III. De la eleccion del Presidente.

El modo de nombrar al Presidente fué uno de los puntos mas difíciles é

importantes que ocuparon las deliberaciones de la Asamblea que formó la

Constitucion. Si alguna vez llega á perturbarse la tranquilidad de esta

nacion y á peligrar sus libertades en la lucha por el poder, será á

causa de la eleccion del Presidente. Esta es en realidad la cuestion que

pone á prueba la bondad y fuerza de la Constitucion; y si de aquí á

cincuenta años podemos seguir eligiendo al primer magistrado de la Union

con discrecion, moderacion é integridad, habremos indudablemente

enaltecido nuestro honor nacional y recomendado nuestras instituciones

republicanas, si no á la imitacion, sí ciertamente á la estimacion y

admiracion de la mas ilustrada parte de la especie humana. La

experiencia de la Europa, tanto antigua como moderna, hasta aquí ha sido

adversa á la posibilidad de que la eleccion popular del primer

magistrado de una gran nacion sea pacífica y enteramente libre y

espontánea. Allí se ha visto que era imposible preservarla de las

intrigas de los extranjeros, las turbulencias domésticas, la violencia y

la corrupcion; y generalmente los hombres han procurado librarse de las

consecuencias de las elecciones populares, apelando á los ejecutivos

hereditarios, como al menor de dos males. El cambio mas reciente y

notable en este sentido ocurrió en Francia en 1804, cuando el cuerpo

legislativo cambió la monarquía electiva en hereditaria, fundándose en

que las rivalidades producidas por las elecciones populares conducían á

la desmoralizacion y á la violencia. Es un acontecimiento curioso en la

historia europea, que en la primera desmembracion de la Polonia en 1773

las potencias que se la repartieron, queriendo conservar todos los

defectos de su miserable gobierno, astutamente pidieron á la Dieta

polaca que la corona continuara siendo electiva. (_Cox's Travels in

Poland, Russia &_, vol. I). Esto se hizo con el objeto de que siguieran

abiertas las puertas á las intrigas y á las influencias extranjeras. Mr.

Paley (_Principles of Moral and Political Philosophy_, 345) reprueba las

monarquías electivas, y á su juicio, con las elecciones populares nada

se gana que pueda contrapesar las disensiones, los tumultos, y la

paralizacion del trabajo que inseparablemente las acompañan. No es mi

objeto examinar la cuestion relativa á la sabiduría ó política de

preferir las monarquías hereditarias á las electivas en las grandes

naciones de Europa, donde existen diferentes órdenes y clases en la

sociedad, la propiedad está acumulada en pocas manos, la ignorancia y la

miseria muy extendidas, y son necesarios los ejércitos permanentes para

conservar la estabilidad de los gobiernos. El estado de la sociedad y de

la propiedad en este país y nuestros hábitos morales y políticos nos

ponen en aptitud de adoptar el principio republicano, que hasta aquí

hemos mantenido con un éxito brillante. Queda todavía por ver, si en

último resultado, serán eficaces los remedios que la Constitucion ha

establecido contra las peligrosas propensiones de nuestro sistema. La

eleccion del Supremo Magistrado Ejecutivo de toda una nacion, afecta

tantos intereses, es tan accesible á las pasiones populares, y presenta

tentaciones tan fuertes á los ambiciosos, que necesariamente es una

terrible prueba para las virtudes públicas, y tal vez un peligro para la

tranquilidad de la sociedad. La Constitucion con conocimiento perfecto

de esas dificultades, no creyó seguro ó prudente someterla directa é

inmediatamente á la eleccion del pueblo, sino que la confió á un pequeño

cuerpo de electores, nombrados en cada Estado, bajo la direccion de la

legislatura: y con el fin de quitar, hasta donde era posible, toda

ocasion á las negociaciones, las intrigas y la desmoralizacion, facultó

al Congreso para determinar los dias en que deban verificarse las

elecciones primarias y secundarias, declarando que serán los mismos para

todos los Estados.[51] Esta seguridad se ha afianzado mas con el decreto

del Congreso (de 1.º de Marzo de 1792) que previene que en los Estados

estarán nombrados los electores treinta y cuatro dias antes del en que

deba verificarse la eleccion.

