III. De la jurisdiccion de los tribunales de presas.

Están sujetas á la jurisdiccion ordinaria de presas del almirantazgo

todas las capturas hechas durante la guerra en lata mar. Sir William

Scott en el caso "_The Two Friends_" dijo que la única definicion de

presas que conocia era la de que son efectos quitados al enemigo en alta

mar _jure belli_. Están tambien sujetas á la jurisdiccion de

almirantazgo las capturas hechas en bahías ó puertos extranjeros, las

verificadas en tierra por fuerzas navales, y las que se hacen cuando el

enemigo se rinde á las mismas fuerzas, sea que éstas operen solas, ó en

combinacion con el ejército: (1 Rob. Adm. 271) y por último, las hechas

en los rios, puertos y bahías del propio país del captor. Pero en cuanto

al saqueo ó botin hecho en una guerra meramente terrestre y continental,

sin la presencia ó cooperacion de buques ó de sus tripulaciones, Lord

Mansfield reconoció en el caso de "_Lindo versus Rodney_," que no habia

ningun precedente, autoridad ó principio en que poderse fundar para

sujetarlos al conocimiento de un tribunal de presas.[125] El tribunal de

presas conoce además de los casos de contratos relativos á rescate de

efectos capturados en el mar, y de aquellos en que se hubiere dado

dinero á título de conmutacion por efectos entregados en las

capitulaciones á fuerzas navales, operando solas, ó con la cooperacion

de las de tierra. En este país los tribunales federales reclaman sobre

las presas una jurisdiccion tan ámplia y estensa como en Inglaterra. En

el caso "_The Emulous_" (1 _Gallison_, 568) aunque el tribunal no emitió

opinion respecto á la jurisdiccion que tenga el almirantazgo para

conocer de las capturas verificadas en tierra por solo el ejército,

declaró sin embargo que ella no se limitaba únicamente á las capturas

verificadas en el mar, si no que conocia tambien de todas las que habian

sido hechas en los riachuelos, fondeaderos y rios, y de todas las hechas

en tierra, por fuerzas navales, ó con su cooperacion; y el ejercicio de

esta jurisdiccion tan extensa quedó fijado por decisiones muy solemnes.

En nuestro país, por consiguiente, una aprehension hecha por órden del

tribunal, seria considerada con el carácter de presa, si tenia lugar

mientras los efectos eran conducidos por agua; pero si ya se hubieran

desembarcado y se encontraban en tierra, el caso seria dudoso, y no se

emitió opinion alguna sobre si se podia proceder contra dichos efectos

como presa, en virtud de la jurisdiccion de almirantazgo, ó si estando

sujetos á ser embargados y decomisados en nuestros tribunales, no

debiera buscarse el remedio entablando algun recurso ante la

jurisdiccion ordinaria.

[125] En el caso de "_Alexander v. The Duke of Wellington_" [_Russ

and Myene_ 35] Lord Brougham dijo que las presas militares

descansaban en los mismos principios de derecho que las marítimas,

á pesar de que no hay ningun estatuto sobre el particular.

En Inglaterra es muy general la opinion de que el almirantazgo no tiene

jurisdiccion en virtud de sus facultades natas sobre las capturas ó

aprehensiones hechas en tierra con el carácter de presas, á no ser que

hubieran concurrido algunas fuerzas navales á verificarlas. En el caso

"_The Two Friends_," (_Rob_ 1 _Admiralty_ 271) y que fué resuelto por la

autoridad mas caracterizada, la de los "_Lords Commissioners of

Appeal_," se declaró que no podian considerarse como presa, los efectos

capturados en tierra, cuando no hubiere habido ningun acto de captura

verificado en alta mar, y que en semejante caso seria incompetente el

tribunal de presas. Mas todos convienen en que si su jurisdiccion estuvo

expedita al principio, porque la aprehension de los efectos se verificó

en el mar, deberá seguir ejerciéndola aun despues de que dichos efectos

hubieran sido llevados á tierra, circunstancia que de ninguna manera la

hace fenecer. En cuanto á este caso, parece que el tribunal de presas

tiene una jurisdiccion mas fija y estensa que el de la instancia,

supuesto que cesa la jurisdiccion de éste sobre los bienes de los

náufragos y los efectos arrojados al mar, luego que llegaren á tierra,

principiando desde entonces la de los tribunales del derecho comun.

Si los aprehensores, sin estar autorizados para ello, llevaren la presa

á puerto extranjero y allí la entregaren bajo fianza, el tribunal de

presas por este hecho, no perderia su jurisdiccion sobre la captura y

sus incidentes; ("_The Peacock_" 4 _Rob Admiralty_, 185) y si la presa

se perdiere en el mar, el tribunal podrá sin embargo proceder al juicio,

sea á pedimento de los aprehensores ó de los reclamantes (_The

Susunnah_, 6 _Rob. Admiralty_, 48). Además conserva su jurisdiccion

aunque la presa estuviere actualmente en territorio de un país neutral;

tal es el derecho del almirantazgo, admitido tanto en Inglaterra como en

los Estados-Unidos. Es un principio reconocido que aunque los efectos

apresados estén en país neutral, la posesion del aprehensor es la

posesion de su soberano, que está _sub protestate curiæ_. Solo cesará de

existir la jurisdiccion del tribunal de presas, cuando el aprehensor

hubiere perdido _de jure y de facto_ la posesion de los efectos

capturados; por ejemplo, tratándose de un buque, si hubiera sido

represado por su dueño, se hubiere escapado, ó los aprehensores lo

hubieran devuelto voluntariamente; pero no seria lo mismo si ilegalmente

y sin causa los aprehensores permutaren la cosa capturada por otra, en

cuyo caso queda á la discrecion del tribunal el decidir si intervendrá ó

no en favor de los captores, y lo mismo sucederá en caso de que éstos

hubieren dispuesto del buque ó de sus tripulantes de una manera

contraria á derecho (_The Falcon_ 6 _Rob. Admiralty_ 194; _The Pomona_ 5

_Rob Admiralty_ 220; _La Dame Cecile_ 8 _Rob Admiralty_ 257; _The

Arabella and Madeira_ 2 _Gallison_ 368). El tribunal de presas

perseguirá la cosa misma, siempre que pueda trazarse el paradero de la

presa ó de su producido en manos de alguno, sin que obste el que haya

intervenido alguna fianza ú otra especie de obligacion. Es un principio

reconocido constantemente en la práctica, que en los casos de capturas,

los tribunales de presas tienen jurisdiccion exclusiva y ámplias

facultades discrecionales para conceder indemnizacion de perjuicios,

fletes, gastos y costas, así como para conocer de todo agravio é injuria

personal, (_all torts and personal injuries_) maltratamiento y abuso de

autoridad que segun el derecho de la guerra se enlacen con dichas

capturas; y frecuentemente conceden reparaciones muy liberales en

semejantes casos.[126]

[126] _Le Caux v. Eden_, _Doug_ 594 _The Amiable Nancy_ 1 _Paine

Circuit Court_ 111, _Chamberlain v. Chandler_ 3 _Mason_, 243, 244.

En las capturas hechas _jure belli_, basta que ellas se funden en

una causa _probable_ y lo mismo sucede en lo general respecto á los

actos comprendidos bajo la expresion "marine torts" y al ejercicio

de los derechos de beligerante, cuando se hubieren observado las

restricciones establecidas por disposiciones legales. _The Palmyra_

12, _Weaton_ 1.

Si hubiera mediado fraude ó se hubiere observado una conducta

reprensible en la captura, el tribunal de presas puede decretar, por vía

de pena, la confiscacion de los efectos apresados, sea que los reclamen

ciudadanos ó neutrales [_The Johanna Tholen_ 6 _Rob Admiralty_ 72].

Puede así mismo decretar la pérdida de los derechos de presas para los

captores, cuando éstos fueren culpables de notoria irregularidad, mala

fé ó actos criminosos, y entonces generalmente se adjudican los efectos

aprehendidos al Gobierno (Caso _The George_ 1 _Wheaton_ 408, 2 _Wheaton_

278 _Supreme Court_).

IV. De la jurisdiccion criminal de almirantazgo que ejercen los

tribunales de distrito.

Fuera de las presas, la jurisdiccion ordinaria de almirantazgo y marina

conoce de todos los negocios civiles y criminales del ramo marítimo;

pero aunque, segun parece, no hay ninguna dificultad ó duda en cuanto á

la jurisdiccion propia de los tribunales de presas que ejercen los de

distrito, si existen muchas discusiones pendientes sobre la que pueden

ejercer en los ramos civil y criminal, cuando proceden como tribunal de

la instancia en virtud de las facultades de almirantazgo que les da la

Constitucion y el _Judiciary Act_ de 1789.

Esta ley en sus secciones 9 y 11 faculta á los jueces de distrito y á

los de circuito, con exclusion de los tribunales de los Estados, para

conocer de todos los delitos que puede castigar la Federacion, cometidos

en alta mar ó en los distritos de su cargo, cuando deban castigarse con

una ligera pena corporal, multa ó prision. Esta es la base de la

jurisdiccion que en lo criminal ejercen los tribunales de distrito, con

su carácter propio y como á semejanza de los tribunales del almirantazgo

inglés; se extienden á conocer de los delitos leves cometidos en alta

mar, se puede decir que en cuanto á éstos, ejercen la jurisdiccion

criminal del almirantazgo. La Constitucion dispone que el poder judicial

de la Federacion conocerá de todos los casos de almirantazgo y marina, y

se creyó (_Du Ponceau on Jurisdiction_, p. 59, 61) que en virtud de esta

delegacion general de las facultades del almirantazgo, los tribunales

federales podian ejercer jurisdiccion criminal sobre los delitos

marítimos, sin necesidad de una ley especial al efecto. No obstante,

estos tribunales siempre se han resistido á conocer de los negocios

criminales de almirantazgo, cuando no los autoriza espresamente al

efecto alguna ley del Congreso. En el caso "_The United States v.

