LIBRO SEGUNDO.

Cuán desviados andan de lo cierto los que ven neciamente en la fuerza el

único medio de traer á la verdad de la fe á todas aquellas gentes que ó

no la conocen, ó que para mal suyo la desprecian! Ejemplos pueden tomar

caminando por el vário discurso de esta historia, primero en el amargo

fruto que cogieron los monarcas godos de las cruelisimas persecuciones

hechas á los judíos para hacer que entrase en los entendimientos de

estos la religion de Cristo, i luego en los muchos hebreos que

abandonaron la lei de Moisés cuando ninguna persecucion recibian de mano

de los reyes de España, cuando podian comerciar libremente, cuando en

las quietudes de sus casas vivian sin temor de bárbaras opresiones, i

cuando con perfecta tranquilidad en los ánimos podian frecuentar

descansadamente el estudio de las letras.

Los árabes conquistadores de España, obligados á lo mucho que fueron

favorecidos por los judíos en la empresa de reducir á estas tierras,

luego que las redujeron á su obediencia, i que comenzaron á coger los

frutos de la paz, teniendo por sola contradiccion las pequeñas

reliquias de los godos encerradas en un rincon de la Península, dejaron

á los hebreos con entera libertad para vivir segun la lei de Moisés: los

cuales echaron los cimientos de muchas sinagogas en las mas i mejores

ciudades.

Las bárbaras persecuciones levantadas en el Oriente contra los judíos

por el califa Cader de la dinastía de los Fatimitas, obligaron á muchos

á buscar en España el fin de sus desventuras. I como los hebreos que

vivian en Oriente eran sapientisimos, de aquí nació que la mayor parte

de los recien venidos á estas tierras comenzaron á ilustrarlas con sus

escritos i á fundar academias en donde trasmitir á las gentes sus no

vulgares conocimientos en todo linaje de ciencias i artes. La primera de

estas academias i sin duda la mas famosa tuvo principio en el año del

mundo 4708 (948 del nacimiento de Cristo) en la ciudad de Córdoba,

siendo los fundadores i los maestros que comenzaron á dirigirla Rabi

Moseh i su hijo Rabi Hanoc, los mas insignes sabios que salieron de

Pombeditá i Mehasia en Persia. A la fama de su sabiduría comenzaron los

judíos españoles á enviar á sus hijos á Córdoba para que fuesen en su

academia doctrinados: de donde se siguió haber luego en la Península

gran número de hebreos doctos en todo género de ciencias.

Rabi Izchaq Bar Baruq, cordobés i heredero de Moseh en la presidencia de

la academia de su patria, escribió una obra intitulada _Gaveta de

mercaderes_. El barcelonés Jehudah Ben Levi Barzili, insigne

jurisperito, compuso un _Ordenamiento de los contratos_ i otros libros.

Selomoh Ben Gabirol, nacido en Málaga i vecino de Zaragoza, escribió

varias obras poéticas i de filosofía moral. Tambien fueron mui

celebrados en aquellos tiempos Abraham Ben Mija Hanasi, gran astrónomo:

Rabi Izchaq, insigne médico i autor de un curioso libro sobre las

fiebres i Moseh Aben Hezra Ben Izchaq, poeta i músico escelentisimo. I

en tanto que los árabes dejaban en entera libertad de observar la lei de

Moisés á todos los muchos judíos que vivian en sus estados, los reyes de

Castilla en aquellos tiempos, se veian obligados de la necesidad á dejar

á estas gentes que morasen con quietud en sus tierras i señoríos; cosa

que llevaban mui pesadamente, no escarmentados aun de los frutos que

cogieron de sus cruelisimas persecuciones los monarcas godos. I así en

las Córtes i Concilio de Coyanza (hoi Valencia de don Juan), juntas por

órden del rei Fernando I.º de Castilla i Leon, se ordenó el año de 1050

por los obispos i magnates que ningun cristiano viviese en una misma

casa juntamente con judíos, ni comiese con ellos, conminando á los que

fueren contra tal disposicion con la pena de hacer penitencia pública

durante siete dias, i si reincidiesen en faltar á lo mandado, la pena

seria estar excomulgados en el espacio de un año, si eran nobles; i si

plebeyos, sufrir el castigo de cien azotes. Por donde se ve que el odio

en los reyes, obispos i magnates aun no se habia apagado, i que el

tolerar á los hebreos viviendo en su caduca lei, nacia del justo recelo

de que pasasen con sus haberes i riquezas á las vecinas tierras de

infieles, disminuyendo en las de cristianos la poblacion i las rentas

con grave daño de todos.

Pero no faltaron en este tiempo algunos insignes judíos que por

convencimiento recibiesen el agua del bautismo. Uno de ellos fué Rabi

Moseh, nacido en la ciudad de Huesca en 1062, el cual á los 44 años de

su edad fué bautizado en la iglesia de su patria, recibiendo los nombres

de Pedro i de Alfonso. De Pedro por haberse hecho la ceremonia en el dia

que celebra la iglesia el martirio del Apóstol San Pedro, i de Alfonso á

causa de haber tenido por padrino al rei don Alfonso VI en Leon i I.º

en Castilla.

Siguieron varios judíos de la academia cordobesa ilustrando á España con

sus obras en toda suerte de ciencias, tales como Abraham Aben Hezra,

filósofo, astrónomo, médico, poeta, gramático, cabalista, entre los de

su lei el mas sabio en la interpretacion de los libros sagrados é

inventor en fin del modo de dividir la esfera celeste por medio del

ecuador en dos partes iguales: Jehudah Levi Ben Saul, insigne poeta

cordobés i otros muchos cuyos nombres i cuyas obras están escritos en el

tomo I.º de la _Biblioteca española_[33] que ordenó don José Rodriguez

de Castro, i al cual remitimos á los lectores curiosos de saber mas

noticias literarias de los rabinos españoles en aquellos tiempos.

Por respeto al saber de los hebreos españoles, don Alfonso VIII, llamado

el Bueno, les concedió en el fuero de Cuenca derechos de ciudadanía,

conformes al uso, en aquella edad, é igualándolos en todo á los

cristianos. I de la protección dada á los judíos por este monarca nació

la fábula indecente de los amores que le atribuyen con una hermosa

hebrea, llamada Raquel, los cuales fueron el escándalo de España. Pero

estas son novelerias inventadas por el vulgo, no obstante que el sabio

rei don Alfonso X las estampase en la crónica general de España entre

otras consejas de la plebe que afean obra de estilo tan levantado i de

tanto mérito.

San Fernando siguió el ejemplo de su antecesor en el trono de Castilla,

i de modo alguno oprimió á los hebreos; i así cuando se apoderó de las

ciudades principales de Andalucía, concedió permiso á los rabinos que

tenian la academia en Córdoba para trasferirla á Toledo, por ser esta

ciudad el corazon de España, i porque desde ella se podia derramar con

mas facilidad por todos estos reinos el saber de los hombres mas doctos

que ilustraban aquellas escuelas.

Cuando el Santo Rei rindió la ciudad de Sevilla, los judíos que en ella

tenian sinagogas, salieron á recibirlo, i como muestra de sumision i

respeto pusieron en sus manos una llave de plata á trechos blanca i á

trechos dorada, en la cual escritas en lengua hebrea, se leen estas

palabras:

EL REI DE LOS REYES ABRIRÁ:

EL REI DE TODA LA TIERRA ENTRARÁ[34].

San Fernando dejó á los rabinos en posesion de la grande judería que

tenian en la ciudad de Sevilla con tal que le pagasen los mismos

tributos que ellos solian dar á los reyes moros. Cobradores del tributo

fueron nombrados el arzobispo, dean i cabildo para sustentar con lo que

rindiese, el ornato i culto en la santa iglesia; pero es cosa indudable

que los judíos llevaban mui pesadamente esta carga, puesto que por

alargar los plazos de su pago, dieron ocasion á que alborotada la

clerecía acudiese en queja al rei Alfonso XI en el año de 1327.

Disculpáronse los judíos con decir que el cabildo con sobra de codicia

pretendia mas dinero del que ellos debian entregar por el tributo. Al

fin este rei cometió la averiguacion de semejante asunto á su notario

mayor en los reinos de Castilla Fernand Martinez de Valladolid, i como

este en el mismo año pronunciase sentencia favorable á las pretensiones

del arzobispo, dean i cabildo de la santa iglesia de Sevilla, no

tuvieron los judíos mas arbitrio para salvarse de las penas con que

eran conminados, que satisfacer, desde el instante de llegar con la vida

á la edad de 16 años, tres maravedís anuales por su persona (i

adviértase que cada uno de estos maravedís equivalia á 10 dineros), que

en junto sumaban 30 dineros á que eran obligados desde el punto en que

San Fernando sacó del poder de moros la ciudad de Sevilla.

Su hijo don Alfonso X, á quien justamente da la fama el nombre de

_Sabio_, se sirvió para componer sus _Tablas_, de la ciencia de los mas

doctos judíos i árabes. En el prólogo de un antiquisimo códice de las

_Tablas Alfonsinas_ se leen estas curiosisimas palabras:--«Mandó el Rei

se juntasen Aben Rajel i Alquibicio, sus maestros de Toledo: Aben Musio

i Mahomat de Sevilla, i _Josef Aben Ali_ i _Jacobo Abvena_ de Córdoba i

otros mas de cincuenta que trajo de Gascuña i de París, con grandes

salarios, i mandóles traducir el Quadripartito de Ptolomeo, i juntar

libros de Mentesam i Algazel. Dióse este cuidado á _Samuel_ i _Jehudá_

el conheso alfaquí de Toledo, que se juntasen en el alcázar de Galiana,

i disputasen sobre el movimiento del firmamento i estrellas. Presidian,

cuando alli no estaba el Rei, Aben Rajel i Alquibicio. Tuvieron muchas

disputas desde el año de 1258 hasta el de 1262, i al cabo hicieron unas

tablas tan famosas como todos saben; i despues de haber hecho esta

grande obra i de haberles hecho muchas mercedes, los envió contentos á

sus tierras, dándoles franquezas, i que fuesen libres ellos i sus

descendientes de pechos, derechos i pedidos, de que hai cartas fechas en

Toledo á doce dias andados del mes de Mayo, era 1300[35].»