[51] Art. 2, sec. 1, inc. 3. Por decreto del Congreso de 23 de

Enero de 1845, se dispuso que las elecciones primarias para el

Presidente y vice Presidente, tendrán lugar en un mismo dia en

todos los Estados de la Union. Este será el primer mártes de

Noviembre del año en que toca hacer la eleccion.

La Constitucion (Art. 2, sec. 1, inc. 2) dispone que el número de

electores de cada Estado será igual al total número de senadores y

representantes que tiene derecho á mandar al Congreso; y segun la

proporcion que este fijó en 1832, el presidente debia salir electo por

una mayoría de 294 electores; pero en el año de 1844 se redujo el número

de éstos á 275.[52] Para impedir que el Presidente en actual ejercicio

del cargo pudiera influir indebidamente en su reeleccion, valiéndose de

su puesto, se dispuso que no podrian ser electos los miembros del

Congreso, ni las personas que desempeñan empleos lucrativos ó concejiles

del gobierno de la Union; pero en ningun otro sentido definió las

cualidades que debian tener los electores. (Art. 2, sec. 1.) Estos, se

reunen en sus respectivos Estados, en el lugar que señalan sus

legislaturas, el primer miércoles de Diciembre del cuarto año siguiente

á la última eleccion, y por escrutinio secreto emiten sus votos para

Presidente y Vice Presidente de la República, (supuesto que este último

es electo de la misma manera y por el mismo período que el Presidente)

debiendo, no ser habitante del mismo Estado de que son los electores,

uno por lo menos de esos candidatos. Los electores, escriben en

distintas cédulas los nombres de las personas por quienes sufragan para

Presidente y Vice Presidente; forman listas separadas de todos los que

han obtenido votos para uno y otro cargo, con expresion del número que

obtuvieron, firman y certifican dichas listas, y las remiten cerradas y

selladas á la residencia del gobierno de la Union, dirigidas al

Presidente del Senado.

[52] Esto se debió á que antes se elegia un representante por cada

47,700 personas, proporcion que despues se aumentó á un

representante por cada 70,680. En virtud de este cambio el número

de representantes se redujo de 242 á 223. _Ley de 25 de Junio de

1842._

La ley de 1.º de Marzo de 1792, en su seccion 2.ª dispone que los

certificados de los votos sean entregados al Presidente del Senado antes

del primer miércoles del mes de Enero siguiente á la eleccion. El

segundo miércoles del inmediato mes de Febrero, el Presidente del

Senado, en presencia de las dos Cámaras del Congreso, abre todos los

pliegos y se procede entonces á hacer la computacion de los votos. La

Constitucion no dice expresamente _por quién_ deba hacerse esta

computacion, ni la declaracion de su resultado. Presumo que como no

existe una disposicion legislativa sobre el particular, al Presidente

del Senado toca contar los votos y determinar el resultado, asistiendo

las dos Cámaras únicamente como expectadores, para presenciar la

legalidad del cómputo, y obrar en el solo caso de que no estuviere

decidida la eleccion por los electores.[53] Dado que fuere este caso, la

Cámara de Representantes procederá INMEDIATAMENTE á hacer la eleccion,

aunque segun la Constitucion, será válida, si la hace antes del 4 de

Marzo siguiente. En 1801 y 1824, como no quedaron decididas las

elecciones, la Cámara de representantes se retiró para votar, y permitió

que los senadores, asistieran al acto como espectadores. Es Presidente

la persona que reuna la mayoría de los sufragios de los electores para

ese cargo; pero si ninguna la reune, de entre las tres que hayan sacado

mas votos, la Cámara de representantes procederá inmediatamente á elegir

una por medio de escrutinio secreto. Al hacer esta eleccion, se cuentan

los votos por Estados, computándose la representacion de cada Estado

por un voto. Para este objeto el quórum de la Cámara se formará de un

representante ó de los representantes de las dos terceras partes de los

Estados, y es necesaria una mayoría de todos para que haya eleccion. Si

antes del 4 de Marzo siguiente, dicha Cámara no hubiere hecho la

eleccion de Presidente, cuando le toque hacerla, entonces el Vice

presidente entrará á desempeñar las funciones del Presidente, lo mismo

que en caso de muerte, ó de cualquier otro impedimento constitucional

del mismo. (Reformas á la Constitucion, art. 12.)