M'Gill_" (4 _Dallas_ 426) el reo fué acusado ante el tribunal de

circuito de Philadelphia por un homicidio cometido en alta mar, y fué

muy disputada la competencia del tribunal. Uno de los magistrados que lo

formaban expuso que á su juicio los tribunales federales ejercian la

jurisdiccion del _Common law_ en lo criminal, y en este sentido habia

sentenciado ya varias veces; pero creia que el delito que se imputaba al

reo, (el haber inferido al occiso en alta mar un golpe de cuyas resultas

vino á morir en tierra) no pertenecia á la jurisdiccion del almirantazgo

y marina, segun la constitucion ni segun el derecho inglés. El otro

magistrado no emitió parecer sobre si el caso pertenecia ó no á dicha

jurisdiccion, segun los principios generales del derecho, limitándose

únicamente á citar la cesion 8ª de la ley penal del Congreso de 30 de

Abril de 1790, c. 9 segun la cual el delito no estaba sujeto á la

jurisdiccion del tribunal de circuito. El reo en consecuencia fué

absuelto por falta de jurisdiccion.

Despues en el caso _The United States v. Bevans_ 3 _Wheaton_ 336 de que

conoció en primera instancia el tribunal de circuito de Massachusetts,

la Suprema Corte declaró: que aun suponiendo que solo los tribunales

federales fueran competentes para conocer de todos los casos de la

jurisdiccion de almirantazgo y marina, y suponiendo además que un

homicidio cometido en las aguas de un Estado sujetas á la marea fuera

uno de estos casos, el Congreso no habia conferido jurisdiccion á

dichos tribunales para conocer de semejante delito en la ley que expidió

en 1790 "para castigar ciertos delitos contra los Estados Unidos." Esta

limitó la jurisdiccion federal al homicidio y demás delitos que ella

misma menciona, cuando hubieran sido perpetrados en alta mar, ó en algun

rio, puerto ó bahía fuera de la jurisdiccion territorial de un Estado, y

el homicidio que motivaba la causa habia tenido lugar en un buque de

guerra de la República, fondeado en el puerto de Boston, en la

jurisdiccion del Estado de Massachusetts. El Congreso inconcusamente

tenia facultades para dar jurisdiccion á los tribunales federales sobre

los delitos cometidos á bordo de los buques de guerra de la nacion,

donde quiera que éstos pudieran encontrarse; pero no habia hecho uso de

ellas hasta entonces, y era de inferirse por lo mismo que los tribunales

del Estado podian conocer del delito en virtud de la jurisdiccion del

derecho comun, por haber sido cometido en territorio del mismo

Estado.[127] Reconoció como evidente la doctrina de que son competentes

los tribunales de los Estados para conocer de los delitos que se

cometieren sobre aguas sujetas á la marea en las bahías y puertos de sus

respectivas jurisdicciones territoriales. En el caso "_United States v.

Wittberger_" (5 _Wheaton_ 76) se declaró que no eran competentes los

tribunales federales para conocer del delito cometido por el capitan de

un buque mercante de los Estados Unidos, que mató á uno de los marineros

en el mismo buque, cuando éste estaba anclado en el rio Tigris del

imperio chino, pues que no estaba comprendido en la seccion 12, c. 9 de

la ley de 30 de Abril de 1790, que se refiere únicamente á los delitos

cometidos en alta mar. Conforme á esta decision, solo el gobierno chino

hubiera podido juzgar y castigar al reo, y segun se dijo en el alegato,

ese gobierno habia renunciado á su jurisdiccion. Se ve por lo mismo que

la ley era defectuosa en este particular, y no se remedió el mal hasta

que el Congreso expidió la de 3 de Marzo de 1825, que en su seccion 5,

c. 67 dispone que los delitos cometidos en buques pertenecientes á

ciudadanos de los Estados Unidos, hallándose anclados en puerto ó aguas

extranjeras, por individuos de las tripulaciones ó pasajeros, contra

cualesquiera personas al servicio de los mismos buques ó contra los

pasajeros, quedan sujetos á la jurisdiccion de los tribunales de

circuito de la Federacion, lo mismo que si se hubieran cometido en alta

mar, en la inteligencia de que si el reo hubiera sido juzgado y absuelto

ó condenado en país extranjero, no se le volveria á juzgar en los

Estados Unidos por el mismo delito. Esta ley contiene además varias

disposiciones penales sobre otros delitos contra la Federacion cometidos

en alta mar, ó en cualquier brazo de mar, puerto, bahía, rio ó ria

sujetos á la jurisdiccion de almirantazgo de los Estados Unidos. Mas

solo serán competentes los tribunales federales para conocer de los

delitos cometidos en las referidas aguas, cuando éstas no estuvieren en

la jurisdiccion particular de algun Estado, á no ser que se tratare de

conspiraciones tramadas para defraudar á los aseguradores. La misma ley

declaró que en virtud de sus disposiciones no debia cesar la

jurisdiccion que tienen los tribunales de los Estados sobre esos

delitos; y como la tienen para conocer de los que se cometan en la parte

de los brazos de mar, rios, puertos y bahías que esté sujeta á las

mareas, y reuna además la circunstancia de estar _dentro del recinto de

un condado_, claro es que no extendió á esos casos la jurisdiccion de

los tribunales de circuito.[128]

[127] En algunas opiniones sometidas oficialmente al Ejecutivo en

los años de 1812 y 1814, se consideraba como indisputable que el

conocimiento y castigo de los delitos graves perpetrados _dentro de

los límites jurisdiccionales de los Estados Unidos_, á bordo de los

buques de guerra de la nacion, no tocaba á las cortes marciales de

marina, sino á los tribunales de la justicia ordinaria. (_Opinions

of the Attorneys-General_, _Washington_, 1841, vol. 1. ps.

114-120.) Pero la ley que expidió el Congreso el 23 de Abril de

1800, c. 33, «para mejorar el gobierno de la marina de los Estados

Unidos,» en su artículo 21, dispuso que el delito de homicidio

cometido por algun oficial, marinero ó marino al servicio de algun

buque ó navío público de los Estados Unidos, _fuera_ de la

jurisdiccion territorial de los mismos, podria ser juzgado por una

Corte marcial, y castigado con la pena de muerte.

[128] «_United States v. Grush_,» (5 _Mason_, 290.) En los casos

«_The United States v. Davis and Hanlon_,» resuelto por el tribunal

de circuito federal del distrito de New York, y «_The United States

v. Jackson_,» (2, _New York Legal Observer_, 3, 35) se declaró, que

por la ley de Abril de 1790, los tribunales federales no tenian

jurisdiccion para conocer de un robo cometido á bordo de un buque

americano anclado en el puerto de Savannah, del Estado de Georgia,

como tampoco la tendrian para conocer de ese delito, si hubiera

sido cometido en la jurisdiccion local de una potencia extranjera.

Pero sí serian competentes para conocer de él cuando se hubiera

cometido en alta mar. Las leyes de 30 de Abril de 1790, [c. 9] y 3

de Marzo de 1825 [c. 67] no son bastante claras en la materia de la

jurisdiccion criminal del almirantazgo sobre los delitos cometidos

en alta mar. Las secciones 8.ª, 9.ª, 10.ª, 11.ª y 12.ª de la ley de

1790 contienen disposiciones para castigar el homicidio, el robo y

otros delitos cometidos en alta mar, "por cualesquiera persona ó

personas," sin limitarlas específicamente á ciudadanos ni á buques

americanos; y á pesar de esto, ya se han pronunciado sentencias

fundadas en aquella ley declarando que el delito de robo cometido

por un extranjero en alta mar, á bordo de un buque de la propiedad

exclusiva de súbditos extranjeros, no era delito de piratería segun

la mente de la ley, ni podian castigarlo los tribunales de los

Estados Unidos. «_United States v. Palmer_,» 3 _Wheaton_, 610. La

ley contiene prevenciones para castigar las heridas que causen

mutilacion, pero solo en los casos en que hubieran sido inferidas

en buques americanos, sean públicos ó privados. En virtud de la

seccion 9.ª de la ley de 3 de Marzo de 1825, expedida para «_el

castigo mas eficaz de ciertos crímenes_» etc. cualquier delito,

como por ejemplo, el robo de efectos de un buque náufrago, _sea que

se hubiere cometido durante la pleamar ó la bajamar_, está sujeto á

la jurisdiccion de los tribunales federales. «_United States v.

Coombs_,» 12 _Peters_ U. S. 27. Las secciones 4.ª, 7.ª y 8.ª de la

misma ley contienen acerca del homicidio, rapto y otros delitos que

mencionan disposiciones generales, aplicables, segun sus propias

palabras «á cualesquiera persona ó personas,» sin definir el

carácter del buque en que pueda cometerse. Pero la seccion 6.ª que

se refiere al robo en alta mar, restringe la jurisdiccion al caso

en que se hubiere cometido á bordo de buques-americanos, y lo mismo

hace la 22.ª que se refiere á los asaltos con intencion de cometer

algun delito grave, mientras que la 23.ª que declara ser delito

grave conspirar en alta mar para destruir un buque con intencion de

perjudicar á los aseguradores, se expresa en términos generales, y

es aplicable á toda clase de personas.