El rei don Alfonso X, agradecido sin duda á lo mucho que en servicio de

las letras de su reino habian trabajado con él los mas sabios rabinos,

confirmó á los judíos en sus antiguos derechos i prerogativas,

imponiendo gravisimas penas á todos cuantos fueren contra ellos i ellas.

Pero como tambien los hebreos andasen en su tiempo con sobra de libertad

i cometiesen varios delitos, les vedó en una de sus leyes de Partidas,

só pena de muerte i pérdida de sus haciendas, que no predicasen ni

convirtiesen á ningun cristiano[36]. Tambien ordenó que todos llevasen

una señal de paño encarnado en el hombro izquierdo para ser conocidos

por judíos, segun habia mandado Gregorio XI al obispo de Córdoba i segun

disposicion del Concilio Lateranense, conminando á los que no acatasen

esta lei con la pena de 10 maravedís de oro, i á falta de ellos con 10

azotes recibidos públicamente[37]: i además habló este rei _de sus

muchos yerros é cosas desaguisadas... entre los cristianos é las judías

é los judíos é las cristianas porque viven i moran de consuno en las

viellas_: dispuso que los cristianos no recibiesen medicina de manos de

los hebreos[38], ni que comiesen con ellos, ni que bebiesen del vino

que estos hacian, ni que entrasen juntos en un baño[39]. Al propio

tiempo por la lei 2.ª del título 24, en la partida 7.ª ordenó lo

siguiente:--«_E por que oimos decir_ que en algunos lugares los judíos

ficieron é facen el dia del Viernes Santo remembranza de la pasion de

nuestro Señor Jesucristo en manera de escarnio, furtando los niños et

poniéndolos en cruz é faciendo imágenes de cera, et crucificándolas,

cuando los niños non pueden haber, mandamos que, si fama fuere d'aquí

adelante que en algund lugar de nuestro señorío tal cosa sea fecha, _si

se pudiere averiguar_, que todos aquellos que se acertaron en aquel

fecho, _que sean presos et recabdados, et aduchos ante el rey, et

despues quel supiere la verdad_, débelos mandar matar abiltadamente

cuantos quier que sean. Otrosí defendemos que el dia del Viernes Santo

ningund judío non sea osado de salir de su barrio; mas que estén y

encerrados, fasta el sábado en la mañana; et si contra esto ficieren,

decimos que del daño ó de la deshonra que de los cristianos rescibieren

estonces non deben haber enmienda alguna.»

La disposicion hecha por don Alfonso X para dar el justo castigo á los

judíos que crucificaban á los niños en memoria de la pasion i muerte de

Jesucristo, está fundada en las patrañas que entonces corrian en las

lenguas de la supersticiosa i novelera plebe. Ni el mismo monarca que

mandó escribir esta lei estaba cierto en que los que observaban el rito

mosáico cometian tales desmanes; i esto se puede probar fácilmente con

solo ver aquellas palabras _é porque oimos decir_, i con la esclusion

de los magistrados para entender en las causas formadas á los autores de

este delito, puesto que los reos debian ser derechamente llevados á la

presencia del rei, para que este _despues que supiere la verdad_, los

condenase á morir vilmente. Si don Alfonso el Sabio estuviera cierto en

que tales acciones eran ejecutadas, hubiera hablado de ellas como de los

demás delitos, sin declarar en su lei que por haberlo oido decir mandaba

lo que mandaba, i sin cometer á ninguno la averiguacion del caso,

reservándola nada menos que á él i á los sucesores en la corona de los

reinos de Leon i de Castilla.

Estas crucificaciones hechas por los judíos en las personas de niños

inocentes, fueron tan solo fábulas inventadas por las viejezuelas

ignorantes con propósito de amedrentar á los chiquillos de condicion

desapacible i amigos de echarlo todo á ruido i vocería, i que anduviesen

en ciertas ocasiones metidos en pretina. Como el vulgo se paga de todo

lo peregrino i estravagante, dió en la tema de esparcir como acciones

que comunmente ejecutaban los judíos un tan bárbaro divertimiento; i de

aquí nació sin duda que á los oidos del rei don Alfonso el Sabio llegó

la fama de estas novelerías, i por no dejar sin la merecida pena á los

culpables, si acaso existian, habló de los autores de tales delitos en

la manera i forma que van sucintamente referidas.

Porque digan, si nó, los que aun pugnen por defender, como verdades, las

voces que sobre tales acciones de los judíos andaban de boca en boca por

el ciego é ignorante vulgo ¿cuál era el objeto de estos al ejecutar tan

bárbaras acciones? ¿Estaba escrito en los libros de su lei, que todos

los que observasen el rito mosáico eran obligados á conmemorar en los

Viernes Santos i de un modo tan bestial, la muerte que sus ascendientes

dieron á Jesucristo?

Esto es una patraña que hizo correr por las gentes la ociosidad, i el

odio i el desprecio de los cristianos españoles contra todos los

hebreos: i es igual en todo á aquella que aun corre por el vulgo,

pregonando que los judíos tienen rabo, porque como los sabios en su lei

eran llamados _rabís_, í de esta causa naciese darles el nombre de

rabinos, sin duda la plebe por ridiculizarlos, ó porque verdaderamente

creyese un tan grande absurdo, comenzó á derramar estas voces, que en sí

no tienen mas verdad que lo que va aquí declarado con respecto á los que

se daban á crucificar niños por conmemorar la pasion de Jesucristo.

I no imaginen los de la opinion contraria que echan por el suelo mis

argumentos con decir que está escrito en las leyes; porque sabido es que

los legisladores son hombres, i por tanto sujetos en todo á las miserias

humanas, i á dejarse llevar en sus determinaciones por los engaños de

falsos consejos, ó por error de sus entendimientos. Yo admiro en don

Alfonso el Sabio el varon mas eminente de su siglo i el monarca que mas

ha trabajado en favor de la cultura de sus vasallos en todo linaje de

artes i ciencias; pero no pudo con tan gran sabiduría ver muchas cosas

sin ojos apasionados i sin ser arrastrado en muchas de sus acciones por

la ignorancia vulgar en aquellos tiempos i aun en algunos de los siglos

que despues de ellos han corrido. En las mismas leyes en que señala el

castigo de los judíos de quienes se averiguase que crucificaban niños,

habla de las penas con que deberian ser oprimidos todos los que tuvieren

pacto con el diablo i fueren brujos i brujas[1].

Además de las citadas leyes hechas por don Alfonso contra los judíos i

puestas entre las encerradas en las Siete Partidas, ordenó en las del

Fuero Real que los hijos de cristianos no fuesen lactados por mujeres

judías, ni los hijos de judíos por mujeres cristianas.

Los reyes sus sucesores don Sancho el Bravo, don Fernando IV i don

Alfonso XI renovaron las citadas disposiciones contra los judíos: el

primero en las Córtes celebradas en Valladolid el año de 1293: el

segundo en las de Valladolid año de 1295 i en las de Medina del Campo

año de 1303: i el tercero en 1310 en la coleccion de leyes del estilo i

luego en el Ordenamiento de Alcalá.

En 1313 en el Concilio de Zamora, en 1322 en el de Valladolid, i en el

otro de Salamanca año de 1335 se dieron varias disposiciones contra los

judíos, i aunque don Pedro el I.º de Castilla mandó guardar, observar i

cumplir el citado Ordenamiento hecho por su padre don Alfonso en Alcalá,

les conservó contra las peticiones del reino juntó en Córtes en

Valladolid un juez ordinario para que los _oya é libre sus pleitos en lo

que taniere en lo cevil_, fundando tal disposicion en que eran

_astragados é pobres, é gente flaca é han menester defendimiento_.

Este favor i amparo que dió don Pedro á los judíos fué mui agradecido

por ellos, puesto que en todas las empresas que movió este

malaventurado monarca contra sus hermanos que andaban en rebelion

turbando el reino con guerras civiles, le ayudaron con dineros i aun en

algunas ocasiones con las armas. En 1355 varios caballeros de la

parcialidad de don Fadrique, maestre de Santiago, i de don Enrique,

conde de Trastamara, llevando á su cabeza á estos señores, se acercaron

á los muros de Toledo, ciudad que estaba declarada por el rei; i como un

amigo que tenian dentro les abriese con todo recato, i sin ser advertido

por los de dentro, una puerta, metióse aquella canalla en las calles de

Toledo, hicieron presa del Alcázar i de la Judería, que llamaban el

Alcana, donde dieron muerte á todos los judíos que en ella moraban (que

eran unos mil i doscientos entre hombres i mujeres) con propósito sin

duda de robarles las haciendas. De allí pasaron á la Judería mayor; pero

no con igual suceso, porque apercibidos los de dentro se pusieron en

defensa con grande bizarría; i luego con el favor de muchos caballeros

que tenian la voz del rei, hicieron retirar á los que llevaban la del

maestre.

En premio de esta accion concedió don Pedro á los judíos de Toledo

permiso para reedificar su sinagoga, en la cual pusieron una prolija

inscripcion en lengua hebrea, que por ser curiosa i convenir con lo que

llevo dicho, va trasladada aquí segun se lee traducida en una de las

obras de Frey Francisco de Rades i Andrada[40].

