquirido en esta isla, no padesciese
algun daño, rogando é importunando mucho al padre fray Bernardo, le
impidieron que las conclusiones no fijase; el cual, visto que aunque
porfiase á fijarlas no podria salir con ello, porque por bien ó por
mal no lo dejaran, acordó tornarse á su casa sin hacer más; lo que
pudieron hacer los religiosos fué, recoger las más proposiciones que
pudieron haber, que D. Cárlos habia, ó era fama entre los seglares que
habia predicado, y enviarlas á España al Provincial, para que allá las
viesen, y lo que conviniese remediasen. Desde á algunos dias, acuerda
D. Cárlos irse á España; llegó á Sevilla y mudó la color del hábito,
vistiéndose de paño humilde y pardo. Comienza á predicar en muchas
iglesias y lugares, y váse toda la ciudad tras él, donde quiera que
predicaba; ó por el aviso que de acá los religiosos de Sancto Domingo
dieron, ó porque Dios no se olvidaba de la honra y autoridad de Sancto
Tomás, comenzaron á le ir á oir é notar los frailes de la Órden lo que
predicaba. De Sevilla váse á Castilla y á la corte, predica por ella,
vánle á oir los frailes, colígenle muchas proposiciones no dignas de
verdadero cristiano, y, segun entendí, el padre fray Diego de Victoria,
solemnísimo predicador en España, de la misma Órden, y hermano del
maestro fray Francisco de Victoria, que tanta claridad por su doctrina
desparció en España, denunció dél á los inquisidores veinticinco ó
treinta errores y herejías, que habia predicado. Prendiéronlo, y
al cabo, en Búrgos lo sentenciaron á que se retractase y desdijese,
y anatematizase, creo que, de veinticinco erróneas proposiciones de
diversas calidades, dañadas; el cual, en presencia de toda la corte,
en la iglesia mayor de Búrgos, creo, el año de 513, subido en un
púlpito, se desdijo y retractó y anatematizó, segun le sentenciaron,
y retractándose de cierto error, dijo: «en ésto que dije de tal y tal
materia, digo que dije mal.» Responde el obispo de Búrgos, que era D.
Juan Rodriguez de Fonseca, del que arriba hemos hablado y hablaremos,
si place á Dios, áun harto, á alta voz: «decid que mentísteis»; dice
D. Cárlos, «digo que mentí.» Condenáronlo en privacion perpétua de la
predicacion, y que todos los dias de su vida estuviese en un monasterio
haciendo penitencia, encerrado, y, finalmente, nunca él despues jamás
pareció; y díjose que el Rey católico trabajó mucho de que con él se
hobiese la Inquisicion piadosamente y no saliese afrentado, así como
por ser aragonés y más como deudo suyo, pero no pudo acaballo. Y por
ésta manera hirió y castigó la divina justicia la soberbia y arrogancia
de D. Cárlos, y volvió por la doctrina y santidad del santo doctor
Sancto Tomás, á quien habia en sus sermones, cuando dél hablaba,
irreverenciado.
CAPÍTULO XXXVI.
En el libro I hicimos mencion de cómo el Almirante primero, que estas
islas é Indias descubrió, entre otras, hizo edificar una fortaleza
en la Vega, junto al pié del cerro grande donde se puso la cruz que
dura hasta hoy, con la cual toda esta isla tiene gran devocion; esta
fortaleza era de tapias y madera, la cual, para se defender pocos
españoles de indios desnudos, en cueros, sin armas, como éstos eran,
era más fuerte, mucho, que Salsas para contra franceses. En este tiempo
de que vamos en este libro hablando, ya la fortaleza se iba cayendo,
ó lo más della era caido, y ni habia para qué haber fortaleza, como
fuesen muertos los indios todos, y ni para otros enemigos, porque
si para otros hobiera de ser, si no eran pájaros, poco aprovechaba
aquella; con todo ésto no faltó quien diese aviso en Castilla, que se
pidiese el Alcaidía della, y el Rey la dió con cierta quitacion cada
año por ella, engañado por los que le servian, llevándole ó haciéndole
llevar sus dineros, sin fruto y sin provecho, como cada dia vemos que
inventan oficios sin ser menester, sólo para su interese y provecho y
para hacer sus casas, y de los que ellos quieren, aquellos de quien
el Rey más se fia en estas Indias, y aún en Castilla, y ésto no es
sino robar al Rey, sin temor de Dios y suyo, y lo peor es que se lo
venden por servicio. Así que, por ésta misma forma fué lo de aquesta
fortaleza, que estando caida ó que se caia, y en un desierto, como está
toda aquella Vega, porque muertos los indios, luégo se despobló de
españoles, y no paró en ella algun vecino, pidiéronla al Rey católico,
y hizo merced de la Alcaidía della como si fuera la de Fuenterrabía;
ésta se concedió á un Rodrigo de Alburquerque, hombre de autoridad y
que tenia manera de caballero, y, segun se dijo, era muy deudo del
licenciado Zapata, que, segun arriba queda dicho, era el de los
del Consejo de quien más el Rey caso hacia, por ser de gran seso y
en el Consejo muy antiguo. Este Rodrigo de Alburquerque vino á esta
isla, y tuvo la fortaleza ó tapias podridas, pero lo principal era
repartimiento de indios; estuvo acá no mucho tiempo, y habidos algunos
dineros, sacados con los sudores de los indios en oro de las minas,
para tornar con mejor cargo fuese á Castilla, y bien creo que dejó su
casa é granjerías enhiestas, y para las aumentar los tristes indios.
