ARTICULO V.

A nadie se obligará á que conteste cargos por delito grave ó infamante

bajo cualquier concepto, si no es mediante acusacion escrita presentada

ante un gran jurado, ó por delacion de algun individuo de éste, [_on a

presentment or an indictment_] excepto en los casos relativos á las

fuerzas de mar y tierra, ó á la milicia estando en servicio activo en

tiempo de guerra ó en caso de peligro público. No se pondrá á nadie dos

veces en peligro de perder la vida ó un miembro por un mismo delito; no

podrá obligársele á declarar contra sí mismo en una causa criminal; no

se le podrá quitar la vida, la libertad ó los bienes sin el debido

procedimiento legal, ni se podrá tomar la propiedad particular para

objetos de utilidad pública, sin la debida compensacion.

Comentarios a la Constitucion de los Estados Unidos de América · 第 96 / 115 题