«_Ved el santuario que fué santificado en Israel i la casa que fabricó

Samuel, i la torre de palo para leer la lei escrita i las leyes

ordenadas por Dios i compuestas para alumbrar los entendimientos de los

que buscan la perfeccion._

_Esta es la fortaleza de las letras perfectas: i los dichos i obras que

hicieron cerca de Dios para congregar los pueblos que vienen ante las

puertas á oir la lei de Dios en esta casa._

Las misericordias que Dios quiso hacer con nosotros, levantando entre

nos jueces i príncipes para librarnos de nuestros enemigos i

angustiadores, no habiendo rei en Israel que nos pudiese librar, despues

del último cautiverio de Dios, que tercera vez fué levantado por Dios en

Israel, derramámonos unos á esta tierra i otros á diversas partes, donde

están ellos deseando su tierra i nosotros la nuestra. I nosotros los de

esta tierra fabricamos esta casa con brazo fuerte i poder alto. Aquel

dia que fué fabricada, fué grande i agradable para los judíos: los

cuales por la fama de esto vinieron de los fines de la tierra para ver

si habia algun remedio para levantarse algun señor sobre nosotros, que

fuese para nosotros como torre de fortaleza con perfeccion de

entendimiento, para gobernar nuestra república. No se halló tal cosa

entre los que estábamos en esta parte; mas levantóse entre nosotros en

nuestra ayuda Samuel, i fué Dios con él i con nosotros, i halló gracia i

misericordia para nosotros. Era hombre de pelea i de paz, poderoso en

todos los pueblos i gran fabricador. Aconteció esto en los tiempos del

rei don Pedro. Sea Dios en su ayuda, engrandezca su estado, prospérele

i ensálzele i ponga su silla sobre todos los príncipes. Dios sea con él

i con toda su casa, i todo hombre se humille á él, i los grandes i

fuertes que hubiere en la tierra le conozcan, i todos aquellos que

oyeren su nombre se gocen de oirle en todos los reinos i sea manifiesto

que él es hecho el amparo i defendedor de Israel.

Con su amparo i licencia determinamos fabricar este templo. Paz sea con

él y con toda su generacion, i alivio en todo su trabajo. Ahora nos

libró Dios del poder de nuestro cautiverio: no llegó á nosotros otro tal

refugio. Hicimos esta fábrica con el consejo de nuestros sabios. Fué la

gran misericordia de Dios con nosotros. Alumbrónos i encaminónos don

Rabí Myir: su memoria sea en bendicion. Fué nacido este para que fuese á

nuestro pueblo como tesoro, porque antes de esto los nuestros tenian

cada dia la pelea á la puerta. Dió este hombre santo tal soltura i

alivio á los pobres que no fué hecha igual en los dias primeros ni en

los años antiguos. No fué este profeta sino de la mano de Dios: hombre

justo i que anduvo en perfeccion. Era uno de los temerosos de Dios i de

los que cuidaban en su santo nombre. Sobre todo esto añadió que quiso

fabricar esta casa de oracion para nombre i fama del Dios de Israel.

Esta es la casa de fiesta para los que desean saber nuestra lei i buscar

á Dios. Comenzó á fabricar esta casa i su morada, i acabóla en mui buen

año para Israel. Dios acrecentó mil i ciento de los suyos, despues que

para él fué fabricada esta casa: los cuales fueron hombres grandes i

poderosos para que con mano fuerte i poder alto se sustentase esta casa.

No se hallaba gente en los cantones del mundo que fuese antes de esto

menos prevalecida. Mas ¡ah Señor Dios nuestro! siendo tu nombre fuerte i

poderoso quisiste que acabásemos esta casa para bien en dias buenos i

años hermosos, para que prevaleciese tu nombre en ella, i la fama de los

fabricadores fuese sonada en todo el mundo, i se dijese:--ESTA ES LA

CASA DE ORACION QUE FABRICARON TUS SIERVOS PARA INVOCAR EN ELLA EL

NOMBRE DE DIOS SU REDENTOR.»

Por esta inscripcion se viene en conocimiento de que el rei don Pedro

por consejos de su grande amigo Samuel Levi consintió en que los judíos

levantasen nueva sinagoga en Toledo: cosa que no hubieran podido hacer

sin consentimiento del rei de Castilla, puesto que les estaba vedado

fabricar tales edificios, i solo permitido reparar los antiguos, para

que se fuesen sustentando, sin llegar el caso de caer por tierra. La

prueba i grande de lo mucho que el rei don Pedro favoreció á los judios

se encuentra en aquellas palabras de la citada inscripcion que dicen

asi:--_Sea Dios en su ayuda, engrandezca tu estado: prospérele i

ensálzele, i ponga su silla sobre todos los príncipes. Dios sea con él;

i los grandes i fuertes que hubiere en la tierra le conozcan, i todos

aquellos que oyeren su nombre se gocen de oirle en todos los reinos, i

sea manifiesto que él es hecho el amparo i defendedor de Israel._

En tiempos del rei don Pedro floreció en España el sabio judío Rabí don

Santo, llamado de Carrion por ser nacido en Carrion de los Condes, villa

de Castilla la Vieja. Fué gran trovador i filósofo moral. Hai quien dice

que abjuró el judaismo i que fué luego buen cristiano; pero otros ponen

duda en esto, citando la primera estrofa de su libro, intitulado

_Consejos i documentos del judio Rabbí don Santo al rei don Pedro_: los

cuales compuso en su vejez:

«Señor noble, rrei alto,

oyd este sermón

que vos dise don santo

judío de carrion.»

Parece que este ingenio no fué mui favorecido del rei don Pedro, como se

prueba de los siguientes versos, puestos en su citada obra:

«Por nascer en espino

la rosa, ya non siento

que pierde, ni el buen vino

por salir del sarmiento.

Nin vale el azor menos,

porque en vil nido siga,

nin los ejemplos buenos,

porque judío los diga.

. . .

Cá non só para menos

que otros de mi ley

que ovieron muchos buenos

donadíos del rey.»

Pero es cosa averiguada que Rabí don Santo fué convertido á la fe de

Cristo; puesto que escribió en verso una _Doctrina cristiana_, en cuyo

principio se leen estos versos:

«A la virgen escelente

servirás devotamente

con glorïoso presente.

Esta es madre de Dios

que ruega siempre por nos.»

También compuso Rabí don Santo un poema intitulado _La danza general de

la muerte, en que entran todos los estados de gentes_: el cual con las

demás obras citadas existe MS. en la biblioteca escurialense.

El rei don Enrique II en las Córtes de Toro año de 1371 dispuso que

además de llevar los judíos una señal para ser conocidos[41], se

abstuviesen todos los observantes de la lei de Moisés de usar los

nombres que solían tener los cristianos. Tambien declaró que sus

testimonios en las causas que se formaren contra estos, no fueren de

ningun valor i efecto.

Don Juan I.º tambien puso la mano en dar providencias para cortar el

vuelo á la demasiada libertad que en sus tierras tenian los judíos; i á

mas de confirmar las determinaciones de sus antecesores contra ellos en

las Córtes de Soria i de Briviesca, ordenó en las de Valladolid,

celebradas en 1388, que en los libros del Talmud se borrasen ciertas

imprecaciones, conjuros, blasfemias i maldiciones contra los cristianos

i contra la fe de Cristo i que fuesen castigados con todo rigor cuantos

las profirieran.

Andaba en este tiempo por la corte del rei un judío á quien unos llaman

_don Juzaf Pichon_, i otros _don Jucaf Picho_: el cual era tenido por

hombre honrado á toda lei, i cuyos muchos i buenos servicios lo llevaron

al cargo de almojarife i contador mayor de don Enrique II. Es fama que

algunos envidiosos tenian con él enemiga, sin duda por verlo en tal

estado i tan valido de aquel monarca; i así los que le querian mal, que

eran muchos de los judíos mayores de las aljamas, determinaron para que

feneciese la privanza de don Juzaf acusarlo de no sé qué delitos ante el

rei de Castilla: los cuales, aunque fingidos, fueron bien probados; i

así se vió don Enrique en el caso de administrar justicia, posponiendo

el amor que la lealtad de este honrado judío probada en el largo curso

de muchos años, habia encendido en su corazón. Por eso luchando entre el

agradecimiento i la justicia que de él se esperala i se temia, ordenó

que fuese preso don Juzaf; i visto que los delitos, de que era este

judío acusado, llamaban un rigoroso castigo, impúsole la pena de

satisfacer á su corona la cantidad de cuarenta mil doblas, las cuales

fueron pagadas en el término de veinte dias.

Luego que cobró don Juzaf la libertad empezó á quejarse de todos

aquellos que con torcida intención i fuera de justicia lo habían llevado

ante el rei, acumulándole varios delitos i destruyendo el valimiento que

por sus muchos i escelentes servicios habia logrado cerca de la persona

de don Enrique. «¿Hasta cuando, decia, andará la verdad desterrada de

las córtes i palacios de los reyes? ¿Hasta cuando no irá en compañía de

la virtud encaminando los pasos de los mortales, i rigiéndolos

constantemente en las grandes i aun en las mas pequeñas de sus acciones?

¿Hasta cuando la honra ha de estar sujeta á las emponzoñadas lenguas de

los malos: áspides ocultos con las apariencias de hombres: hambrientos i

astutos zorro: tigres siempre dispuestos á devorar las reputaciones de

los buenos? ¿I hasta cuando, en fin, las gentes darán oidos á sus

palabras mas falsas que el lloro del cocodrilo, ó que el canto de las

sirenas? Pero, ¡ai desdichado de mí, en mala hora nacido! ¿Cómo han de

dar honra los que están deshonrados, i cómo las gentes sabrán distinguir

la verdad de la mentira, si ellos no pueden dar lo que no tienen, i

ellas ponen francas las puertas de sus entendimientos para creer todo lo

malo i engañoso, i las cierran cuando ven asomarse las luces de la

verdad. ¡Oh, cuán ciega i flaca es la razon humana, tan fácil para el

engaño i la vileza, tan difícil para la justicia! En donde vuelvo los

ojos, no encuentro mas que enemigos, i hasta la sombra que hace mi

cuerpo me amedrenta. Si tanto padezco inocente, ¿qué seria de mí si

hubiera entrado en mi corazón la culpa? Quizá las gentes me estimarian

en mas, i la envidia ó no me persiguiera ó me persiguiera menos. Pero no

quiero desear á los malos su ventura; pues aunque siendo perverso, las

gentes no me envidiáran i persiguieran, entonces yo dentro de mí

hablaria mal de mis acciones, i yo mismo seria mi mayor contrario,

teniendo el pesar de que este nuevo censurador de mis torcidos pasos

caminaba ajustado á la verdad, cuando en los que me son adversos no

encuentro hoi mas que el engaño, i los rencores de la envidia. I así

entre dos desdichas, mas me conviene tener por contrarios á otros que

tenerme por enemigo.»