Llegado allá, negoció luégo lo que le debia de haber llevado, y ésto
fué ser repartidor de los indios; y éste fué el primero repartidor
de indios, sin ser Gobernador, porque hasta entónces siempre anduvo
con la gobernacion el repartir de los indios. Este oficio, apartado
de la gobernacion, era el que hacia, hiciera, y hoy haria, señor
de toda la provincia ó reino al que lo tenia ó tuviese, al cual se
temeria y adoraria, no se curando ninguno del que fuese Gobernador y
administrase la justicia, porque poder dar ó quitar indios, ésto es lo
que se ha estimado, amado y temido por los españoles en estas Indias;
lo cual, conosciendo bien un docto y sancto religioso de la órden de
Sancto Domingo, que escribió un tractado breve contra la tiranía del
repartimiento en esta isla, de que abajo, si Dios quisiere, se hará
mencion, dijo que los españoles adoraban dos ídolos en estas tierras,
uno mayor, y otro menor: el mayor era el que repartia los indios, al
cual, por contentarlo, porque diese ó no quitase los indios, hacian
mil maneras de cirimonias, lisonjas y mentiras, y honores, en lugar
de sacrificios; el ídolo menor eran los desventurados indios, á los
cuales no estimaban ni amaban, y adoraban las personas, sino el uso,
trabajos y sudores, como se usa del trigo, del pan ó del vino, y si
queremos podemos no absurdamente decir, que, al cabo, en cada demora ó
temporada, que duraba el sacar del oro, al mismo oro sacrificaban los
indios matándolos en las minas. Tornando al propósito, alcanzó Rodrigo
de Alburquerque, del Rey, fácilmente, por estar de por medio el dicho
licenciado Zapata, el oficio de repartidor de los indios en esta
isla, y fué aquel oficio quitado al almirante D. Diego, que gobernaba
esta isla, y así de la gobernacion distincto; de lo cual el Almirante
se agravió despues, y sobre ello pedia justicia, puesto que tan poca
tenia él como Alburquerque para pedillo por la parte que tocaba á la
injusticia que á los indios en ello se hacia, pero, si fuera otra cosa
de preeminencia y aprovechamiento de honra ó de hacienda, ninguna
duda se debe tener sino que, por sus privilegios, muy bien ganados y
merecidos por su padre, se le debia de justa justicia. Vino, pues, por
repartidor Rodrigo de Alburquerque á esta isla, y el poder que le dió
el Rey trujo una cláusula, que hiciese el repartimiento general con
parecer del tesorero Pasamonte, porque ya está dicho arriba, que el
tesorero Pasamonte fué una persona muy prudente y de mucha autoridad, y
de gran crédito para con el Rey, y cuasi todo lo que por entónces habia
por estas partes poblado de españoles se gobernaba en Castilla por su
parecer. Tambien queda dicho en el segundo libro, como cuando vino el
dicho tesorero Pasamonte á esta isla, que fué el año de 508, habian
quedado en ella de las multitudines de vecinos y gentes que habia,
60.000 indios, no vecinos, sino chicos y grandes, mujeres y niños, y el
año de 509, cuando vino el Almirante segundo, D. Diego, habia 40.000;
pero cuando vino este Rodrigo de Alburquerque por repartidor el año de
514, habia hasta 13 ó 14.000 indios, por manera que, por estos grados,
iban matando y destruyendo estas gentes nuestros españoles, con la
priesa que les daban, echándolos á las minas y á los otros trabajos
á ellas ordenados, por hacerse ricos, lo cual nunca alcanzaron, sino
siempre vivian en hambre y sed de oro, y todo se les deshacia entre
las manos, y al cabo los más morian llenos de deudas, y muchos no
salian de cárceles, y otros huian por los montes, y, escondidos en
navíos, se pasaban á otras partes destas Indias los que podian. Esto
era manifestísimo juicio de Dios, para que se cognosciese la iniquidad,
injusticia y crueldad que á estas gentes se hacia, y cuán bañado en
sangre humana era todo lo que adquirian.