[53] En 1841, á fin determinar el resultado de la eleccion de

Presidente, el Congreso aprobó un acuerdo, disponiendo que el

Senado nombrara una persona y dos la Cámara de representantes, para

que, en presencia de las dos Cámaras, formaran una lista de los

votos, haciendo saber el resultado al Presidente del Senado, quien

debia presidir y anunciar á las Cámaras el resultado de la votacion

y de las personas electas. En el caso de que nos ocupamos el Vice

Presidente abrió los pliegos que contenian las votaciones y las

entregó á las personas que debian hacer la computacion. Estos

escrutadores formaron listas por duplicado de los votos, hicieron

la computacion y la presentaron al Vice Presidente, quien hizo la

declaracion del resultado y disolvió la reunion de las dos

Cámaras.--(Véase nota 5 del Traductor al fin.)

_Nota 5, pág. 92._--En las elecciones para Presidente de los

Estados Unidos que tuvieron lugar á fines del año de 1876,

resultaron colegios electorales dobles y dobles elecciones por

lo mismo en los Estados de South Carolina, Florida y Louisiana,

unos favoreciendo al candidato republicano y los otros al

demócrata. Y como no pudieron llegar á un acuerdo las dos

Cámaras (en una de las que habia mayoría de republicanos y en la

otra mayoría de demócratas) convinieron en nombrar un Tribunal

Electoral ó Comision ad hoc compuesta de cinco senadores, cinco

representantes y cinco Magistrados de la Suprema Corte, para que

ésta, oyendo á los abogados de los dos partidos y en vista de

las pruebas que presentaran, declarara por mayoría de votos de

los miembros que la formaban, acerca de la legitimidad ó

constitucionalidad de las elecciones disputadas. Esta Comision

se instaló el 1º. de Febrero de 1877, y á los cuantos dias dió

su resolucion, declarando que habian sido legales las elecciones

verificadas en los colegios formados por el partido republicano,

y legítimos, por lo mismo, los votos emitidos en favor de Mr.

Hayes, candidato de ese partido para el cuatrienio que concluye

en Marzo de 1881, y esto le dió el triunfo sobre su competidor

Mr. Tilden, que lo era de los demócratas.

En cuanto al Vice Presidente, lo será la persona que obtuviere la

mayoría de los votos para ese cargo; y si ninguna la hubiere reunido, el

Senado elegirá de entre las dos personas que tengan mas votos. Para este

objeto el quórum del Senado se forma de las dos terceras partes del

número total de senadores y para que haya eleccion, se necesita la

mayoría de ese quórum. La persona que, segun la Constitucion, no es

elegible para Presidente de la República, tampoco lo es para Vice

Presidente (Reformas á la Constitucion, art. 12). La Constitucion no

determina cuándo ó dónde deba hacer la eleccion de Vice Presidente el

Senado, dado el caso de que no la hubieren hecho los electores; presumo

que ese cuerpo está en libertad para proceder á dicha eleccion en

cualquier tiempo antes del 4 de Marzo siguiente.

El Presidente y Vice Presidente son elegidos por el mismo término de

cuatro años (Art. 2, sec. 1) que segun la ley del Congreso de 1.º de

Marzo de 1792, comenzará á contarse siempre desde el dia 4 del mes de

Marzo inmediato al dia en que los electores hubieren sufragado.

Si el Presidente fuere removido, muriere, renunciare ó tuviere algun

impedimento para desempeñar su encargo, lo sustituirá el Vice Presidente

y funcionará todo el tiempo que faltare del término, exceptuándose los

casos en que el Presidente dejare antes de estar impedido. En los casos

de remocion, muerte, renuncia ó incapacidad de ambos, el Congreso está

facultado para designar por medio de una ley, qué funcionario deberá

desempeñar la presidencia, y la persona nombrada al efecto la

desempeñará hasta que se haya removido la incapacidad del Presidente, ó

se haya hecho nueva eleccion, la que tendrá lugar entonces el primer

miércoles del mes de Diciembre inmediato si alcanzare el tiempo, ó

hasta la misma fecha del año siguiente en caso contrario, (Art. 2, sec.