Pero el odio de los judíos contra don Juzaf Pichon no se mitigó con el

castigo que le dió el rei Enrique II; i así luego que pasó á mejor vida

este monarca, fueron á su hijo i sucesor en la corona don Juan I.º de

Castilla que estaba en Burgos con el reino junto en Córtes, i le

pidieron un _albalá_ para el alguacil Fernan Martin con órden de que

diese muerte á aquel que le fuese señalado como _malsin_. I esto decian

al rei, trayendo argumentos con que mostrarle ser costumbre mui recibida

de los judíos matar á algunos hombres de poco valor i de mui mala

condicion que solia haber entre ellos: los cuales eran _malsines_, i

turbaban con sus lenguas la paz de las juderías, levantando rencores i

enemigas entre unos i otros, i dando ocasión á muchos desastres é

inquietudes. Don Juan I.º oyó la demanda de boca de los judíos; i como

estaba ocupado en enterarse de los negocios del estado, i en lo que se

trabajaba en las Cortes, i era al fin rei nuevo, no paró su

consideracion en lo que de él se solicitaba, i así sin saber lo que

hacia, dió el _albalá_ para que su alguacil dispusiese la muerte de los

acusados de _malsines_.

Luego que los que ganaron tal privilegio se vieron con la cartas del

rei, solicitaron otra de los judíos que regian i gobernaban las aljamas

del reino, en que se ordenase al alguacil Fernan Martin la muerte de don

Juzaf Pichon[42]. Ejecutada esta el dia 21 de Agosto de 1379, llegó á

oidos del rei juntamente con las quejas de los caballeros del reino que

estaban sumamente maravillados i ofendidos con un hecho tan injusto;

pues que á todos eran notorias las virtudes i honra de don Juzaf Pichon,

judío estimadisimo de los mismos cristianos por los muchos i buenos

servicios que habia ejecutado en vida de don Enrique II.

El rei don Juan I.º alborotóse con la vileza de los judíos cómplices en

tal infamia; i asi dispuso que don Zulema i don Zag, que dieron órden de

matar á don Juzaf Pichon, fuesen muertos públicamente, i al alguacil

quiso castigar con igual pena; pero los caballeros del reino

intercedieron por él, representando que fué dirigido en su acción por el

_albalá_ que dió el mismo rei, i por los engaños de los judios; i que en

obedecer lo mandado no habia culpa de ningún linaje. Alguna fuerza

hicieron en el ánimo de don Juan estas razones, i por ellas mandó

suspender la ejecucion del castigo de Fernan Martin, reduciéndolo nada

mas que á la pérdida de una mano, cortada públicamente por la del

verdugo. También recibieron la muerte los judíos que solicitaron del rei

el _albalá_, encubriendo el nombre de la persona contra quien se iba á

dirigir i un merino de la judería de Burgos sufrió igual castigo por

cómplice en el trágico suceso de don Juzaf.

No se mitigó la cólera en el rei contra aquellos que tan villanamente lo

habian engañado; i así dispuso que jamás pudiesen hacer justicia de

sangre en ninguno de los de su lei; privilegio de que hasta entonces

habian gozado las aljamas de los reinos de Leon i de Castilla.

I dejando en este punto las tragedias i malas venturas de los judíos,

nacidas de la alevosa muerte que ellos dieron á don Juzaf Pichon, hombre

mui estimado del rei, de la flor de la nobleza española i aun de la

plebe, no me parece fuera de razon dar algunas muestras del ingenio i

arte en componer versos de varios hebreos que vivian por los reinos de

Castilla en tiempos de don Enrique II, don Juan I.º, don Enrique III, i

don Juan II. Tales cantares i decires (que van trasladados en pos de

estos borrones), se leen en el _Cancionero que fizo é ordenó é compuso

el judino Juan Alfon de Baena, escribano[43] del muy alto é muy noble

rey de Castilla don Juan nuestro señor_. Este libro fué formado para

divertimiento del rei, de la reina doña Maria, del principe don Enrique

i de las damas i señores i caballeros de la córte, i pára MS. en la

biblioteca del Escorial. Aunque de todos los ingenios de que hai

composiciones en este cancionero, el mas moderno es Juan de Baena,

merece por ordenador de la obra el lugar primero en las muestras que voi

á dar del arte que tenian los poetas judíos moradores de estas tierras

en aquella edad: de los cuales unos aun guardaban la lei de Moisés, i

otros ya la habian abjurado. De los demás ingenios cuyas obras se leen

en el libro de Juan Alfonso de Baena, judío converso, nada diré porque

eran cristianos todos, i venian tambien de padres cristianos. I asi solo

daré noticia de los ingenios judios, á pesar de que no es grande el

mérito de sus obras, dejando á parte el tiempo en que fueron escritas,

olvidando que la lengua castellana aun no habia llegado á ser perfecta,

i que los escritores pugnaban por desterrar de ella la rusticidad de los

vocablos, i por levantar i atildar el estilo.

=A la muerte del rei don Enrique III

en Toledo.=--_Decir de Juan Alfonso de Baena._

El sol innocente con mucho quebranto

Dejaba á la luna con sus dos estrellas:

A muchos señores é dueñas, é doncellas,

Por ser fallescido, los puso en espanto;

Por ende, señores faciendo grant llanto

En altos clamores le demos querellas

A Dios é la Vírgen: lanzando centellas,

Con grandes gemidos fagamos su planto.

La reina mui alta, plañiendo sus ojos,

De lágrimas cubra su noble regazo:

Las otras doncellas se fagan retazo

Los rostros é manos; é tomen enojos,

Las sus vias sean por sendas de abrojos

Vestidas con luto de roto pedazo:

Las dueñas ancianas la tomen de brazo,

E lloren con ella de preces é innojos.

Con bos perentoria el gentil infante,

Alce su grito en son razonable:

Con bos acesoria el grant condestable

Con lloro perfeto se muestre pensante:

En pos de los dichos el noble almirante

Luego responda con bos espantable;

E Diego Lopez con bos onorable

E Juan de Velasco diciendo adelante.

Los nobles maestres en l'Andalusia

Fagan su llanto mui fuerte sobejo,

E digan: amigos, saved que el espejo

De toda Castilla que bien relucia,

E tantas mercedes á todos facia,

Vos es fallescido é tomen consejo,

Juntando comunes de cada concejo;

E llore con ellos la grand cleresía.

Los otros señores asaz de Castilla,

Llorando mui fuerte se llamen cuitados,

Vasallos, hidalgos, obispos, letrados,

Doctores, alcaldes con pura mancilla:

Aquestos con otros, llamándome sylla

E guayen donseles sus lindos criados;

Pues quedan amargos de lloros bastados,

Con mucha tristura irá esta quadrilla.

Fagan grand llanto los sus contadores:

Con ellos consistan los sus tesoreros,

Porteros é guardas, é sus despenseros.

Con estos reclamen sus recabdadores,

Maestres de sala i aposentadores:

E otrosi lloren los sus camareros:

Tambien eso mismo los sus reposteros

Destrados de plata, é sus tañedores.

En fin de razones, con poco consuelo

Todos los dichos farán su devisa

De xergas é sogas, tambien de otra syssa

Cabellos e barbas lanzar por el suelo,

Alzando clamores cubiertos de duelo,

Por ser mal logrado segunt la pesquisa

El rei virtuoso de mui alta guisa:

Los lloros é llantos traspasen el cielo.

Agora, señores, del rei que de viso

Fué maravilloso el su finamento;

Pues fué en el dia de su nascimiento

Del fijo de Dios que está en paraiso,

El cual rescibiólo con placer é riso

Con gesto amoroso, segunt que yo siento:

De todo él ovo buen merescimiento.

Dios le dé gloria pues que así lo quiso.

En el mismo cancionero se lee la siguiente composicion hecha por el

judío don Mossé, cirujano de Enrique III, cuando nació el príncipe don

Juan, que luego fué rei en Castilla, segundo de su nombre.

Una estrella es nascida

en Castilla reluciente:

con placer toda la gente

roguemos por la su vida.

De Dios fué mui venturoso

aquel dia sin dubdanza

en cobrar tal alegranza

deste rei tan poderoso:

por merced del pavoroso

este gran señor cobraste,

Castilla, que deseaste

noble rei é generoso.

De reyes de tal natura

cïerto en toda partida,

de realeza complida

non nasció tal criatura.

Con beldad é fermosura

non es visto en lo poblado,

nin tan bien aventurado.

¡Dios le dé buena ventura!

N' Aragon i Catalueña

tenderá la su espada,

con la su real mesnada:

Navarra con la Gascueña

tremerá con gran vergüeña

el reino de Portugal

é Granada otro que tal

fasta allende la Cerdeña.

Salga el leon que estaba encogido

En la cueva pobre de la grand llanura:

Mire florestas, vergeles, verdura,

Muestre su gesto mui esclarecido.

Abra su boca é dé gran bramido

Así que se espanten cuantos oyrán

La bos temerosa del alto soldan;

E gose del trono de ques proveido.

El águila estraña trasmude su nido

E pase los puertos de la grant friura,

Del valle rompiendo la grant espesura

Asiente en la casa del fuego escondido:

Visite el grant poyo enfortalecido

Vuele en los campos é selvas del pan:

Coma en la mesa do comen y estan

Millares de bocas sin cuento sabido.

En la medianía del valle partido

More algun tiempo, que es breña segura.

Corra los montes con gran ladradura.

Esta composicion, segun se mira, está por fenecer. De su lectura se

viene en conocimiento de lo bien que sabia escribir don Mossé en versos

de arte mayor, porque hasta en estos parece que es mas levantado su

estilo i mas perfecto su lenguaje. Lástima es en verdad que no tengamos

otras obras del mismo autor i hechas en el mismo género de verso. Pero

consuélennos de su falta la siguiente cántiga de Pero Ferrus para los

rabíes de Alcalá, i la respuesta de los rabíes de Alcalá á Pero Ferrus.