En vista de las diversas decisiones judiciales que interpretan los

párrafos de la ley que hemos citado, no es fácil comprender cuál

haya sido la mente que tuvo el legislador al expresarse unas veces

en lenguaje general y otras usando de términos que restringen el

sentido. Pero sí podemos afirmar acertivamente que siempre que los

delitos cometidos en alta mar tengan la gravedad de piratería segun

el derecho internacional, serán competentes los tribunales de

circuito de la federacion para conocer de ellos, sean quienes

fueren los delincuentes ó el lugar en que se hubiere cometido. Mas

si se tratare de delitos que no tienen esa gravedad, lo serán solo

cuando los delincuentes ó los buques en que aquellos se cometieren,

tuvieran la nacionalidad americana. Si un ciudadano americano

cometiere un delito en alta mar á bordo de un buque extranjero, la

jurisdiccion personal sobre el ciudadano, si es que existe, será

concurrente con la del gobierno extranjero cuya nacionalidad tenga

el buque. En virtud de la seccion 8.ª de la ley de 30 de Abril de

1790 los tribunales federales son competentes para conocer de los

delitos cometidos por ciudadanos americanos á bordo de buques

extranjeros, por extranjeros á bordo de buques americanos, ó por

ciudadanos americanos ó extranjeros á bordo de buques piratas.

«_United States v. Holmes_,» 5 _Wheaton_, 412. La ley de 1825

amplió la jurisdiccion de los tribunales federales, declarándolos

competentes para conocer de los delitos cometidos á bordo de buques

americanos y por sus tripulantes, en cualesquiera lugares, ó aguas

sujetas á las mareas. La de 1835 la extendió no solo á los delitos

cometidos en alta mar, sino en cualesquiera aguas que se encuentren

dentro de la jurisdiccion marítima de los Estados Unidos. «_United

States v. Lynch_,» (2 N. Y. Legal Observer, 51) «_United States v.

Roberts_,» _ib._ 99.

De estas decisiones resulta que á pesar de que la jurisdiccion de

almirantazgo y marina que la carta fundamental concede á los tribunales

de la Federacion, comprende tanto el ramo civil como el criminal, tal

como se practicaba en el derecho marítimo inglés al sancionarse dicha

carta, sin embargo, esos tribunales jamás han ejercido la jurisdiccion

criminal sobre los delitos marítimos, sino es cuando han podido fundarse

en alguna ley que expresamente los autorice al efecto. En el caso "_The

United States v. Coolidge_," (1 Gallison 488) se insistió en que el

almirantazgo era un tribunal que tenia ámplia jurisdiccion en lo

criminal: que solo los tribunales federales eran competentes para

juzgar los delitos pertenecientes á esa jurisdiccion, y que faltando una

ley positiva sobre el particular los delitos marítimos (_marine torts_)

perpetrados en alta mar, tal como por ejemplo el empleo de la fuerza

armada para librar una presa, podian ser castigados por el almirantazgo

con multa ó prision.

Pero la Suprema Corte resolvió otra cosa, (1 _Wheaton_ 415) y parece que

en la actualidad es una doctrina aceptada la de que los tribunales

federales, con el carácter de tribunales de almirantazgo, solo deben

ejercer la jurisdiccion criminal con que expresamente los hayan

investido las leyes del Congreso, y nada mas. No tienen _un código de

derecho criminal consuetudinario_ á que poder ocurrir como fuente de su

jurisdiccion; ni pueden ejercer otra que la que les conceda el Congreso,

y ésta es la regla á que deben sujetarse tanto respecto á los delitos de

almirantazgo y marina, como á los del derecho comun.[129] Esta

restriccion, sin embargo, no es aplicable á las causas seguidas ante los

tribunales de distrito, con el carácter de tribunales de almirantazgo ó

de presas, á instancia de parte, pidiendo indemnizacion de perjuicios

causados por delitos marítimos, pues que de éstas conoce el almirantazgo

en virtud de su jurisdiccion ordinaria, y así se declaró en el caso

"_The Amiable Nancy_."[130]

[129] "_United States v. Hudson and Godwin_," 7 _Cranch_ 32.

"_United States v. Coolidge_," 1 _Wheaton_ 415. "_United States v.

Bevans_," 3 _di._ 336. "_United States v. Wiltberger_," 5 _id._ 76.

La jurisdiccion de la Suprema Corte está definida por la

constitucion; pero no sucede lo mismo respecto á los tribunales

inferiores. Estos no tienen mas facultades que las que les conceden

las leyes, y á ellas tienen que sujetarse "_Smith v. Jackson_," 1

_Paine c. c._ 453.

[130] 3 _Wheaton_, 546. Es un principio bien establecido en el

derecho marítimo, que los navieros son responsables ante el

almirantazgo por las faltas que cometieren sus capitanes en actos

del servicio del buque, propios del cargo que ejercen. «_The State

Rights_,» _Crabbe_, 22. «_The Rebeca_,» _Ware Adm._ 187. _Abbott on

Shipping_, _p._ 398, 399. «_Sherwood v. Hall_,» 3 _Sumner_, 131. En

el caso de «_Chamberlain v. Chandler_» (3 _Mason_, 242) se declaró

que el almirantazgo podia conocer de los agravios y perjuicios

inferidos á un pasajero en alta mar por el capitan de un buque,

empleando para ello la fuerza, directa ó indirectamente; y en el de

«_Plumer v. Webb_,» (4 _Mason_ 380) que un padre ó maestro de

oficio podia entablar una demanda ante el almirantazgo por los

salarios ganados por los menores ó aprendices en servicio de la

marina, ó por agravios que se les infirieran en alta mar, como, por

ejemplo, el haber sido llevados en el buque sin el conocimiento de

aquellos, _per quod servitium amisit_. Si el agravio se cometió en

un puerto y continuó en el mar, ó si se cometió un ataque á la

propiedad en el mar y continuó en tierra, habrá un delito marítimo

sujeto á la jurisdiccion del almirantazgo. Los tribunales de

almirantazgo pueden conceder indemnizacion por perjuicios

indirectos (_consequential damages_); caso del _Betsey Caines_, 2

_Hagg Almiralty_ 28. Los tribunales del derecho comun conocen

concurrentemente con el tribunal de la instancia del almirantazgo

de los delitos marítimos (_marine trespasses_) independientemente

de la cuestion de presas, «_Percival v. Hickley_,» 18 _Johns_, 257.

«_Wilson v. Mackenzie_,» 7 _Hill_ (_New York_) 95. El almirantazgo

puede conocer de una demanda por perjuicios provenientes de la

falta de cumplimiento de un contrato marítimo, aunque el buque no

hubiere salido al viaje. _Abbott on Shipping_, _part._ 4, _c._ 4

_sec._ 4; véase el caso «_The City of London, in the Almiralty_,»

_Nov. 1839_, y el tratado de Curtis «_On Seamen_» p. 300, 356. Mas

si se tratare de una falta ó delito cometido por el capitan contra

un individuo de la tripulacion _en tierra_ ó _en un puerto

extranjero_, habria un caso propio de la jurisdiccion del derecho

comun, pues el almirantazgo no atrae á su fuero los delitos

cometidos en tierra. «_Adams v. Haffards_,» 20 _Picks_ 127. El

almirantazgo, dice el Sr. Magistrado Story, no pretende tener

jurisdiccion sobre los delitos, si no es que tengan el carácter de

marítimos, sea que hubieren sido cometidos en alta mar, ó en aguas

sujetas á las mareas... Parece que la opinion del ilustre

Magistrado difiere de la de los tribunales del _Common law_, en el

caso en que dichas aguas se encontraren _dentro del ámbito de un

condado_, supuesto que entonces tiene jurisdiccion el almirantazgo.

La jurisdiccion del almirantazgo inglés en lo civil, se ejerce segun las

formas del derecho civil (romano) y por un tribunal unitario; pero en el

ramo criminal, que comprende todos los delitos marítimos graves

(_felonies_), la ejerce el tribunal de las sesiones del almirantazgo,

compuesto de comisionados de "_Oyer and Terminer_," que son el

magistrado del tribunal de almirantazgo, y tres ó cuatro asociados. Este

tribunal conoce de todos los delitos cometidos en el mar ó en las

costas, fuera del recinto de un condado, y sus procedimientos se siguen

por acusacion y juicio de jurados, segun la práctica del derecho comun

(4 _Blackstone's Commentaries_ 269). La jurisdiccion del almirantazgo

recibió la organizacion que hoy tiene del estatuto de Enrique VIII;

(_Act of 28 Henry VIII_ _c._ 15); pero desde su principio tuvo

facultades muy ámplias en el ramo criminal. Antes de la promulgacion de

dicho estatuto, procedia mediante acusacion ante el pequeño jurado,

debiendo castigar con multas ó prision todos los delitos de que podia

conocer, siempre que el derecho positivo no hubiera señalado otra pena.

(4 _Rob. Almiralty_, 74, _note_). La opinion mas fundada, sin embargo,

es que el antiguo derecho comun, ó la primitiva jurisdiccion criminal

del almirantazgo inglés ha caido en desuso; que hace ya mas de cien años

que no se ejerce, y que en la actualidad el tribunal no podria conocer

de ningun delito que no estuviera comprendido en la jurisdiccion que

especialmente le confirió el relacionado estatuto. Se ve, por lo mismo,

que la doctrina de la Suprema Corte de los Estados Unidos que niega á

los tribunales federales toda jurisdiccion criminal de almirantazgo que

no se derive expresamente de alguna ley, tiene en su apoyo un

precedente muy respetable. Mas sea lo que fuere acerca de la extension

que pueda tener esa jurisdiccion, el ya mencionado "_Judiciary Act_."

dispone que en todas las causas que se sigan ante los tribunales de

distrito, con excepcion de las civiles de almirantazgo y marina, los

puntos de hecho serán resueltos por jurados.