1, inc. 5 de la Constitucion, y decreto del Congreso de 1.º de Marzo de

1792). En cumplimiento de esta disposicion constitucional, la ley del

Congreso de 1.º de Marzo de 1792, sec. 9, previene que en caso de que

falten tanto el Presidente como el Vice Presidente, deberá desempeñar la

presidencia el Presidente _pro tempore_ del Senado, y no habiéndolo, el

que lo sea de la Cámara de Representantes. La misma ley en su seccion

11.ª, tiene como prueba de la no aceptacion ó renuncia del Presidente y

Vice Presidente, sus declaraciones escritas al efecto, que deben

presentarse al departamento de Estado. Si se diera el caso de que

debiera suplir la falta del Presidente de la República el de la Cámara

de Representantes, cuando ya hubiere expirado el Congreso durante cuyas

sesiones funcionó, y antes de que se reuniera el nuevo, seria

cuestionable quien debiera entrar á funcionar, y si el Presidente de la

Cámara de Representantes, cuyo período habia terminado, era la persona

llamada por la ley.

Parece que el modo de hacer la eleccion de Presidente fué bien calculado

para lograr una eleccion acertada, y evitar todos aquellos males que

describen los partidarios de la monarquía, y que son una consecuencia de

las elecciones populares, como lo demuestra perfectamente la experiencia

de otros pueblos y de tiempos ya pasados. Si su eleccion se hubiera

confiado directa é inmediatamente á todo el pueblo como una sola

comunidad política, habria razones para temer que produjera una lucha

demasiado violenta, como sin duda lo comprendió la convencion, y habria

sido un ensayo en una escala demasiado extensa para las virtudes, la

tranquilidad y la felicidad públicas. Si imitando el ejemplo que nos

presentan la mayor parte de los Estados del Sur en la eleccion de sus

ejecutivos, hubiéramos dejado al Congreso la eleccion del Presidente, lo

habriamos colocado en una dependencia muy directa de aquellos á quienes

debia su elevacion, para que pudiera obrar con la debida energía en el

desempeño de su encargo, dándole además la ocasion de intrigar y hacer

una coalicion peligrosa con el cuerpo legislativo, á fin de asegurar su

continuacion en el poder. Todas las elecciones que hacen los cuerpos

representativos, están especialmente expuestas á producir combinaciones

siniestras en sus fines. La Constitucion ha salvado estas dificultades,

confiando la eleccion del Presidente á un número reducido y selecto de

individuos en cada Estado, que son elegidos para este exclusivo objeto

pocos dias antes de la eleccion. A primera vista se ve que esta

disposicion es una de las mas sensatas que haya podido adoptar la

prevision humana para quitar toda ocasion á las intrigas, extranjera y

doméstica. Estos electores se reunen en colegios separados y distantes

entre sí y bajo la organizacion que se creyó la mas propia para alejar

todo incentivo al desórden, á las preocupaciones y á la corrupcion.

Atendidas todas las circunstancias peculiares de nuestra condicion

política, parece que no hay otro sistema tan puro de elegir al primer

magistrado de la nacion, aunque no puede decirse que sea perfecto,

porque todavía no está bastante experimentado. La eleccion de 1801 puso

en peligro la tranquilidad de la Union, y la dificultad que entonces

ocurrió para obtener una eleccion constitucional, produjo una reforma á

la Constitucion precisamente sobre este punto:[54] todavía queda por

decidir á la luz de la experiencia, si esa reforma mejoró ó empeoró

nuestra situacion sobre el particular. La Constitucion dice que cada

Estado nombrará los electores de la manera que determinen sus

legislaturas; en algunos, la misma legislatura elige á los electores por

ley. Pero es presumible que seria menos fácil que los partidos políticos

se coludieran y combinaran planes basados en el egoismo y la ambicion,

si se confiara su eleccion á todo el pueblo, y parece que así se

practica generalmente y es conforme con la opinion pública.

[54] Véase nota 6 del Traductor al fin.

Nota del transcriptor: Esta nota no se encuentra en el texto

original

Comentarios a la Constitucion de los Estados Unidos de América · 第 40 / 115 题