=Cántiga.=

Con tristeza é con enojos

que tengo de mi fortuna

non pueden dormir mis ojos

de veinte noches la una.

Mas desque á Alcalá llegué,

luego dormí é folgué

como los niños en cuna.

Entre las sinagogas amas

estó bien aposentado

dó me dan muy buenas camas

é placer é agasajado.

Mas cuando viene el alva,

un rabí de una grant barba

oygolo al mi diestro lado.

Mucho en antes que todos

viene un grant judío tuerto,

que en medio de aquesos lodos

el diablo lo hubiese muerto;

que con sus grandes bramidos

ya querrian mis oidos

estar allende del puerto.

Rabí Yehuda el tercero,

dó posa Tello mi fijo

los puntos de su gargüero

mas menudos son que mijo.

E temo que los baladros

de todos tres ayuntados

derribarian un cortijo.

=Respuesta de los rabíes.=

Los rabies nos juntamos,

don Ferrus, á responder

é la respuesta que damos

queredla bien entender.

E desimos que es probado

que non dura en un estado

riqueza nin menester.

Pues alegrad vuestra cara,

e parad de vos tristesa:

á vuestra lengua juglara

non le dedes tal provesa.

E aun credo en Adonay

que él vos sanará de ahí

e vos dará gran riquesa.

El pueblo é los hasanes

con quien nos aquí ayuntamos

con todos nuestros afanes

en el Dios siempre esperamos:

con mui buena devocion

que nos lleve á remision;

porque seguros vivamos.

Venimos la madrugada

yuntados en gran tropel

á faser la matinada

al Dios Santo de Israel:

en tal son, como vos vedes,

que jamás non oiredes

rui-señores en verjel.

En el mismo cancionero se encuentran siete octavas compuestas por

Alfonso Alvarez de Villasandino, poeta insigne en aquel tiempo,

dirigidas contra Alfonso Ferrandez Samuel, _el mas donoso loco que ovo

en el mundo_; el cual cuando mozo era hombre de vida airada i mui dado á

todo linaje de placeres i divertimientos, i cuando viejo atrevido en

gran manera, i sumamente desvergonzado i estravagante en sus modos de

vivir. De edad de cuarenta años abjuró la lei de Moisés, i de sesenta

pasó á mejor vida. Alfonso Alvarez Villasandino se burla grandemente de

las disposiciones testamentarias que dejó ordenadas antes de su muerte,

algunas de las cuales van declaradas en los siguientes versos.

Manda á la Trenidat

un cornado de los nuevos:

á la Cruzada dos huevos

en señal de cristiandat.

E por mayor caridat

manda cien maravedis

para judíos, avis

que no labren en sabat.

Si moriere oi ó cras

manda su opa la blanca

que la den en Salamanca

ó aquí á alguns ssamas

porque l' rece en el homas

é le canten con buen son

una huyna un psimon

bien plañidos por compas.

De su asno é sus fardeles

é de su opa de seda

manda faser almoneda

para dar á los donseles;

porque non le sean crueles,

aunque otro los aconseje

nin lo traiga como á ereje

arrastrando con cordeles.

Fase su testamentario

para cumplir todo aquesto

un judío de buen gesto

que llaman Jacob Cydario.

. . .

Todos los poetas aquí nombrados abjuraron el judaismo, i no solo ellos,

sino muchisimos de su lei; i esto no fue obra de la verdad i de la

razon, sino del miedo á la plebe que dió en amotinarse contra las

juderías para con capa de devocion i piedad, matar á sus habitadores i

hacer mui buenas presas en sus haberes i haciendas. El andar tan sobre

sí el pueblo en daño de los malaventurados judíos nació de las

predicaciones que hacia el arcediano de Ecija en Sevilla don Fernando

Martinez, en las cuales hablaba de las usuras que para mal de los

cristianos llevaban en sus préstamos i ventas al fiado; i por último se

servia de tan vivos colores al pintar las maldades de los observantes

del rito mosáico, que muchos de la plebe, siempre novelera, viendo en la

destruccion de estos un acto de piedad i un servicio hecho al Dios

crucificado, los mataban en las calles sin temor i vergüenza, i con

entera libertad. Llegaron las nuevas de estos desmanes al rei don Juan

I.º, el cual no halló otro arbitrio para poner freno á aquella canalla

bulliciosa que enviar cartas al dean i cabildo de la Santa Iglesia,

encareciéndoles la necesidad de meter en pretina al arcediano don

Fernando Martinez, autor con sus palabras tan fuera de razon i cordura,

de aquellos males i alteraciones. _Ca aunque su celo es santo é bueno,

débese mirar que con sus sermones é pláticas non conmueva al pueblo

contra los judíos, cá aunque son malos é perversos están debajo de mi

amparo é real poderío, é non deben ser agraviados; si non castigar por

términos de justicia en lo que delinquieren, é yo así lo mandaré

facer[44]._

No bien murió don Juan I.º en 1390, i ocupó el trono de Castilla su hijo

i sucesor don Enrique III, volvió el arcediano de Ecija á predicar

contra los judíos, roto ya el freno i respeto con que en vida de aquel

rei, bien á su pesar, habia sido oprimido; i así predicando en los mas

públicos i frecuentados parajes en Sevilla, irritaba á la plebe

poniéndole delante de los ojos la miseria del pueblo i la riqueza de los

que guardaban la lei de Moisés, i atribuyendo á la codicia de estos los

males que padecian los cristianos, i así es fama que les dirigia

discursos semejantes á este: «Oh gentes infelices i para siempre

desdichadas, ¿quién podrá remediar vuestras desdichas é infelicidades?

¿Veis la hambre que oprime con tanta fiereza á vosotros i á vuestras

mujeres i á vuestros hijos? pues jamás será mitigada, jamás rompereis

las cadenas que con todo vigor i fuerza os amarran á la miseria: jamás

gustareis los dulcisimos regalos que la inconstante fortuna suele

ofrecer á los mortales. ¡Ai pueblo solamente para el mal nacido! La

hambre te acosa, i no encontrarás dineros para remediarla, porque los

pocos con que vas pasando menos trabajosamente las amarguras de la vida,

se sepultan para siempre en las ferradas i escondidas arcas de los

judíos. Estos son los enemigos constantes del nombre de Cristo: estos

los que imaginan borrarlo de la haz de la tierra: estos los que

procuran, por todos los caminos que se presentan á sus ojos, la

destruccion del pueblo cristiano. ¡Generacion infeliz! tú vas á

desaparecer de la tierra, dejando á tus hijos sujetos á la cautividad

de aquellos que no dudaron en crucificar á su Dios! ¿Qué amor, qué

piedad, qué regalo podrán esperar de estos tan crueles verdugos?

¡Maldita sea la hora en que tales viboras comenzaron á habitar entre

nosotros! ¡Maldito el instante en que consentimos los nidos de estas

aves de rapiña cerca de nuestras casas; porque así todo cuanto nos

roban, con mas facilidad esconden de nuestras miradas! Despierten ya los

mal aconsejados pastores que permiten á los lobos vivir en compañía de

las ovejas. Despierten á los ladridos de los leales canes, porque el

rebaño va á ser devorado sin remedio. Pero ¿cómo han de despertar los

que están dormidos en el profundo sueño de una ciega confianza? Ya no

pueden amedrentar á los lobos carniceros las piedras diestramente

despedidas de las hondas, porque las manos de los pastores están

derribadas por el suelo. Los arcos tienen rotas las cuerdas, las puntas

aceradas de las flechas están vestidas de orin: los perros que guardan

el rebaño son pocos para el número de las fieras. ¡Ay desdichados

corderos! ¿qué será de vosotros si no sacais fuerzas de flaqueza i no

procurais defenderos de vuestros iracundos i feroces enemigos?»

Irritado el pueblo con las predicaciones del arcediano don Fernando

Martinez, volvió todo su encono contra los judíos, i comenzó á llenar de

oprobios públicamente á aquellos que tenian nombre de mui avaros i de

mui poderosos por sus grandes riquezas. Castigar estos escesos de la

plebe quisieron el alguacil mayor de Sevilla don Alvar Perez de Guzman i

los dos alcaldes Rui Perez de Esquivel i Fernan Arias de Quadros, i para

ello prendieron á varios del pueblo, cabezas en aquellos desmanes, i

mandaron azotar á dos públicamente el miércoles de ceniza dia 15 de

Marzo del año de 1391. Pero enfurecida la canalla con este justo

castigo, se puso en sedicion con propósito firme de estorbar á todo

trance que fuese ejecutado. El alguacil mayor i el conde de Niebla

intentaron vanamente sosegar el tumulto con las mejores razones que les

venian al pensamiento, en tanto que la plebe, mas soberbia con los

ruegos apedreó á los que llevaban á los castigados, los sacó de sus

manos, i los metió en la Catedral. Volvió luego su furor contra las

juderías, entró en ellas, comenzó á herir i matar cuantos hombres, niños

i mujeres se ponian delante de sus ojos, i aun tambien de los que se

recataban: hacia presa de las joyas i dineros que hallaba en las casas,

i despedazaba en fin lodo aquello que era de judíos. La justicia de

Sevilla con el auxilio de la nobleza acudió á defender á los mezquinos

hebreos, logrando salvar las vidas de casi todos, i rescatar algo de lo

mucho que la desbocada i feroz canalla habia cogido entre sus garras.

Sosegado el tumulto, imaginaron los alcaldes mayores que de penar á los

muchos culpados en aquel acto inhumano, naceria irritarse otra vez los

mal contentos i codiciosos aun de las haciendas de los malaventurados

judíos i poner á la ciudad en un aprieto todavia mas cruel que el

pasado.

Por eso determinaron publicar un perdon para los autores de estos

delitos, en tanto que los míseros judíos amedrentados con el popular

tumulto, i temerosos de las iras de la plebe, no se determinaban á salir

á las calles, i ya pensaban en cristianarse para salvar las vidas i

haciendas del odio i de la ambicion del pueblo.