CAPÍTULO XXXVII.
En el cual se contiene cómo se hobo el repartidor Alburquerque en
el repartimiento que hizo.--Como se dijo que habia vendido los
repartimientos.--Los clamores y quejas que dieron dél.--Cómo rezaba
la Cédula de la Encomienda, y lo que proveyó el Rey sobre las
quejas que dél á Castilla fueron.
Venido, pues, Alburquerque con su oficio de repartidor, adobó todo lo
que hasta entónces se habia errado cerca de los tristes indios por
esta vía; mandó apregonar con gran solemnidad el repartimiento general
de toda esta isla, como si fuera desde su primer descubrimiento que
estaba de gentes plenísima; mandó visitar y contar todos los indios
que habia en la isla, y en éste comedio, pasando algunos dias, díjose
que, hablando con los españoles vecinos que tenian dineros, y que
esperaban repartimiento de indios, y otros quizá que no lo esperaban,
decia que se habia casado con una doncella de mucho merescimiento y
que habia menester dineros, que le harian gran placer si le prestasen
algunos los que los tenian, y por otras vías y cautelas daba á
entender, que quien quisiese indios, ó más en número que otro, indios
ó indias, más cercanos de las minas ó más dispuestos al propósito de
dar mayor provecho al que le cupiesen, que le habia de dar dineros.
Finalmente, como quiera que ello fué, se publicó y se dieron quejas
dél grandísimas, que habia vendido los repartimientos de los indios ó
algunos dellos; pues como los 13.000 ó 14.000 indios estaban repartidos
en los muchos vecinos que habia en esta isla, que eran el resíduo y
las heces de los que cada uno habia muerto, y hobo de engrosar los
repartimientos para darlos á los que le parecia ó queria hacer más
honra, por amor ó por favor, ó á quien los habia vendido, dejó á
todos los más, ó á muchos de los vecinos, sin darles algunos indios;
de aquí fueron terribles los clamores que los que sin indios quedaron
daban contra él, como contra capital enemigo, diciendo que habia
destruido la isla. La Cédula que daba del repartimiento y encomienda
rezaba desta manera: «Yo, Rodrigo de Alburquerque, repartidor de
los Caciques é indios en esta isla Española, por el Rey é la Reina,
nuestros señores, por virtud de los poderes Reales que de Sus Altezas
hé y tengo para hacer el repartimiento y encomendar los dichos Caciques
é indios é naborias de casa á los vecinos é moradores desta dicha
isla, con acuerdo y parecer, como lo mandan Sus Altezas, del señor
Miguel de Pasamonte, Tesorero general en estas islas y tierra firme
por Sus Altezas; por la presente, encomiendo á vos, Nuño de Guzman,
vecino de la villa de puerto de Plata, al cacique Andrés Guaybona con
un Nitayno suyo, que se dice Juan de Barahona, con 38 personas de
servicio, hombres 22, mujeres 16; encomendósele en el dicho Cacique,
siete viejos que registro, que no son de servicio, encomendósele en
el dicho Cacique, cinco niños que no son de servicio, que registro,
encomendósele asimismo dos naborias de casa, que registro, los
nombres de los cuales están declarados en el libro de la visitacion
y manifestacion que se hizo en la dicha villa ante los Visitadores y
Alcaldes della; los cuales vos encomiendo para que vos sirvais dellos
en vuestras haciendas, é minas, é granjerías, segun é como Sus Altezas
lo mandan, conforme á sus ordenanzas, guardándolas en todo y por todo,
segun é como en ellas se contiene, é guardándolas vos, los encomiendo
por vuestra vida é por la vida de un heredero hijo é hija si lo
tuviéredes, porque de otra manera Sus Altezas no vos los encomiendan,
ni yo en su nombre vos los encomiendo: con apercibimiento que vos hago,
que, no guardando las dichas ordenanzas, vos serán quitados los dichos
indios. El cargo de la conciencia del tiempo que los tuviéredes, é
vos sirviéredes dellos, vaya sobre vuestra consciencia é no sobre las
de Sus Altezas, demás de caer é incurrir en las otras penas dichas
é declaradas en las dichas ordenanzas. Fecha en la ciudad de la
Concepcion, á 7 dias del mes de Diciembre de 1514 años.--Rodrigo de
Alburquerque.--Por mandado del dicho señor Repartidor, Alonso de Arce.»