V. De los límites entre la jurisdiccion de almirantazgo y la de los

tribunales del derecho comun [Common Law].

Es muy antigua y ha sido muy debatida la cuestion sobre cuales son los

límites que dividen la jurisdiccion de los tribunales del derecho comun

de la de almirantazgo. Esta se extendia originalmente en Inglaterra á

todos los delitos cometidos en el mar, en los puertos, rios y brazos de

mar, hasta donde llegan las mareas. Lord Coke sostenia, que en la

expresion "mar" no debian incluirse las aguas navegables que se

encontraban dentro del recinto de un condado, y Sir. Matthew Hale creia

que antes de la ley de Eduardo III (_Statute of 35^{th} Edward III_) el

derecho comun y el almirantazgo ejercian jurisdiccion concurrente sobre

los mares estrechos, puertos y fondeaderos, en las aguas que tienen

mareas. Con motivo de los estatutos 13 _Richard II_, _c._ 5 _y_ 15

_Richard II_, _c._ 3, que eximieron de la jurisdiccion del almirantazgo

los casos ocurridos en tierra ó en aguas que estén dentro del recinto de

un condado, con excepcion de los homicidios y heridas que causen

mutilacion, (_mayhem_) hubo largas y desagradables competencias entre

los tribunales de uno y otro fuero. Cuando se trata del mar, propiamente

dicho, los límites de la jurisdiccion del derecho comun llegan en las

playas, hasta la raya á que alcanzan las aguas en la baja marea; y en el

espacio que queda entre las rayas de la baja y la pleamar, el derecho

comun y el almirantazgo ejercen jurisdiccion dividida ó alternada.[131]

[131] 1 _Blackstone's Com._ 112; _Constables case_, 5 _Co._ 106,

107, _Barber v. Wharton_, 2 _Lor Raym._ 1452; 2 _East P. C._ 803; 4

_Blacks. Com._ 268; «_The King v. Forty nine casks of brandy_,» 3

_Hagg Adm._ 257. Procede la jurisdiccion del almirantazgo en la

playa, cuando estuviere cubierta de agua, y la del derecho comun,

cuando queda seca. «_The Pauline_,» 2 _Rob. Adm._ 358.

Mas con respecto á los brazos de mar, las bahías y los rios navegables

cuyas aguas tienen mareas, ha habido mucha diferencia de opiniones, y no

pocos litigios en el progreso de la jurisprudencia inglesa, sobre los

límites de la jurisdiccion del almirantazgo. Este sostiene que continúa

en vigor su jurisdiccion en esas aguas, hasta donde tienen mareas, bajo

los primeros puentes; y parece que tal fué la opinion de diez de los

jueces de Westminster, en una consulta que se les hizo en 1713. Los

tribunales del derecho comun alegan por su parte, que en la demarcacion

de los condados quedan comprendidos todos los rios navegables, rias,

puertos, fondeaderos y brazos de mar que existan en ellos, cuando sean

tan extrechos que las personas apostadas en una orilla puedan distinguir

y declarar bajo juramento, lo que pasa en la orilla opuesta, y sea

posible por esta razon la averiguacion de los hechos que deba

practicarse.[132] En el caso de Bruce (2 _Leach's Crown Cases_ 1093 caso

353, 4ª edicion) todos los jueces estuvieron de acuerdo en 1812 en que

el derecho comun y el almirantazgo tenian jurisdiccion concurrente sobre

las bahías, fondeaderos, rias, etc., en que podian flotar los buques de

guerra. La alta mar comprende las aguas del Oceano fuera de la

demarcacion de los condados, y está sujeta exclusivamente á la

jurisdiccion del almirantazgo, hasta el lugar donde llegan las

crecientes durante la marea. El Oceano abierto que baña las costas se

contra-distingue en el lenguaje forense de los brazos de mar que están

encerrados _inter fauces terræ_; esto es, entre los cabos ó

promontorios, y bajo esta última denominacion quedan comprendidos los

rios, puertos, rias, randas, bahías, &c., que tengan mareas. Estas aguas

están bajo la jurisdiccion de almirantazgo y marina de la Federacion, á

no ser que se encuentren en la demarcacion de algun condado de un

Estado, pues entonces están bajo la jurisdiccion particular de

éste.[133]

[132] _King v. Soleguard_, _Andrew_, 231: resolucion de los jueces

dada en 1632, citada en 2. _Bro. civil and Almiralty Law_, 78;

_Stanton J. Fitz. Abr. corone._ 399, 8 _Edward II_; 4 _Instit._

140; _Hawkins P. C._ _lib._ 2 _c._ 9 _sec._ 14; 2 _East. P. C._

804; 5 _Wheaton_, 106, _nota_: _com. Dig. tít. Adm._ 2. 7. 14.

_United States v. Grush_, 5 _Mason_, 290.

[133] _Hale history P. C._ _vol._ 1 _p._ 13, 18, 54; 6 _Instit._

113; _Constable's case_, 5 _Co._ 106 _a_, _Lord Hale Harg L. T._

_c._ 4 _p._ 10.; «_United States v. Grush_, 5 _Mason_, 190». El 7

de Enero de 1840 el tribunal de Distrito de la Federacion en

Connecticut, sostuvo en el caso de «_Gedney v. Schooner La

Amistad_,» que el buque, hallándose en aguas sujetas á las mareas,

á la vista de tierra, distante cinco millas de Montauk Point, diez

y ocho de New London y media milla de la costa de Long Island, sin

hallarse en ninguna bahía conocida, estaba en _alta mar_ y bajo la

jurisdiccion del almirantazgo, pues alta mar significa el oceano,

fuera de las _fauces terræ_. «_The Schooner Harriet_,» 1 _Story

Circuit courts_ 259. En el caso «_The Public Opinion_» (2 _Hagg

Adm._ 398) se declaró que el almirantazgo carecia de jurisdiccion

sobre un caso que tuvo lugar en el Humber, á veinte millas del mar

pero en aguas sujetas al flujo y reflujo, por razon de que dichas

aguas estaban _infra corpus comitatus_. Mas el tribunal federal de

distrito de la parte setentrional de New York, en el caso de «_Van

Santvort v. The Boat John B. Cole_,» declaró en 1846, que un

contrato para la entrega de un cargamento de harina en New York,

celebrado á bordo de un bote de canal, en Albany, en aguas

navegables del Hudson, sujetas á las mareas, era contrato marítimo,

por referirse á un negocio mercantil y de navegacion, y pertenecia

á la jurisdiccion del almirantazgo. (_The New York Legal Observer

for October, 1846_.)[133a]

[133a] Para que nazca la jurisdiccion de almirantazgo, no es

necesario que todo el viaje se haga sobre aguas sujetas á las

mareas. Véase _The Robert Morris_, _Wallace_, _Jun._ 33.

En el caso «_Thomas v. Lane_,» (2 _Sumner Rhode Island_) tratándose

de delitos marítimos (_maritime torts_) se declaró que el

almirantazgo solo es competente para conocer de los que tenian este

carácter, ó hubieran sido cometidos en alta mar, ó en aguas que

tienen flujo y reflujo, recordando que los tribunales del derecho

comun sostienen la suya, cuando dichas aguas se encontraren _dentro

de la demarcacion de un condado_. Mas se dijo que esa restriccion

evidentemente no tendria aplicacion en los _casos ocurridos en

países extranjeros en aguas sujetas á las marcas_, y que el

almirantazgo tendria jurisdiccion para conocer de los delitos

cometidos en dichas aguas, siendo necesario expresar esa

circunstancia en el libelo de demanda, pues no basta que se

sobreentienda. En el caso «_The United States v. Davis_,» [2

_Sumner_, 482,] hubo dudas sobre si un parage en un arrecife de

coral en Raiatea, una de las islas «Sociedad,» que quedaba cubierto

con el agua durante la creciente y seco en la menguante, debia

considerarse ó no como de alta mar para el efecto de conferir

jurisdiccion criminal, pues un mismo lugar puede reputarse de alta

mar durante la creciente, y ser estrictamente una parte de la

tierra en la menguante, como sucede en las riberas del mar, segun

las doctrinas que se sentaron en el «_Constables case_,» [5 _Co._

106 _a._] En los casos «_United States v. Ross_» [1 _Gallison_,

624] y «_United States v. Pirates_,» [5 _Wheaton_, 184] se declaró

terminantemente que un buque que se hallaba en un puerto abierto,

dentro de una legua marítima de la costa, _estaba en alta mar_,

segun la seccion 8.ª de la ley de 30 de Abril de 1790, y que por

esta razon los tribunales federales tenian expedita su

jurisdiccion. En esa ley el término «alta mar» comprende aquellas

aguas de la costa que están fuera de los límites de la raya que

marcan las aguas en tierra durante la bajamar. Pero á pesar de esta

decision, en el caso «_United States v. Robinson_,» [4 _Mason_,

307] se declaró que un delito cometido en una bahía enteramente

cerrada de arrecifes, no habia sido perpetrado en alta mar. Son tan

contradictorias las decisiones judiciales de dichos casos, que no

es posible fijar conclusiones definitivas en esta materia.