Orgulloso el arcediano con el fruto de sus razonamientos, i viendo lo

sobre sí que andaban las gentes plebeyas con la impunidad del suceso

pasado, es fama que el domingo 9 de Julio del mismo año de 1391 predicó

nuevamente contra los judíos pintando su avaricia con los mas vivos

colores, i levantando á las nubes los daños que amenazaban á los

cristianos con tolerar que estos enemigos del nombre de Cristo viviesen

con toda libertad en su lei dentro de las ciudades de Castilla.

El pueblo, alentado por una parte con la codicia de apoderarse de las

haciendas de los judíos, i por otra viendo en ellos las zarzas, ortigas

i abrojos que suelen crecer entre los sembrados para llevarse toda la

sustancia de su madre la tierra, dejándolos sin el mas pequeño

mantenimiento espuestos á ser consumidos i abrasados por los rayos del

sol, i sin vigor i fuerzas para resistir el empuje del viento airado,

alborotóse otra vez i corrió á las juderías, resuelto á esterminar á

todos los israelitas que en ellas nacieron, i que en ellas moraban.

Cuatro mil judíos rindieron las vidas á los filos de las espadas de esta

bárbara gente, indigna de llevar el nombre de cristiana. Los que

escaparon con pequeñas heridas ó sin ninguna del insolente tumulto de

aquella canalla desenfrenada, cristianáronse al punto temerosos de sus

iras, i escarmentados con los dos pasados motines. I este fué el modo de

que se sirvieron algunos malos cristianos para hacer que entrase en los

entendimientos de los judíos la verdad de la fe; i como todo fué obra de

la fuerza i del miedo, no corrió mucho tiempo sin que ellos

prevaricasen, cosa mui conforme á la razon, porque no creo yo que

ninguno puede amar la verdad, si para que sea conocida de él, apelan sus

contrarios á las armas, al terror, á la sangre i al fuego. Estos medios

que suelen emplear los tiranos de la tierra para conservar su poderio ó

para conseguir con la celeridad del rayo los propósitos que nacen en sus

entendimientos, son para mal de los pueblos por algunos años; pero luego

se truecan en armas que sirven para la destruccion i el esterminio de

los mismos tiranos que las usaron, i esta es una verdad de que están

llenas las historias.

A las nuevas de lo hecho por la plebe sevillana alborotóse la de

Córdoba, la de Toledo, la de Zaragoza, la de Valencia, la de Barcelona,

la de Lérida i de otras muchas ciudades. El rei Enrique III envió varias

cartas á los alcaldes de todas ellas ordenándoles que de ningun modo

consintiesen en aquellas maldades, hechas tan en daño de los infelices

hebreos; pero ni las ciudades, ni las villas, ni los caballeros hacian

caso de las cédulas reales. El pueblo estaba mui sobre aviso, i con

sobra de altivez, visto el buen suceso que habia logrado de sus

alborotos, sediciones i matanzas.

Disimuló don Enrique el enojo que tenia de ver tan sin fruto sus

disposiciones desde el año de 1391 hasta el de 1395, en el cual

determinó bajar desde Ségovia á Andalucia para castigar á los autores de

los pasados alborotos. Entró en Sevilla el día 13 de Diciembre, i en el

mismo dia hizo prender al arcediano de Ecija don Fernando Martinez,

porque con sus predicaciones habia puesto en sedicion al pueblo contra

los judíos.

El maestro Gil Gonzalez de Avila[45] hablando del arcediano dice que el

rei _castigólo, porque ninguno con apariencia de piedad entendiese

levantar el pueblo_. Cuál fué el castigo que recibió este varon, es de

todos los historiadores ignorado. Zúñiga afirma que _acabó su vida años

adelante con gran opinion de sólida virtud_.

En cuanto al objeto de los tumultos de la plebe contra los judios, está

declarado en la crónica que de Enrique III dejó compuesta el insigne

caballero Pero Lopez de Ayala, según se verá por las siguientes

palabras: _E todo esto fué cobdicia de robar, mas que devocion_.

Ya en aquellos tiempos andaba por España un famoso judío llamado

Jehosuah Halorqi, nacido en Lorca el año de 1350 segun se cree, insigne

talmudista, uno de los principales maestros en la lei de Moisés, i

hombre mui docto en el estudio de la medicina. Abjuró el judaismo, i al

cristianarse tomó el nombre de Gerónimo de Santa Fe: cosa que no

llevaron con paciencia los hebreos españoles, antes tuvieron gran

pesadumbre i enojo al ver que declaraba vanos sus ritos un tan sabio

varon en las sagradas letras; i asi por escarnio solian desde entonces

llamar á Halorqi el _Blasfemador_.

No falta quien diga que la conversion de este judío á la fe de Cristo,

fué conseguida por las predicaciones de San Vicente Ferrer, que ya

corria en tal sazon por las ciudades de España, destruyendo la lei de

Moisés no con discursos que incitasen á los pueblos á motines i

sediciones contra los malaventurados judíos, como solia hacer el famoso

arcediano de Ecija en Sevilla, sino llevándolos al camino de la verdad

por buenas palabras, por vivas i apretadas razones, i por pláticas

cortadas á la medida del Evangelio.

Por la fama que en todos estos reinos i aun en los estraños consiguió

Gerónimo de Santa Fe, i por el crédito i concepto que tenia de varon

sabio aun en las mas escondidas ciencias, mereció que el anti-papa

español Pedro de Luna (que queria gobernar la Iglesia desde Aviñon con

el nombre de Benito XIII) lo llamase á su corte en 1412 para que

asistiese cerca de su persona, i pudiese curarla en todas cuantas

enfermedades afligen porfiadamente los cuerpos de los mortales.

Un suceso vino á aumentar las bien dadas alabanzas que por su ciencia

recibia de todos el converso Gerónimo de Santa Fe. Cuenta Gerónimo de

Zurita en sus _Anales de Aragon_[46] que en el año de 1413 vista la

obstinacion de los judíos en no convertirse á la lei de Gracia, se

buscaron nuevos remedios para vencer la repugnancia que estas gentes

tenian á admitir en sus entendimientos la luz de la verdad. «Por mandado

del Papa, se congregaron en la ciudad de Tortosa i estuvieron juntos

todos los mayores rabines que se hallaban en las aljamas del reino, para

que públicamente en su presencia i de toda su corte fuesen amonestados

que reconociesen el error i ceguedad en que andaba aquella gente. Eran

los rabines mayores rabí Ferrer, i el maestro Salomon Isaac, rabí

Astruch el Levi de Alcañiz, rabí Joseph Albo, i rabí Matatías de

Zaragoza, el maestro Todroz, Benastruc Desmaestre de Girona, i rabí

Moisés Abenabez, i como quiera que en la corte del Papa se hallaban

muchos i mui señalados maestros i dotores en la sagrada Teología i de

mucha sciencia i sabiduría en las letras divinas i de gran prudencia;

pero quiso el Papa que en las cuestiones i disputas que se propusieron,

se cometiese la instruccion é informacion de aquella nacion mas especial

i particularmente á Gerónimo de Santa Fe su médico, como mui enseñado i

fundado en la leccion del Testamento Viejo, i de sus glosas, i en todos

los tratados de los rabines i de su Talmud, por cuyas autoridades i

sentencias era la intencion del Papa que fuesen inducidos i convencidos

para mas descubrir su ciega i condenada doctrina, i la obstinacion de

errores i vida, i la temeridad i perverso entendimiento de su lei. Fué

la primera congregacion á siete del mes de Hebrero del año pasado (1413)

i en presencia del Papa i de su colegio i de toda su corte comenzaron á

proponerse las cuestiones i articulos que se habian de discutir i

disputar; i asistió el Papa á otras congregaciones, i por su absencia

cometió sus veces i lugar para que presidiesen á ellas, al ministro

general de la órden de los predicadores i al maestro del Sacro palacio.

Hallóse en esta congregacion de letrados un Garci Alvarez de Alarcon,

mui enseñado en las lenguas hebrea, caldea i latina, i fué gran parte en

convencer i reducir muchas de las mas principales familias del reino

Andrés Beltran, maestro en Teología, limosnero del Papa que era mui

docto en las letras hebreas i caldeas, i fué de aquella lei: que era

natural de Valencia, i despues por su gran religion i mucha doctrina le

proveyó el Papa de la iglesia de Barcelona, por cuya determinacion se

declaraban las dudas de lo que tocaba á las traslaciones de la Biblia

que los rabines torcian á su propósito.»

Esto dice Gerónimo de Zurita. Los judíos que caminaron á Tortosa para

hallarse presentes en esta famosa disputa fueron seis de Zaragoza

llamados Zarachias Levita, Vidael Benvenista, M. Mathatías Izahari,

Macaltiob, nasi ó príncipe de los judíos españoles, Samuel Levita, i M.

Moisés: uno de Huesca llamado Todros, i dos de Alcoy cuyos nombres eran

Josef hijo de Aderet i Meir Galigon: de Daroca Astruch Levita: de

Monreal M. Josef Albo: de Monzon Josef Levita i M. Jomtob Carcosa: de

Montalban Abuganda: de Blesa Joseph Abbalegh, Bongosa i M. Todros, hijo

de Jecht el de Gerona.

Llegados á Tortosa eligieron á Vidael Benvenista, uno de los mas sabios

en su caduca lei, para que fuese su orador en el congreso, i luego se

presentaron en el palacio i ante la persona de Benito XIII: quien los

recibió mui afablemente, i dispuso que fuesen con toda comodidad

hospedados, servidos i agasajados, ofreciéndoles que en nada recibirian

molestia; pues allí eran venidos para convencerse ó no de lo errado de

sus doctrinas, no para ser vejados ni oprimidos en manera alguna.

Al dia siguiente de su llegada á Tortosa, volvieron los judíos al

palacio de Benito, i en él se encontraron con la sala, diputada para la

asamblea, llena de personas de grande autoridad i linaje. Sesenta sillas

eran ocupadas por cardenales, obispos i otros prelados.