Bien hay que considerar cerca desta encomienda, y de la firma de la
Cédula, y lo primero, á cuánta infelicidad de diminucion y perdicion
habia llegado esta isla, que donde habia sobre tres millones de vecinos
naturales della, y que aquel Cacique y señor Guaybona, por ventura
tuvo, como todos comunmente los menores señores áun tenian, sobre 30 y
40.000 personas en su señorío, por súbditos y 500 Nitaynos (Nitaynos
eran y se llamaban los principales como Centuriones y Decuriones
ó jurados, que tenian debajo de su gobernacion y regimiento otros
muchos), le encomendase Alburquerque á Nuño de Guzman un Nitayno y 38
personas, y tantos viejos inútiles ya para trabajos, aunque nunca los
jubilaban ni los dejaban de trabajar, y lo mismo los cinco niños; y
fuera bien que tomara cuenta Rodrigo de Alburquerque á Nuño de Guzman,
que cuántos habia muerto de la gente de aquel Cacique, desde que la
primera vez se los encomendaron, pero no tenia él aquel cuidado.
Lo otro que se debe de considerar, es la sentencia que contra los
del Consejo del Rey, sin entenderla, daba, manifestando la tiranía
tan clara, que en tan gran perjuicio é injusticia destas gentes
sustentaban, diciendo y haciendo, «se os encomienda el Cacique fulano,
(conviene á saber, el señor y Rey en su tierra), para que os sirvais
dél y de sus vasallos, en vuestras haciendas y minas, y granjerías,»
etc. ¿dónde mereció Nuño de Guzman, que era un escudero pobre, que
le sirviese con su misma persona el Rey y señor de su tierra propia,
Guaybona, con el cual pudiera vivir, cuanto á la sangre y cuanto á su
dignidad, dejada la cristiandad á parte, la cual, si á Guaybona se le
predicara, por ventura y sin ella, fuera mejor que él cristiano, no
más de porque Nuño de Guzman tuvo armas y caballos, y Guaybona no las
tenia, y así todos los demas? no hobo más justicia que aquesta, ni
otro título más justificado para que Guaybona, Rey, sirviese en sus
haciendas, minas y granjerías, como si fuera un gañan, al escudero
Nuño de Guzman. Lo mismo ha sido en todo lo que se ha hecho cerca
destos repartimientos, en perdicion destas gentes, en estas partes,
y ninguna causa, derecho, título, ni justicia otra ha habido más; la
cual, los del Consejo del Rey, pues eran letrados, y por ello honrados,
estimados, encumbrados y adorados, no habian de ignorar. Lo tercero
que conviene aquí no sin consideracion dejar pasar, es el escarnio de
las palabras de la Cédula, dignas de todo escarnecimiento, conviene á
saber: «guardando las ordenanzas de Sus Altezas en todo y por todo,
porque de otra manera, Sus Altezas no os los encomiendan, ni yo en su
nombre vos os los encomiendo, con apercibimiento que vos hago, que, no
guardándolas, vos serán quitados»; item, «el cargo de la conciencia
del tiempo que los tuviéredes y vos sirviéredes dellos, vaya sobre
vuestra conciencia, y no sobre las de Sus Altezas», etc. ¿Qué mayor y
más clara burla, ni más perniciosa mentira y falsedad? poner aquellas
amenazas no era sino como si á un lobo hambriento le entregaran las
ovejas, y le dijeran: «mirad, lobo, yo os prometo que si las comeis,
que os tengo luégo de entregar á los perros, que os hagan pedazos», ó á
un mancebo muy ciego y apasionado de amor de una doncella, con amenazas
que le harian y acontecerian, y él jurase y perjurase de nunca llegar á
ella, pero que los dejasen solos en una cámara, ó, por más propiamente
hablar, como si á un frenético le dejasen navajas muy afiladas en la
mano, encerrado con unos niños, hijos de Reyes, confiando en que le
habian certificado con amenazas, que si los mataba lo habian de matar.