Parece que todos convienen en que el almirantazgo tiene

jurisdiccion para conceder _indemnizacion de perjuicios por

agravios_ ó daños personales cometidos en alta mar; que en

Inglaterra las aguas sujetas á las mareas, que se encuentran en la

demarcacion de un condado no están bajo la jurisdiccion del

almirantazgo; (_Coke's 4^{th} Instit._ 134; 2 _Brown's Civil and

Admiralty Law_ 111; _The Nicolás Witzen_, 3 _Hagg. Adm._ 369); pero

que sí lo están en los Estados Unidos, donde esa jurisdiccion puede

conocer de los delitos cometidos en ellas. (Véase á Curtis,

_Treatise on Seamen_, p. 262 y los que cita). Aun mas: el

almirantazgo podrá conocer de los delitos de tracto sucesivo,

comenzados en tierra y consumados en aguas que tienen mareas.

«_Plumer v. Webb_» [4 _Mason_, 383, 384]; _Steele v. Thatcher_,

[_Ware Admiralty_ 91]. Se admite, sin embargo, que en este país,

tambien los tribunales del derecho comun tienen jurisdiccion para

conocer de los contratos de los marineros y de los delitos

cometidos en alta mar. Mas estos tribunales no son competentes para

conceder un remedio _in rem_, y solo conceden remedios personales.

En el caso «_The Steamboat Black Hawk_,» fallado en el tribunal del

distrito setentrional de New York, [_Conkling's Treatise_, 2^d _ed.

p._ 350. _note_] se declaró que eran casos de la jurisdiccion del

almirantazgo ciertos embargos hechos en el «San Lorenzo,» en

lugares muy distantes de aguas sujetas á las mareas, como en

Ogdensburgh y en algunos puntos del lago Ontario, por infraccion de

las leyes de navegacion de los Estados Unidos. El instruido

magistrado que sentenció, fundó su decision en la práctica

constantemente aplicada y jamás contrariada de mas de cincuenta

años; pero con mucha buena fé reconoció que podia disputarse la

jurisdiccion de almirantazgo del tribunal, que debia sostenerse en

vista del trascurso del tiempo que llevaba de ejercerse. En el caso

de «_Wyman v. Hurlburt_,» [12 _Ohio_, 81] el tribunal pasó sin

resolver la cuestion de si las aguas no sujetas á las mareas en los

grandes lagos, estaban bajo la jurisdiccion del almirantazgo. Pero

en la actualidad y á virtud de la ley de 26 de Febrero de 1845, en

todo lo que se refiera á contratos y delitos que tuvieren lugar á

bordo de cualquiera clase de buques de 20 toneladas para arriba,

con patentes para hacer el comercio de cabotage entre puertos

pertenecientes á distintos Estados y territorios, sobre los lagos y

las aguas navegables por las cuales se comunican, los tribunales de

distrito tienen la misma jurisdiccion que la que ejercen sobre los

casos ocurridos á bordo de los buques destinados á la navegacion y

comercio en alta mar, ó en aguas sujetas á la jurisdiccion de

almirantazgo y marina de los Estados Unidos. El derecho marítimo de

los Estados Unidos constituirá la regla de decision de dichos casos

hasta donde sea aplicable, en la misma manera y extension, y

usándose de la misma equidad con que se aplica actualmente en los

casos de jurisdiccion de almirantazgo, con la salvedad de la

garantía del juicio por jurados y de los remedios del derecho

comun, cuando fueren procedentes.[133b]

[133b] La jurisdiccion que tienen los tribunales de distrito en

los casos de almirantazgo no se deriva de la ley de 1845, sino

de la misma constitucion federal; ni se limita á las aguas que

tienen crecientes y menguantes, sino que se extiende á los lagos

y rios navegables en los cuales se hace el comercio entre dos ó

mas Estados, ó entre los Estados y una nacion extranjera. _The

Bacchus_, [1 _Newberry Admiralty_ 1.]

En el caso de la _Jenny Lind_, [1 _Newberry Adm._ 443] el

tribunal sostuvo que la jurisdiccion del almirantazgo estaba ya

establecida de una manera indisputable en toda la longitud y

anchura del rio Mississippi, y en todos los demás rios públicos,

hasta donde sean navegables desde el oceano por buques de diez

toneladas.

En el de "_Jackson v. Steamboat Magnolia_," [20 _Howard vs._

296] se confirmaron los principios en que se fundaba esa

decision, y la Suprema Corte declaró que el tribunal federal del

distrito del centro de Alabama, era competente para conocer de

una colision de dos barcos ocurrida en el rio Alabama, dentro de

la demarcacion de un condado, y fuera de aguas sujetas á las

mareas á pesar de que dicho rio corre al través del Estado de su

nombre, y no sirve de límite entre Estados colindantes. Los

Sres. Magistrados Catron, Daniel y Campbell, disintieron de la

mayoría de la Corte. El primero expuso que creia un deber de su

parte hacer una protesta solemne contra la decision de la Corte

y contra la doctrina que se alegaba en su apoyo "como una

violacion de la carta fundamental, é insistió en union de Mr.

Campbell, en que las pretensiones de la Corte eran

inconstitucionales, diciendo ambos que á su juicio el fallo daba

una extension incalculable á la jurisdiccion, mucho mayor que

todos los demás que hasta entonces se habian pronunciado, y que

debia crear necesariamente una revolucion en las facultades de

almirantazgo que ejercen los tribunales de los Estados Unidos."

La amplitud de la jurisdiccion que ejercen los tribunales de distrito

con el carácter de tribunales de almirantazgo y marina, fué muy

minuciosa y hábilmente analizada por el tribunal de circuito de la

Federacion en Massachusetts en el caso de "_Lovio v. Boit_" (2

_Gallison_ 398; _The J. D. Morton_, 2 _Ohio State_, 26). En él se

sostuvo que desde muy al principio la jurisdiccion del almirantazgo en

lo civil se extendia á todas las causas y contratos marítimos, y en lo

criminal á todos los delitos, hasta los cometidos en los puertos y

ensenadas sujetos á las mareas, y que el almirantazgo inglés estaba

constituido sobre el mismo modelo que los tribunales marítimos de las

demás potencias comerciales de Europa, y su jurisdiccion era tan extensa

como la de éstos. Se demostró, con una exposicion de los casos antiguos,

que Lord Coke se habia equivocado cuando se empeñó en probar que la

jurisdiccion del antiguo almirantazgo se limitaba á la alta mar, y que

no comprendia las aguas estrechas sujetas á las mareas, ni los puertos y

ensenadas. El tribunal convino con los civilistas del almirantazgo en

que los estatutos de Ricardo II y Enrique IV (13 _Richard II_; 11

_Richard II_, and 2 _Henry IV_) no restringieron la antigua jurisdiccion

del almirantazgo, y que de conformidad con ellos ésta podia conocer de

todos los delitos é injurias cometidos en alta mar, en los puertos cuyas

aguas tienen mareas, y en las grandes corrientes pasados los primeros

puentes, y además, de todos los contratos marítimos, y de todos los

negocios de presa y sus incidentes. Por la reseña histórica que se hizo

de las competencias de jurisdiccion que por mas de dos siglos

sostuvieron el almirantazgo y los tribunales del derecho comun, se ve

que éstos, procediendo con alguna reserva, pero sin transigir jamás,

paulatinamente fueron ganando terreno y extendiendo sus facultades,

hasta que consiguieron ejercer jurisdiccion concurrente sobre todas las

causas marítimas de que conocia el almirantazgo, con la única excepcion

de las presas. Estos tribunales sostienen la doctrina de que el mar, _ex

vi termini_ está fuera de la demarcacion de los condados; pero que éstos

comprenden todos los puertos, ensenadas y aguas navegables sujetas á las

mareas, cuando desde una de sus riberas se pueda distinguir lo que pasa

en la opuesta, y que estas aguas están bajo la exclusiva jurisdiccion de

los tribunales del derecho comun. Segun los mismos tribunales, así como

la mayor ó menor altura á que lleguen las aguas en las playas ó costas,

durante las mareas, determina la línea divisoria entre la jurisdiccion

del almirantazgo y la del derecho comun, así tambien debia suceder en

los puertos y ensenadas que tienen mareas, y que la jurisdiccion del

almirantazgo se extendia á estas aguas, y á las de los rios, hasta

pasados los primeros puentes. Se admitió, sin embargo, que el derecho

comun originalmente habia tenido jurisdiccion en alta mar, concurrente

con la del almirantazgo, y se reconoció que en la actualidad pretende

tenerla además sobre casos que notoriamente pertenecen al almirantazgo,

tanto en lo civil como en lo criminal.