Puesto en silencio i junto el congreso, dirigió á los judíos un breve

razonamiento Benito XIII[47], i luego comenzó Gerónimo de Santa Fe una

arenga, en la cual con vivas i elegantes razones demostró ser cumplidas

las profecias, i haber venido al mundo el Mesías, esperado aun por los

judíos. Replicó en otra arenga Vidael Benvenista, probando con

argumentos sacados del Talmud que el Mesías no era venido. I hase de

advertir que una i otra oracion eran proferidas en mui elegante latin:

porque uno i otro disputante eran sabios en todo linaje de cosas. Al

siguiente dia profirió otra arenga el judío Zarachías Levita en

favorable sustentacion de lo dicho antes por Vidael Benvenista; i al

tercero dia de la asamblea tuvo principio aquella famosa disputa que

duró desde 7 de Febrero de 1413, hasta 12 de Noviembre de 1414, que dió

por fruto convertirse á la fe de Cristo todos los judíos presentes i

que tuvieron parte mui viva en ella, bien con sus discursos, bien con su

sabiduria en ilustrar aquellas materias sobre las cuales porfiadamente

se pugnaba. Solamente los rabíes Ferrer i Joseph Alvo se mantuvieron

contumaces en sus doctrinas.

Rabí Astruch presentó entonces á Benito XIII una confesion por sí i en

nombre de los demás judíos, en la cual se declaraban vencidos, i por

tanto abjuraban los errores de su antigua lei, i abrazaban con toda fe

la verdad de la religion de Cristo. Leida esta confesion[48] delante de

Benito, de los cardenales, prelados i demás personas presentes, entre

quienes se hallaban los convertidos, mandó el antipapa que se hiciese

lectura de los nuevos decretos que desde aquel punto establecia contra

los judíos persistentes en la caduca lei. Estas disposiciones fueron

inclusas luego en una bula que espidió Benito en la ciudad de Valencia

el dia 11 de Mayo de 1415. La suma de todas ellas se contiene en los

capítulos siguientes, segun se leen en la biblioteca de los rabinos

españoles, dispuesta i ordenada por don José Rodriguez de Castro.

«1.º Se prohibe generalmente á todos, sin escepcion de persona, oir,

leer i enseñar en público ó en secreto la doctrina del Talmud, mandando

recoger en el término de un mes en la iglesia catedral de cualquiera

diócesis todos los ejemplares que se encontraren del Talmud, de sus

glosas, apostillas, sumarios, compendios ú otros cualesquiera escritos

que directa ó indirectamente tuvieren relacion con la tal doctrina, i

que los diocesanos ó inquisidores velen sobre la observancia de este

decreto, visitando por sí ó por otros, á lo menos cada dos años sus

jurisdicciones en que hubiere judíos, i castigando con toda severidad á

quien hallaren culpado.

2.º Que á ningun judío se permita tener, leer ú oir leer el libro

intitulado MAR MAR JESU, por estar lleno de blasfemias contra nuestro

Redentor Jesucristo, ni otro cualquier libro ó escrito que sea injurioso

á los cristianos, ó hable contra alguno de sus dogmas ó contra los ritos

de la Iglesia, en cualquier idioma en que esté escrito, i que al

contraventor de este decreto se castigue como á blasfemo.

3.º Que ningun judío pueda hacer de nuevo, ni componer, ni aun tener en

sus casas con algun pretesto cruces, cálices ó vasos sagrados, ni

encuadernar los libros de los cristianos en que está escrito el nombre

de Jesucristo, ó de la Santisima Vírgen, y que quede escomulgado todo

aquel cristiano que por cualquier motivo dé á los judíos alguna de estas

cosas.

4.º Que ningun judío pueda ejercer el oficio de juez, ni aun en los

pleitos que ocurrieren entre ellos.

5.º Que se cierren todas las sinagogas erigidas ó reparadas

modernamente: que en donde no hubiere mas que una, esa permanezca con

tal que no sea suntuosa, i si hubiere dos ó mas de dos, déjese abierta

tan solo la mas pequeña; pero si se averiguare que alguna de las dichas

sinagogas fué iglesia en tiempos antiguos, ciérrese al punto.

6.º Que ningun judío pueda ser médico, cirujano, tendero, droguero,

proveedor ni casamentero, ni tener algun otro oficio público por donde

haya de entender en negocios de cristianos, ni las judías puedan ser

parteras, ni tener amas de criar que sean cristianas, ni los judíos

servirse de cristianos, ni vender á estos ni comprar de ellos las

viandas para el diario mantenimiento, ni concurrir con ellos á ningun

banquete, ni bañarse en las aguas de los baños de los cristianos, ni ser

mayordomos, ni agentes en los negocios de estos, ni aprender en sus

escuelas alguna ciencia, arte ú oficio.

7.º Que en cada ciudad, villa ó lugar en que hubiere judíos, les sean

destinados para su morada barrios separados de los cristianos.

8.º Que todos los judíos i judías lleven en sus vestidos cierta divisa

de color encarnado i amarillo del tamaño i figura que en la bula van

señalados: los hombres en el vestido esterior sobre el pecho; las

mujeres en las frentes[49].

9.º Que ningun judío pueda comerciar ni hacer contrato alguno con los

cristianos para evitar los engaños que suelen hacer, i las usuras que

suelen llevar.

10.º Que todos los judíos i judías convertidos á la Fe, i todos los

cristianos que tuvieren parentesco de sangre con judíos no conversos,

los puedan heredar, aunque por testamentos ó codicilos, ó por últimas

voluntades ó donaciones intervivos estuvieren esclusos de heredar sus

bienes.

11.º Que en todas las ciudades, villas i lugares en donde hubiere el

número de judíos que el diocesano tuviere por conveniente, se predique

en público tres sermones en tres distintos dias del año, uno en la

segunda domínica de adviento, otro en el dia de Pascua de Resurreccion,

i el último en la domínica en que se canta el Evangelio _Cum

apropinquasset Jesus Jerosolymam videns civitatem, flevit super eam_.

Que se obligue á todos los judíos que tuvieren la edad de doce años en

adelante á asistir á estos tres sermones, cuyos asuntos deberán ser

demostrarles en el primero la venida al mundo del verdadero Mesías,

sirviéndose para ello de los lugares de la Sagrada Escritura i del

Talmud que han sido controvertidos en la asamblea de Tortosa: en el

segundo hacerles entender los errores, locuras i vanidades que se

encierran en el Talmud; i en el tercero la destruccion de la ciudad i

del templo de Jerusalem i lo perpetuo de su cautiverio, segun las

palabras de Jesucristo i de los santos Profetas. Al fin de cada sermon

se les leerá esta bula para que al ir contra ella no pequen de

ignorantes.»

Despues de la famosa disputa entre Gerónimo de Santa Fe i los mas doctos

rabís de las aljamas de España, convirtiéronse muchos judíos á la fe de

Cristo: en Zaragoza, Calatayud i Alcañiz mas de doscientos: en Daroca,

Fraga i Barbastro, unas ciento i veinte familias: en Caspe i Maella

quinientas personas: i á mas todos los naturales de las villas de

Tamarit i Alcolea[50].

Uno de los que andaba por España converso desde el año de 1390 fue rabí

Selomoh Halevi, judío nacido en la ciudad de Burgos. En ella recibió el

agua del bautismo i el nombre de Pablo de Santa María. Luego pasó á la

universidad de París á estudiar Teología, i tomar él grado de maestro, i

así por la fama que todos tenian de sus muchas letras como de sus no

vulgares virtudes, logró la dignidad de arcediano de Treviño, de obispo

de Cartagena, i despues de Burgos, i á mas la de canciller mayor en los

reinos de Leon i de Castilla. Escribió varias obras con propósito de

convertir á la fe de Cristo á los judíos i moros, entre las cuales se

encuentra una que lleva por título estas palabras: _Escrutinio de las

Sagradas Escrituras_[51].

De esta suerte refiere Esteban de Garibay[52] la vida i hechos de Pablo

de Santa María. «Fué mui notable prelado el escelente doctor don Pablo,

obispo de Cartagena, que siendo judío no solo de nacion de sus

progenitores, mas tambien de profesion, recibió la agua del santo

bautismo, dejando el judaismo. Habia tenido este notable prelado antes

de su conversion grandes disputas sobre la lei judáica con muchos

doctores católicos cuyas razones como para la dureza heredada de sus

progenitores no bastasen á la sazón para le sacar del judaismo, sucedió

que un dia un doctor no queriendo contender por disputa sino por

escrituras, le dió el tratado que el glorioso Santo Tomás de Aquino

escribió doctisimamente llamado _De legibus_, donde admirablemente

disputa el santo doctor contra la lei de los judíos. Esta obra leyó con

diligencia i atencion grande don Pablo, el cual, hallando en ella muchos

secretos del judaismo, que aun él mesmo con ser el rabí de mas letras

que en estos reinos había, los ignoraba, fué alumbrado del Espíritu

Santo, diciendo en su corazon que sin duda la lei de los cristianos era

la de la salvación del mundo. Despues ido al Pontífice romano, i siendo

de él persuadido, vino á decir i confesar públicamente, que (pues este

santisimo doctor con saber de la lei judáica mayores secretos que el

mesmo don Pablo, profesaba la lei evangélica de Jesucristo) era la

verdadera lei i carrera de la salvacion la de los cristianos; i así

recibió el santo bautismo renunciando espontáneamente la dureza pasada.

Desta manera don Pablo vino á ser cristiano por la doctrina de Santo

Tomás.»

