La República de Haití no modificará, sin previo acuerdo con el
Presidente de los Estados Unidos, los derechos arancelarios al
efecto de reducir las rentas provenientes de ellos; y a fin de que
las rentas de la República sean suficientes para el pago de la
deuda pública y los gastos del Gobierno, y para preservar la
tranquilidad pública y promover la prosperidad material, la
República de Haití cooperará con el Consultor Fiscal en las
recomendaciones para la adopción de métodos de recaudación y
erogación de las rentas, y las nuevas fuentes de ingresos que
fueren necesarias.