Resulta de dicha reseña, que hasta la expedicion de los estatutos de

Ricardo II, estaban sujetos á la jurisdiccion del almirantazgo todos los

contratos marítimos, los delitos, injurias y faltas cometidos en alta

mar, y en los puertos y bahías, hasta donde llegan las mareas: que la

interpretacion que el derecho comun dió á esos estatutos la restringió á

los casos ocurridos exclusivamente en el mar; pero que esa

interpretacion no podia sostenerse en principio, y además que se

contradecian entre sí las decisiones que se fundaban en ella; mientras

que la del almirantazgo dejaba intacta la antigua jurisdiccion, era

conforme con las palabras y la mente de dichos estatutos, y con las

razones de congruencia y de conveniencia pública. El tribunal juzgó que

las decisiones del derecho comun en esta materia no podian vencer en sus

fundamentos á las de los grandes civilistas del almirantazgo. Durante la

época colonial, los tribunales del vice-almirantazgo ejercieron una

jurisdiccion muy ámplia, tanto como la que hoy se sostiene, sobre todos

los contratos y delitos marítimos que tenian lugar, no solo en alta

mar, sino tambien en los puertos; y cuando la constitucion invistió á

los tribunales federales con la jurisdiccion de almirantazgo y

_marítima_, intencionalmente usó de esta última palabra para remover

cualquier duda que pudiera ocurrir. La equidad general, la sencillez de

los procedimientos del almirantazgo, y la política y sabiduría del

código marítimo, en el que se encuentran incorporados la ilustrada razon

del derecho civil, con las costumbres y usos de las naciones marítimas,

y que norma con sus decisiones las relaciones comerciales de todas las

naciones del mundo, recomendaban que se adoptara esta interpretacion

ámplia y liberal de las facultades de almirantazgo que ejercen los

tribunales de distrito, extendiéndolas á todos los contratos y delitos

marítimos.[134]

[134] En el caso de que nos ocupamos, el Magistrado Story dijo que

en los contratos marítimos se comprendian, entre otras cosas, las

cartas partidas, fletamentos, las hipotecas marítimas, los

contratos relativos á servicios marítimos, como los de construir,

reparar, abastecer y navegar un buque, los celebrados entre sus

condueños, los contratos y cuasi-contratos sobre averías,

contribuciones y pólizas de seguros. Manifestó que estos últimos en

algunos países extranjeros están sujetos á la jurisdiccion de los

tribunales de almirantazgo, como contra-marítimos.[134a]

[134a] Este punto fué muy discutido en la Suprema Corte en el

caso "_New Jersey Steam Navigation Company v. Merchant's Bank_"

(6 _Howard U. S._ 344). La corte aprobó por mayoría de votos el

fallo del tribunal de circuito en Rhode Island, procediendo en

almirantazgo, en una demanda personal contra una compañía de

vapores de rio, por pérdidas de numerario en uno de sus vapores,

ocasionada por el fuego. El Sr. Magistrado Nelson, encargado de

redactar la sentencia de la Corte, sostuvo que la Constitucion

al conceder la facultad, no pudo haberse referido á la

jurisdiccion del almirantazgo tal cual se ejercia en Inglaterra

cuando aquella se formó; y que, aun suponiendo que así hubiera

sido, la manera como se habia interpretado la Constitucion,

tanto por el poder legislativo como por el judicial, le daba

mucha mayor amplitud, fuera de que habia precedentes netamente

aplicables al contrato en cuestion. En el caso de "_Moorewood v.

Enequist_," (23 _Howard U. S._ 491) se volvió á decidir que los

contratos de carta partida y fletamentos están sujetos á la

jurisdiccion de almirantazgo que ejercen los tribunales

federales. Allí se declaró que segun la mente de la constitucion

y de la ley del Congreso, eran contratos marítimos sujetos como

tales á los tribunales de almirantazgo de la Union, sea que se

entablara el procedimiento _real ó personal_. En el de "_Waring

v. Clarke_," [5 _Howard U. S._ 441] se sentaron los mismos

principios generales, sosteniéndose que el almirantazgo era

competente para conocer de las colisiones ocurridas en los rios,

en aguas que tenian flujo y reflujo, aun que se hallaran _infra

corpus comitatus_. La cláusula del _Judiciary Act_ que deja á

salvo á los litigantes en ciertos casos los remedios del derecho

comun, tiene el sentido de que cuando concurran las dos

jurisdicciones, la del derecho comun no se considera fenecido

por virtud de la ley.

No es competente la jurisdiccion del almirantazgo para conocer

del caso en que los constructores de un buque solicitan que se

declare que tienen hipoteca tácita sobre él, por el trabajo y

los materiales empleados en la construccion, cuando no la

establece el derecho local del Estado donde se construyó. "_The

People's Ferry Company v. Beers_" [20 _Howard U. S._ 393]. En el

caso de "_Roach et al v. Chapman et al._" [22 _Howard U. S._

129] se negó á conocer la jurisdiccion federal, porque el buque

no habia sido construido en aguas sujetas al flujo y reflujo, á

pesar de que el derecho del Estado concedia la hipoteca tácita á

los constructores. Tampoco es del conocimiento del almirantazgo

un contrato de sociedad en virtud del cual una de las partes

debia poner el capital y la otra su trabajo é industria para la

construccion de un buque.

En el caso de "_Ward V. Thompson_," [22 _Howard U. S._ 330] se

trataba de un buque que de intento fué embarrancado para salvar

la vida de los tripulantes, y su dueño presentó una demanda

personal contra el consignatario del cargamento para que

contribuyera por vía de avería general; mas se declaró que no

tenian jurisdiccion los tribunales del almirantazgo de la

Federacion para conocer de él. La tendrian solo en el caso de

que hubiera una hipoteca tácita _absoluta_ sobre el buque y su

cargamento, segun el derecho marítimo; pero en una avería

general, la hipoteca tácita es calificada, pues depende de la

posesion de los efectos, y cesa luego que éstos hayan sido

entregados al consignatario. "_Cutter V. Roe_," 7 _How. U. S._

729. Esta importante cuestion constitucional fué decidida bajo

circunstancias peculiares, y por esta razon probablemente

volverá á ser controvertida. El Sr. Magistrado Wayne dijo que si

volviera á presentarse, él no la consideraria como resuelta en

virtud de esa decision. En el caso "_The United States v. The

New Bedford Bridge_," [1 _Wood and Minot_, 401] el Sr.

Magistrado Woodbury desplegó mucha erudicion en la materia de la

jurisdiccion de almirantazgo, que dejó casi agotada. Su opinion

ocupa mas de cien pájinas impresas.

En virtud del contrato de fletamento, el almirantazgo puede

conocer de una accion personal entablada por los dueños de un

cargamento contra los dueños del buque, para recobrar las

cantidades que por mala fé del capitan prestaron por salvarlo,

"_Church V. Shelton_," [2 _Curtis Circuit Court_, 27].

Todavía falta que se discuta y se declare definitivamente por la Suprema

Corte federal la extensa jurisdiccion civil que dió al almirantazgo el

tribunal de circuito de Massachusetts. Los tribunales de circuito y de

distrito de la Federacion la han sostenido reiteradas veces con

posterioridad. En el caso de "_Plumer v. Webb_" (4 _Mason_ 380) se

sostuvo la jurisdiccion del almirantazgo para conocer de contratos

marítimos con fundamento de la doctrina sentada en el relacionado de

"_Lovio v. Boit_," añadiéndose que como los tribunales de almirantazgo

funcionan como los tribunales de equidad, administrando justicia sobre

los mismos principios y prestan las mismas garantías de justificacion

que éstos, los relacionados contratos constituian un objeto propio de su

jurisdiccion, supuesto que deben interpretarse latamente segun los

dictados de la equidad y buena fé. Además; la misma doctrina fué

explícitamente reconocida en los casos de "_Steele v. Thatcher_," y

"_Drinkiwater v. The Brig Spartan_," resueltos en el tribunal de

distrito de Maine (_Ware Admiralty_ 91, 149). Se dijo que hacia mas de

doce años que habia sido presentada al público, sin que durante ese

intervalo se hubiera atacado sus principios ó conclusiones: que con

fundamento de ella se habia declarado que el almirantazgo tenia

jurisdiccion sobre los contratos marítimos, y que la circunstancia de

que éstos fueran contratos celebrados bajo sello, no era una razon para

eximirlos de ella, aunque en Inglaterra sí bastaria para que los

tribunales ordinarios sostuvieran su competencia. La extensa

jurisdiccion que tienen los tribunales americanos de almirantazgo sobre

todos los contratos marítimos consumados, _executed maritime contracts_

(pues se limita exclusivamente á los de esta clase) y en general sobre

todos los casos marítimos por su carácter, fué sostenida además en los

tribunales de circuito de la Federacion en New-York y Philadelphia, que

se fundaron en el lenguaje que usa la Constitucion y en el _Judiciary

Act_ de 1789.[135] En el caso "_The Schooner Tilton_"[136] se defendió

la misma amplitud de la jurisdiccion con principios basados tanto en la

razon, como en la fuerza de los precedentes declarándose que el

almirantazgo podia conocer de todas las causas marítimas por su

naturaleza, sin excluir las cuestiones de presas, sea que aquellas

provinieran de contratos ó de delitos, y que era incortrovertible su

competencia respecto á todos los negocios en que estuvieran interesados

los dueños ó propietarios de buques, como tales. Los juicios que se

siguen en el almirantazgo sobre la propiedad de los buques, se dijo, son

de dos clases: _petitorios_, que son aquellos en que se disputa el

título á la propiedad; y _posesorios_, en que el dueño pide que se le

restituya la posesion que antes tuvo en virtud del título que alega le

asiste. El almirantazgo conoció de estas dos clases de juicios hasta

despues de la restauracion de 1660, en que se atravesaron los tribunales

del derecho comun, sosteniendo su jurisdiccion privativa sobre todas las

cuestiones que se refieren al título, y debido á esto, hace ya tiempo

que cesó de existir la jurisdiccion del almirantazgo inglés para conocer

de los juicios petitorios, y se limitó únicamente á los

posesorios.[137] No creemos que esta distincion tenga un fundamento

sólido, supuesto que la cuestion relativa al título está envuelta

necesariamente en la de la posesion, y los tribunales del derecho comun

reconocen que el almirantazgo tiene facultades para mandar restituir á

su dueño un buque injustamente detentado, sea quien fuere el detentador.

En este país cuando la cuestion versa sobre captura ilegal, hipoteca de

un buque, salvamento y delitos marítimos, los tribunales de almirantazgo

conocen y deciden acerca de los derechos y títulos que se controvierten;

y si tienen jurisdiccion sobre la cuestion principal, es natural y

conforme á las analogías del derecho, que la tengan tambien sobre sus

incidentes. Aquí el almirantazgo sostiene que legalmente tiene

jurisdiccion tanto sobre los juicios petitorios como sobre los

posesorios, no obstante la práctica contraria que existe en Inglaterra.