»Despues este célebre varon con el discurso del tiempo vino

meritisimamente á ser obispo de Cartagena, i de allí pasó al obispado de

Burgos: de la cual ciudad tenia él mesmo su naturaleza. Fué escelente

prelado, grande filósofo i teólogo, i singular predicador i de gran

consejo i maravilloso silencio i prudencia. Escribió muchas obras en

especial el libro que se llama _Escrutinio de las Escrituras_, que es de

grande volúmen, i las adiciones á la Póstula de Nicolao de Lyra sobre la

Biblia, i otro tratado de la Cena del Señor, i otro de la generacion de

Jesucristo, con otras obras. No solo él mesmo fué grande letrado; pero

en tiempo que en el judaismo fué casado, tuvo tres hijos grandes

letrados, de los cuales el mas señalado fué don Alfonso de Cartagena,

dean de Segovia, que sucediendo en el obispado inmediatamente al padre

fué obispo de Burgos i fué el que escribió la _Genealogía de los reyes

de Castilla i Leon_, que algunas veces se ha citado. El otro hijo fué

don Gonzalo, obispo de Palencia, prelado de muchas letras i erudicion.

El tercero fué Alvar García de Santa María que refieren haber escrito la

crónica deste rei don Enrique, la cual basta agora yo no la he visto, i

parte de la crónica de su hijo el rei don Juan el segundo. Este notable

prelado don Pablo por haber sido obispo de Burgos es llamado entre los

teólogos el _Burgense_: el cual con ser converso, aconsejó al rei don

Enrique por causas notables que á ello le debieron mover, que á ningún

judío ni converso, no recibiese en el servicio de su casa real, ni en el

consejo, ni en otros oficios públicos reales de sus reinos, ni en la

administracion del patrimonio real: Cosa notable que con ser de ellos el

mesmo sapientisimo prelado, fuese de este parecer contra su nacion.»

Esto dice Estéban de Garibay. Pero no obstante los muchos judíos que se

convirtieron á la fe, todavía quedaron los mas en sus erradas opiniones.

Los pueblos por otra parte no cesaban de molestarlos, bien fuesen

dirigidos en sus hechos por una piedad bárbara i cruel, bien por el

deseo de tomarles, contra toda razon, lei i derecho, las haciendas que

heredaron de sus mayores i que luego acrecentaron grandemente con el

propio trabajo. En el año de 1473 volvieron á turbar el reino con

sediciones, encaminadas ahora contra los judíos que se habian

cristianado, i encubriendo sus intentos de oprimirlos i robarlos con

decir que judaizaban. Don Miguel Lucas, condestable de Castilla,

defendió en Jaen á los desdichados hebreos con todas sus fuerzas, i

desbarató las turbas amotinadas, del mismo modo que el Sol rompe i

deshace las nieblas que le estorban derramar sus rayos sobre la tierra.

Irritados los ánimos de la plebe con el mal suceso que habian conseguido

sus propósitos, i llenos de hiel i de veneno contra don Miguel Lucas,

determinaron darle cruda muerte en venganza de haber embarazado la

destruccion de los judíos, que con pieles de ovejas i capas de

cristianos, moraban en aquella ciudad; i asi estando el condestable en

la iglesia mayor de Jaen oyendo Misa el dia 21 de Marzo del año

referido, varios labradores, sin respetar lo sagrado del lugar, ni la

dignidad de su persona, le pasaron el pecho con varias puñaladas. Luego

que cayó muerto en tierra alzóse el pueblo contra los judios, i comenzó

á meter á fuego i á saco algunas de las casas donde moraban los mas

principales, i que mas nombre tenian de ricos entre los naturales de

aquel reino. Este dañoso ejemplo fué luego imitado por alguna plebe en

varias ciudades de Andalucía, tales como Andujar i Córdoba, i á mas en

otros lugares, donde, despues de ser fieramente heridos los judios i

robados á mas, i de haber sufrido en sus personas i en las de sus

mujeres otros insultos de tan bárbara canalla, no recibieron la mas

pequeña reparacion en sus agravios; puesto que la justicia se hizo sorda

á sus quejas, prefiriendo al castigo de los culpados, dejar abierta la

llaga con la impunidad de un ejemplo tan dañoso, i mas llenos de

soberbia i mas codiciosos de nuevas riquezas con el cebo de lo robado á

los autores de tales delitos. Es cierto tambien que en aquellos

calamitosos tiempos del reinado de Enrique IV todo andaba sin concierto;

porque el rei estaba sin fuerzas i vigor para mantener en quietud á los

pueblos i sujetos a su obediencia.

Aunque estaba vedado á los judíos ejercer el oficio de jueces, todavía

en el reinado de Enrique IV eran mantenidos en él algunos de los hombres

mas principales, entre los que á pesar de tantas persecuciones i de

tantos tumultos populares contra sus personas i haberes, observaban el

rito mosáico. En 1474 fué hecho el repartimiento á todas las aljamas del

reino por lo que tocaba pagar á cada una en el _servicio_ i _medio

servicio_ que rendian anualmente á la corona de Castilla. El repartidor

fué un judío llamado Jacob Aben Nuñes, físico de Enrique IV i su juez

mayor; i el repartimiento de lo que cada aljama habia de dar es como

sigue:

Las aljamas del obispado de Burgos 30.800 _mrs_

Las del de Calahorra 31.100.

Las del de Palencia 54.500.

Las del de Osma 19.500.

Las del de Sigüenza 15.600.

Las del de Segovia 19.500.

Las del de Avila 39.590.

Las del de Salamanca i Ciudad Rodrigo 12.700.

Las del de Zamora 9.600.

Las del de León i Astorga 31.700.

Las del arzobispado de Toledo 64.400.

Las del obispado de Plasencia 56.900.

Las del de Andalucía 59.800.

---------

En junto 451.000.[53]

---------

De estos cobraba mil por sus derechos el repartidor Jacob Aben Nuñez, i

los cuatrocientos i cincuenta mil maravedís restantes pasaban al tesoro

de la corona de estos reinos. El cual con las continuas guerras i con

las revueltas de los pueblos andaba mui exhausto. España estaba entonces

debilitadisima: echado por tierra su comercio, la labranza de los campos

bastante frecuentada; pero por la general pobreza sin producir á los

labradores buenas rentas, sino mezquinas cantidades. Lástima grande

causa ver á un tan poderoso reino, afligido por la mayor pobreza en

tiempos del infeliz monarca Enrique IV[54] i reducido al estremo de

trocar los hombres sus mercaderías por vilisimos precios.

Los judíos en tanto por temor de la plebe ocultaban sus riquezas, i se

presentaban los mas poderosos como de mediana suerte, i los de mediana

suerte como misérrimos: por lo cual miraban con sumo desden el comercio,

i sus tráficos eran tan solo en cosas de poco valor, i de ningun

provecho. I esto hacian recelosos i con razon, de que la fama de sus

dineros no trajese sobre ellos nuevas persecuciones i nuevos tumultos de

aquella bárbara i codiciosa plebe. A tal punto de miseria redujeron á

estos reinos el temor de los judíos i el afan de esconder en las

entrañas de la tierra sus haciendas; que por maravilla corrian monedas

de oro i plata. Todas estaban encerradas en las arcas de los hebreos; i

las que andaban de mano en mano habian sido compradas en las casas de

algunos mercaderes cambistas ó banqueros: los cuales ó eran de los

judíos convertidos á la fe, ó de cristianos que estaban comerciando con

el dinero que para el caso i para partir el lucro, les habian facilitado

los judíos aun no venidos á la religion de Cristo[55]. De haberse

retraido de traficar los judíos, nació la ruina de todo el comercio que

habia antes en los reinos de Castilla. Todas las mercaderías quedaron

reducidas al mas mezquino aprecio. La vara del paño de Echillon valia

sesenta maravedís, la del de Lombai i Bruselas cincuenta maravedís

viejos: la escarlata de Gante, sesenta; i la de Ipre, ciento i diez: i

por último, los paños de Montpeller, Bruselas, Lóndres i Valencia,

sesenta maravedís viejos.

Todo lo demás andaba en esta forma. El reino sin fuerzas: el comercio

sin brazos: la agricultura sin vigor: los judíos riquisimos i sin

comunicar con ninguno sus riquezas: el pueblo miserable: la corona sin

haberes: ardiendo España en tumultos contra la persona del rei Enrique:

alborotados los ánimos con la presente miseria i buscando en la ruina de

este monarca la causa i el modo de remediar todos los males que á todos

afligian tan pesadamente; los cuales nacieron de los inconsiderados

medios de que se sirvieron tan contra razon i justicia los monarcas i

pueblos para convertir al cristianismo á los muchos judíos que en estas

tierras moraban. Les fué vedado ejercer la medicina i cirugía, tener

abiertas sus casas para comerciar con los cristianos, i en fin disponer

de sus bienes i personas del modo mas conveniente á sus intereses i al

acrecentamiento de sus riquezas. I de estas tan bárbaras disposiciones

cogieron los cristianos el amargo fruto durante el infelicisimo reinado

de don Enrique IV en Castilla: pues con ellas dejaron los judíos el

comercio, que eran los únicos ó los mas que lo frecuentaban i mantenian,

i como de esto naciese su destruccion, vino en pos de ella la ruina de

la agricultura, quedando el reino sin los dos principales nervios que

sustentan el cuerpo de los estados, reducida á la mayor debilidad i á la

mayor pobreza.

RESUMEN del libro tercero.

Comienza el reinado de los reyes Católicos.--Condicion de Fernando

V.--Elogio de la reina Isabel.--Primeros inquisidores para castigar á

los judíos conversos que judaizaban. Conjuracion de estos en

Sevilla.--Castigo de muchos.--Muerte á fuego dada al tesorero de la

catedral de Córdoba, Pedro Fernandez de Alcaudete.--Establecimiento de

la Inquisicion.--Lo mucho que los judíos ayudaron á los Reyes Católicos

para la empresa de Granada.--Decreto para la espulsion de los judíos no

convertidos.--Dádivas que ofrecen estos al rei don Fernando para

quedarse en España.--Este vencido de ellas quiere revocar el

decreto.--Estórbalo la audacia de Torquemada.--Salen los judíos de

España i van á los reinos estraños.--Algunas noticias de su varia suerte

en ellos.--Examen de los daños que los Reyes Católicos ocasionaron á

España con la espulsion de los judíos i con la persecucion á los

conversos.--Mala política de estos monarcas vituperada.

Historia de los Judíos en España desde los tiempos de su establecimiento hasta principios del present siglo · 第 7 / 16 题