La remuneracion del Presidente está provista en la Constitucion (Art. 2,
Sec. 16 inc.) Esta dispone que en períodos fijos, recibirá por sus
servicios una compensacion que no podrá aumentarse ni disminuirse
durante su administracion presidencial, ni podrá recibir ningun otro
emolumento de la federacion, ni de ningun Estado en particular. El
objeto de esta disposicion fué conservar la independencia y energía del
poder ejecutivo. Habria sido inútil que los diferentes departamentos del
gobierno estuvieran separados y fueran distintos, si la legislatura
debiera tener un poder discrecional sobre los sueldos del Ejecutivo y
del judicial. Esto hubiera equivalido á despreciar la voz de la
experiencia y el resultado de los principios que invariablemente norman
la conducta de los hombres. El que dispone de los medios de subsistencia
de una persona, generalmente dispone tambien de sus acciones. La
Constitucion de Virginia consideró que era un axioma fundamental de
gobierno, el que sus tres grandes departamentos debian quedar de tal
manera separados y distintos, que ninguno de ellos pudiera ejercer las
facultades que propiamente pertenecen á los otros; pero descuidando
tomar las debidas precauciones para la observancia de este principio en
la práctica, dejó que el gobernador dependiera de la legislatura en
cuanto á su sostenimiento. El resultado fué, como dice Mr. Jefferson,
(_Notes en Virginia_, _page_ 127) que la legislatura durante sus
sesiones, habitual y familiarmente dirigia los actos del Ejecutivo. La
de Massachusetts demostró mas sabiduría, y fué la que dió el primer
ejemplo en este país de una disposicion constitucional para el
mantenimiento del jefe del Ejecutivo, ordenando que el gobernador
perciba un sueldo fijo y competente asignado por leyes permanentes. Las
constituciones de los Estados, que se han promulgado ó reformado despues
de que se adoptó la de la Union, generalmente han seguido el buen
ejemplo que ella les dió, en éste y en otros muchos puntos. Podemos
considerar como uno de los mayores beneficios que cupieron en suerte á
este país, el tener constantemente á la vista una forma de gobierno tan
sábia como la que estableció la Constitucion federal, no solo para
protejer á la nacion y hacerse obedecer de ella, sino tambien para que
sirva de ejemplo á los Estados.