[135] "_The Sloop Mary_," 1 _Paine Circuit Court_, 673; "_Wilmer v.

The Smilax_," 2 _Peters Admir._ 295, _n._ "_David &. Brooks v. Brig

Seneca_," _Gilp._ 10 _C. C. of Pennsylvania_.

[136] 5 _Mason's Report_, 465. No hay disputa á cerca de si los

tribunales de almirantazgo tienen jurisdiccion sobre las cartas

partidas y los contratos marítimos en general; la dificultad versa

sobre los contratos prévios que dan lugar á aquellos, "_Andrews v.

Essex_." _F. and Insurance Company_, 3 _Mason_, 6. "_The Schooner

Tribune_," 3 _Sumner_, 144.

[137] "_Haly v. Goodson_," 2 _Meriv._ 77; _Lord Stowell_ en los

casos de la "_Aurora_," 3 _Rob. Admir._ 133, 136; _The Warrior_, 2

_Dod. Admir._ 288; _The Pitt_, 1 _Hagg. Admir._ 240. 2 _Bro Civ.

Admir. Law_, 114, 115.

Con respecto á la jurisdiccion criminal del almirantazgo, ya hemos dicho

que los tribunales federales no la ejercen, si no es cuando los autoriza

expresamente alguna ley del Congreso, y en cuanto á la civil, no carece

de graves dificultades el argumento que se hace para extenderla mas allá

de los límites que tenia en el derecho inglés, _cuando se formó nuestra

Constitucion_.

¿Cuáles son los casos de almirantazgo y marina segun la mente de la

Constitucion federal? No está en las facultades del Congreso ampliar esa

jurisdiccion mas allá de los límites que tenia cuando esta se

_sancionó_, porque de lo contrario se privaria á los litigantes de la

garantía del juicio por jurados que en los negocios del derecho comun

les otorga la misma Constitucion, pues es bien sabido que en los

negocios civiles del almirantazgo se procede siguiendo la sustanciacion

del derecho civil, sin el jurado. Si los tribunales de distrito en

virtud de la jurisdiccion de almirantazgo y marina que ejercen, debieran

conocer de todos los contratos marítimos, tendriamos que los juicios

sobre pólizas de seguros, cartas partidas, hipotecas marítimas, los

contratos para la construccion, reparacion, abastecimiento y navegacion

de los buques, y los celebrados entre sus parcioneros, deberian

sustanciarse ante el tribunal unitario del almirantazgo sin el juicio

por jurados, y de esto resultaria que los tribunales de los Estados, de

un solo golpe quedarian privados de una parte considerable de su

jurisdiccion mercantil. La seccion 9ª del _Judiciary Act_ de 1789,

refiriéndose á los tribunales de distrito, dice textualmente: "tendrán

jurisdiccion _privativa_ para conocer en primera instancia de todos los

negocios civiles de almirantazgo y marina, incluyéndose las

aprehensiones que se hicieren á virtud de las leyes federales sobre

impuestos, navegacion y comercio de los Estados-Unidos, cuando aquellas

se verifiquen en aguas de sus respectivos distritos, que sean

navegables, desde el mar por buques de diez ó mas toneladas, ó en alta

mar;" pero por vía de restriccion la misma ley añadió estas palabras:

"quedando á los litigantes siempre á salvo los recursos del derecho

comun, cuando éstos fueren procedentes."

La ley es algo ambigua, y quedó en duda si su mente fué considerar las

aprehensiones hechas sobre aguas sujetas á las mareas en los puertos,

radas, rias y brazos de mar, como casos de la jurisdiccion de

almirantazgo y marina, ó simplemente como casos cuyo conocimiento tocaba

á los tribunales de distrito, pues usa de la expresion _incluyéndose_;

esto es, comprendiéndose, que se puede referir tanto á la jurisdiccion

de esos tribunales, como á las aprehensiones hechas en virtud de las

precitadas leyes sobre aguas que sean navegables por pequeños buques de

diez toneladas para arriba, como á una clase de casos pertenecientes á

la jurisdiccion del almirantazgo. Mas se ha adoptado el primer extremo,

dándose á la ley el sentido de que su objeto fué explicar las palabras

"jurisdiccion de almirantazgo y marina" segun las pretensiones de los

civilistas y contra las de los tribunales del derecho comun; y en este

sentido existen muchas decisiones de la Suprema Corte de los

Estados-Unidos.

En el caso "_The United States v. La Vengeance_," (3 _Dallas_ 297) este

crucero francés fué juzgado en el tribunal del distrito de New-York por

haber intentado exportar armas de los Estados-Unidos para un país

extranjero, y salió condenado á la pena de confiscacion, fallo que fué

revocado en la apelacion entablada ante el tribunal de circuito. En la

súplica ante la Suprema Corte de la Nacion se alegaba que tanto por la

sustanciacion como por el hecho imputado, el caso era criminal, y por lo

mismo causaba ejecutoria el fallo del tribunal de distrito, donde debió

haber sido juzgado por un jurado; pero que aun suponiendo que fuera un

negocio civil, ciertamente no era de los que pertenecian á la

jurisdiccion del almirantazgo, pues para ello habria sido necesario que

la causa hubiera tenido su orígen en el mar, y no en una bahía, rada ó

aguas que existen dentro de la demarcacion de los condados de un Estado.

La Suprema Corte resolvió, sin embargo, que el negocio era civil por

naturaleza y pertenecia á la jurisdiccion de almirantazgo y marina, y no

al "_common law_." La captura habia tenido lugar en aguas de los

Estados-Unidos, los procedimientos eran contra la cosa, _in rem_, sin

referirse en manera alguna á personas, y no habia habido necesidad, por

lo mismo, del jurado.

Despues en el caso "_The United States v. The Schooner Sally_" (2

_Cranch_ 406) se presentó demanda al tribunal de distrito pidiendo la

confiscacion del buque, por estar implicado en el tráfico de esclavos,

segun se decia; y aquí tambien se declaró que era caso perteneciente á

la jurisdiccion del almirantazgo y no al common law. En el caso "_The

United States v. The Schooner Betsey_" (4 _Cranch_, 443) se declaró que

las capturas verificadas en cumplimiento de una ley del Congreso que

habia suspendido las relaciones comerciales con cierto país extranjero,

en aguas navegables desde el mar por buqes de diez toneladas de

capacidad, eran negocios civiles del almirantazgo, en que se debia

seguir procedimientos _in rem_, sin el jurado. A juicio del tribunal, la

simple circunstancia de que la captura hubiera tenido lugar en aguas

navegables, bastaba para radicar la jurisdiccion, porque fué la mente de

la ley que se tuvieran semejantes capturas como pertenecientes al fuero

civil del almirantazgo. El patrono del actor alegó que se trataba de una

captura verificada dentro de la demarcacion de un condado, por violacion

del derecho mercantil municipal, y que por lo mismo aunque estaba sujeta

á la jurisdiccion del tribunal de distrito, no era un caso de

almirantazgo. En Inglaterra las capturas ó embargos hechos por

infraccion de las leyes fiscales, mercantiles ó de navegacion, son

juzgados por jurados en el tribunal del _Exchequer_, segun la práctica

del derecho comun, y aunque allí se sigue un proceso contra la cosa,

(_in rem_) no por esto es necesariamente un proceso ó causa de

almirantazgo.

En el caso "_The Samuel_" (1 _Wheaton_ 9) tanto el buque como su

cargamento fueron embargados y condenados por el tribunal de distrito de

Rhode Island por haber violado aquel las leyes federales que prohiben

ciertas importaciones. En la apelacion á la Suprema Corte, se hizo la

misma objecion y fué otra vez desechada con fundamento de los casos

precedentes. A pesar de esto, se volvió á presentar en el caso "_The

Octavia_" (1 _Wheaton_, 20) y se sostuvo que la expresion

"_incluyéndose_" de que usa la seccion 9ª del _Judiciary Act_ no debia

interpretarse _cumulativamente_, y que bien pudiera suceder que un caso

perteneciera á la jurisdiccion de almirantazgo y marina, y que se

sustanciara, sin embargo, conforme al derecho comun, procediéndose por

informacion, y no, segun el civil, por libelo de querella. La objecion

volvió á ser desechada. El último caso en que se examinó y discutió el

punto fué "_The Sarah_" (8 _Wheaton_ 391) y en éste la Suprema Corte

reconoció la separacion marcada que existe entre las dos jurisdicciones

que ejercen los tribunales de distrito, á saber: la del derecho comun y

la del almirantazgo. En las aprehensiones ó embargos hechos en tierra,

proceden como tribunales del derecho comun, siguiendo la práctica

establecida en el _Exchequer_ inglés, de levantar una informacion _in

rem_, y someter los puntos de hecho al veredicto de los jurados;

(_Thompson J._ 1 _Paine C. C._ 504. _United States v. Fourteen

Packages_, _Gilpin_ 235) pero en los que se verifican en aguas

navegables desde el mar, por buques de diez ó mas toneladas de

capacidad, proceden como tribunales de instancia de almirantazgo,

abriéndose un juicio contra la cosa, y el mismo tribunal es el juez de

hecho y de derecho.