Así ha sido, con muy mayor verdad que los ejemplos puestos notifican,
lo que se ha hecho encomendando los indios á los españoles, poniéndoles
leyes y penas, y haciendo en ellas amenazas ó alharacas, porque nunca
se quitaron los indios á quien era manifiesto que los mataba, y las
penas otras no se ejecutaban, y que se ejecutaran, era un castellano
ó dos, y cosa de escarnio; y si fueran mayores, y aunque les pusieran
horcas cabe sus casas, que en muriéndosele el indio de hambre ó de
trabajo los habian de ahorcar, con estas condiciones los tomaran y no
los dejaran de matar como los mataron, porque la cudicia y ánsia de
haber oro era y es siempre tanta, que ni la hambre del lobo, ni la
pasion del mozo enamorado, ni el frenesí del loco se le puede igualar:
ésto está ya en estas Indias bien averiguado. Y lo más gracioso desta
Cédula, ó por mejor decir mayor señal de insensibilidad, fué lo que
dice, que sea á cargo de la conciencia del que los indios matare y
no de Sus Altezas, como si dando los Reyes, tan contra ley y razon
natural, los indios libres á los españoles, aunque no los mataran,
como los mataban y mataron, no fueran reos de todos los trabajos y
angustias, y privacion de su libertad que los indios padecian, cuanto
más que veian y era manifiesto, en Castilla como acá, que los indios,
por dalles á los españoles, perecian y se acababan, y así no eran
excusables, pues no los libertaban; por este nombre de Reyes, entiendo
los del Consejo del Rey, los cuales tenian y tuvieron toda la culpa,
pues tiranía tan extraña sustentaron y aprobaron, poniéndoselo el
Rey en sus manos, y así, el Rey, sin duda ninguna, quedó deste tan
horrible y enormísimo pecado libre, como arriba queda declarado. Hecho
este tan execrable repartimiento, como dejó á muchos de los españoles
sin indios, por rehacer ó engrosar los repartimientos y darlos á
quien le pareció, y se tuvieron por agraviados, hobo grande grita y
escándalo en esta isla, y fueron á Castilla grandes clamores y quejas
del Rodrigo de Alburquerque, y llegaron á oidos del Rey, pero como él
se fué luégo á Castilla y tenia al licenciado Zapata, que, como se
ha dicho, era el supremo del Consejo, y á quien el Rey católico daba
mayor crédito, de tal manera fué Rodrigo de Alburquerque mamparado y
excusado, que hicieron hacer al Rey firmar una Cédula harto inícua
y contra ley natural, conviene á saber, que él aprobaba el dicho
repartimiento, y de poderío absoluto suplia los defectos que en él
hobiesen intervenido, y ponia silencio para que dél más no se hablase,
como si el Rey tuviese poder absoluto para ir contra los preceptos de
la ley natural, ó aprobar y suplir lo que fuese cometido contra ella,
que no es otra cosa sino quitar y poner ley natural, lo que el mismo
Dios no pudo hacer, porque no puede negar á sí mismo, como dice Sant
Pedro, pero éstos semejantes errores y otros peores, aunque no sé si
otros peores pueden ser, hacen hacer á los Reyes algunas veces los de
sus Reales Consejos, de lo cual se quejaba aquel gran rey Artaxerxes,
como parece en el capítulo final del libro de Esther. Los defectos de
aquel repartimiento fueron muchos contra razon y ley natural, como fué
aquel general de dar los hombres inocentes, libres, en tan mortífero
captiverio, y á los señores naturales de vasallos hacellos siervos
de los mismos trabajos, sin respecto ni diferencia de los demas; el
otro, vendellos ó dallos por dineros, si lo que se dijo fué verdad; lo
otro, no tener respeto alguno al provecho de los indios desmamparados,
dándolos á quien mejor los tratase, sino á quien más favor tenia ó
amistad, ó más dineros quizás daba; lo otro, porque supuesta la tupida
ceguedad que todo género de hombres por entónces tenia, y pluguiese á
Dios que hasta hoy no durara en muchos, que estimaban y estiman los
indios ser propia hacienda de los españoles, despues que una vez se los
repartian, ó porque habian, como ellos dicen, servido en los guerrear,
sojuzgar, matar y robar, lo cual toman por su muy glorioso título,
muy gran agravio Alburquerque hizo á los que, por dallos á otros,
quitaba y dejaba sin indios, y así hacíales injuria é injusticia, y era
contra ley y razon natural, en la cual, el Rey, dispensar ni suplir
los defectos no podia. Otros defectos é iniquidades puede cualquiera
discreto varon, del dicho repartimiento que Alburquerque hizo, colegir.
CAPÍTULO XXXVIII.