Hoy puede considerarse como un punto resuelto de derecho en este país,

que todas las capturas ó embargos hechos en virtud de las leyes

fiscales, mercantiles y de navegacion de la Federacion, en aguas sujetas

á las mareas y navegables desde el mar, son casos civiles de la

jurisdiccion del almirantazgo, y la Suprema Corte, ha fundado sus

últimas decisiones sobre esta materia en el _Judiciary Act_ de 1789. Si

fuere verdad que esta ley declaró ser casos de almirantazgo, los á que

nos referimos, dió á la jurisdiccion una amplitud que probablemente no

tiene en la práctica inglesa. En Inglaterra toca al _Exchequer_ conocer

de las confiscaciones impuestas por infraccion de las leyes fiscales, y

lo hace prévia informacion, aunque el embargo se hubiera verificado en

aguas navagables, sujetando al juicio de jurados los hechos que lo

motivan. (_Attorney General V. Le merchant_, 1 _Anst._ 52.) Las

informaciones se presentan ante dicho tribunal, luego que hubiere tenido

lugar la aprehension motivada por violacion de las leyes fiscales,

mercantiles ó de navegacion. En el caso "_The Attorney General V.

Jackson_" (_Bunt_ 226.) se trataba de la aprehension de un buque

fondeado en Cowes, porque habia violado la acta de _navegacion_, y

conforme á la práctica del derecho comun, un jurado conoció de los

hechos, prévia la correspondiente informacion, que, segun Lord Hale,

solo puede rendirse ante el _Exchequer_. El Congreso tiene facultades

discrecionales para investir á los tribunales de distrito de

jurisdiccion sobre las aprehensiones y confiscaciones de esta clase;

pero es cuestionable que las tenga para declarar que son casos de

almirantazgo, si cuando se formó la Constitucion, no tenian ese carácter

segun nuestro derecho patrio. La Constitucion garantiza al ciudadano el

juicio por jurados en todas las causas criminales, y en todos los

negocios civiles del derecho comun, cuando la cantidad controvertida

exceda de veinte pesos. Por lo comun los juicios sobre confiscaciones

que se entablan á virtud de las leyes fiscales y de navegacion, versan

sobre efectos valiosos, y son eminentemente penales en sus

consecuencias: el gobierno y sus empleados son partes en ellos, y

conviene á sus intereses la condenacion y confiscacion de dichos

efectos. Y si en virtud de una ley del congreso, ó de las decisiones

judiciales debieran sujetarse á la jurisdiccion de almirantazgo que

ejercen los tribunales de distrito por la simple razon de que no son

causas criminales, ni litigios del derecho comun, se arrancada su

conocimiento á los jurados del país, para someterlo á la conciencia de

un tribunal unitario. Es probable, sin embargo, que el _Judiciary Act_

no tuvo otra intencion que la de investir á los tribunales de distrito

de jurisdiccion sobre estos casos, y que las causas que se siguieran por

multas y confiscaciones impuestas á virtud de las leyes fiscales,

mercantiles y de navegacion, no se considerarán como pertenecientes á

la jurisdiccion del almirantazgo, cuando fueran aplicables los recursos

del derecho comun, supuesto que deja "á salvo á los litigantes esos

recursos, cuando fueren procedentes." Ya hemos visto que sí lo son,

porque bajo el vigoroso sistema del derecho inglés, esos juicios

persecutorios de la cosa se siguen ante el _Exchequer_, siguiéndose la

tramitacion del derecho comun, y es de temerse que haya faltado la

suficiente deliberacion en la resolucion que se dió al caso "_La

Vengeance_," en que se han fundado todas las decisiones posteriores de

la Suprema Corte, á pesar de que existen muchos precedentes de la

administracion colonial en el mismo sentido. Tanto en este país, cuando

formábamos colonias de la Gran Bretaña, como en las Antillas, los

tribunales del vice-almirantazgo han ejercido en los negocios de

Hacienda una jurisdiccion mas extensa que la que en ninguna época haya

tenido el almirantazgo inglés, y tuvieron facultades tan ámplias como

las que hoy dia se reclaman. Mas esta misma amplitud que la ley ha

venido á dar á la jurisdiccion que ejercian los tribunales del antiguo

vice-almirantazgo americano, extendiéndola mas allá de los límites que

tenia, y sujetando á ella los negocios de Hacienda y sus incidentes, dió

materia á prolongadas discusiones y amargas quejas de parte del pueblo

americano, al principio de la guerra de independencia.[138] Pero sea

cual fuere la extension que tenga la jurisdiccion de almirantazgo y

marina con que están investidos los tribunales de distrito, á mi juicio

debe ser _privativa_, supuesto que la constitucion declara que el poder

judicial federal conocerá de _todos los casos_ de esa jurisdiccion, y la

ley de 1789, que los tribunales de distrito tendrán jurisdiccion

privativa para conocer en primera instancia de todas las causas civiles

de almirantazgo y marina[139]. Verdad es que los tribunales de los

Estados asumen de facto una jurisdiccion extensa y no disputada sobre

los contratos marítimos, apoyándose en que estricta y técnicamente

hablando no tienen aquel carácter. Mas es claro que esto es

insostenible, si es fundada la pretension de los tribunales de distrito

sobre que á ellos toca conocer de estos contratos, donde quiera que se

hubieren celebrado y cualquiera que sea su forma. Es preciso convenir,

sin embargo, en que con la mayor buena fé se puede dudar que la

Constitucion federal haya querido referirse á la jurisdiccion de

almirantazgo y marina tal como existia en el derecho patrio cuando ella

se formó, ó si quiso hacer una alusion histórica y retrospectiva á la

práctica y usos del almirantazgo de la edad media, antes de que sus

terrenos hubieran sido invadidos y subyugados en parte por los

tribunales del "Common law," animados con el espíritu audaz de la

libertad, y armados con la institucion tutelar y vigorosa del jurado.

[138] _Journal of Congress_, vol. I, p. 22, 29, 39. _Journal of the

Assembly of the Colony of New York_, vol. II, p. 795, 797, 800. En

Inglaterra como observa el Magistrado Conkling, el tribunal del

_Exchequer_ es el único competente para conocer de los embargos

trabados en virtud de las leyes de hacienda; y en los Estados

Unidos, los negocios de esta clase sujetos á la jurisdiccion de los

tribunales de distrito como tribunales de almirantazgo, solo lo

están en virtud de disposiciones legislativas expresas. El efecto

que produce la ley respecto á esos negocios es sustraerlos del

conocimiento del jurado, sujetándolos á la sustanciacion del

derecho civil (romano). _Conkling's Treatise_, 2d ed. p. 391.

[139] Art. 3, sec. 2.ª de la Constitucion federal. Ley del Congreso

de 24 de Setiembre de 1789, c. 20, sec. 9. El Sr. Magistrado Story

(3 _Comm. const._ V. L. p. 533 note) dice que la opinion que aquí

emito «se funda en un error,» porque la mente de la Constitucion

fué que en el sistema judicial de la Federacion, la jurisdiccion de

almirantazgo y marina tuviera exactamente el mismo carácter de

privativa y la misma extension que tuvo en la jurisprudencia del

common law, y nada mas; y que aquellos casos mixtos de

almirantazgo, sobre los que antiguamente los tribunales del derecho

comun tenian jurisdiccion cumulativa, no habian cambiado de

condicion. Si me equivoqué en este particular, creyendo que el

poder judicial que debe conocer de «todos los casos de la

jurisdiccion de almirantazgo y marina,» segun la Constitucion,

tenia el carácter de privativo, fuí inducido á este error, guiado

por la interpretacion que hizo la Suprema Corte de los Estados

Unidos en la sentencia que dió en el caso de «_Martin v. Hunter's

Lessee_,» 1 _Wheaton_, 304. En ella la Corte consideró que las

palabras «el poder judicial _se extenderá_» etc., eran preceptivas,

y por lo mismo, que el Congreso solo podia investir con el poder

judicial de la federacion á los tribunales que él mismo creara é

instituyera: tenia un deber de conferir _todo el poder judicial_ á

sus propios tribunales. El instruido magistrado que redactó la

decision de la corte se fijó en la diferencia de lenguaje que usó

la Carta fundamental cuando declaró que el poder judicial _se

extenderá á todos los casos_ que en derecho y equidad dimanen de la

Constitucion: á _todos los casos_ que afecten á los embajadores

etc.; á TODOS LOS CASOS de la jurisdiccion de almirantazgo y

marina; y luego añade (omitiendo intencionalmente la palabra

_todos_) á las controversias en que la federacion sea parte

interesada, á las que se susciten entre dos ó mas Estados, etc.,

etc. Manifestó que el cambio de fraseología tenia un objeto y no

habia sido meramente casual: que la jurisdiccion que en unos casos

era resultado de un precepto, podria existir condicionalmente en

los otros, y que cualquiera que fuese la interpretacion que se

diera á la Constitucion, la jurisdiccion de los tribunales

federales en los primeros era necesariamente _privativa_, mientras

que en los últimos _podria, ó no tener ese carácter_, segun lo

dispusiera el Congreso. Esta fué la razon en que fundé la opinion

que expreso en el texto, de que siendo _privativa_ la jurisdiccion

de almirantazgo y marina, segun la mente de la Constitucion, no

debia extenderse mas allá de los límites _reconocidos_ que tenia,

cuando ésta se formó; y apoyado tambien en ella, despues de haber

examinado la materia por segunda vez, me pareció que la luminosa

decision dada en el caso de «_Lovio v. Boit_,» asumia una

jurisdiccion demasiado ámplia. Pero la nota que se encuentra en los

Comentarios á que me he referido, nos enseña que los tribunales de

los Estados conservan toda la jurisdiccion cumulativa que tenian

sobre los contratos marítimos en 1787, que no depende de la

voluntad del Congreso, como dice Wheaton, (vol. I. p. 337) sino que

se funda en «una interpretacion razonable de la Constitucion.»

Comentarios a la Constitucion de los Estados Unidos de América · 第 68 / 115 题