Cuán desviados andan de lo cierto los que ven neciamente en la fuerza el
único medio de traer á la verdad de la fe á todas aquellas gentes que ó
no la conocen, ó que para mal suyo la desprecian! Ejemplos pueden tomar
caminando por el vário discurso de esta historia, primero en el amargo
fruto que cogieron los monarcas godos de las cruelisimas persecuciones
hechas á los judíos para hacer que entrase en los entendimientos de
estos la religion de Cristo, i luego en los muchos hebreos que
abandonaron la lei de Moisés cuando ninguna persecucion recibian de mano
de los reyes de España, cuando podian comerciar libremente, cuando en
las quietudes de sus casas vivian sin temor de bárbaras opresiones, i
cuando con perfecta tranquilidad en los ánimos podian frecuentar
descansadamente el estudio de las letras.
Los árabes conquistadores de España, obligados á lo mucho que fueron
favorecidos por los judíos en la empresa de reducir á estas tierras,
luego que las redujeron á su obediencia, i que comenzaron á coger los
frutos de la paz, teniendo por sola contradiccion las pequeñas
reliquias de los godos encerradas en un rincon de la Península, dejaron
á los hebreos con entera libertad para vivir segun la lei de Moisés: los
cuales echaron los cimientos de muchas sinagogas en las mas i mejores
ciudades.
Las bárbaras persecuciones levantadas en el Oriente contra los judíos
por el califa Cader de la dinastía de los Fatimitas, obligaron á muchos
á buscar en España el fin de sus desventuras. I como los hebreos que
vivian en Oriente eran sapientisimos, de aquí nació que la mayor parte
de los recien venidos á estas tierras comenzaron á ilustrarlas con sus
escritos i á fundar academias en donde trasmitir á las gentes sus no
vulgares conocimientos en todo linaje de ciencias i artes. La primera de
estas academias i sin duda la mas famosa tuvo principio en el año del
mundo 4708 (948 del nacimiento de Cristo) en la ciudad de Córdoba,
siendo los fundadores i los maestros que comenzaron á dirigirla Rabi
Moseh i su hijo Rabi Hanoc, los mas insignes sabios que salieron de
Pombeditá i Mehasia en Persia. A la fama de su sabiduría comenzaron los
judíos españoles á enviar á sus hijos á Córdoba para que fuesen en su
academia doctrinados: de donde se siguió haber luego en la Península
gran número de hebreos doctos en todo género de ciencias.
Rabi Izchaq Bar Baruq, cordobés i heredero de Moseh en la presidencia de
la academia de su patria, escribió una obra intitulada _Gaveta de
mercaderes_. El barcelonés Jehudah Ben Levi Barzili, insigne
jurisperito, compuso un _Ordenamiento de los contratos_ i otros libros.
Selomoh Ben Gabirol, nacido en Málaga i vecino de Zaragoza, escribió
varias obras poéticas i de filosofía moral. Tambien fueron mui
celebrados en aquellos tiempos Abraham Ben Mija Hanasi, gran astrónomo:
Rabi Izchaq, insigne médico i autor de un curioso libro sobre las
fiebres i Moseh Aben Hezra Ben Izchaq, poeta i músico escelentisimo. I
en tanto que los árabes dejaban en entera libertad de observar la lei de
Moisés á todos los muchos judíos que vivian en sus estados, los reyes de
Castilla en aquellos tiempos, se veian obligados de la necesidad á dejar
á estas gentes que morasen con quietud en sus tierras i señoríos; cosa
que llevaban mui pesadamente, no escarmentados aun de los frutos que
cogieron de sus cruelisimas persecuciones los monarcas godos. I así en
las Córtes i Concilio de Coyanza (hoi Valencia de don Juan), juntas por
órden del rei Fernando I.º de Castilla i Leon, se ordenó el año de 1050
por los obispos i magnates que ningun cristiano viviese en una misma
casa juntamente con judíos, ni comiese con ellos, conminando á los que
fueren contra tal disposicion con la pena de hacer penitencia pública
durante siete dias, i si reincidiesen en faltar á lo mandado, la pena
seria estar excomulgados en el espacio de un año, si eran nobles; i si
plebeyos, sufrir el castigo de cien azotes. Por donde se ve que el odio
en los reyes, obispos i magnates aun no se habia apagado, i que el
tolerar á los hebreos viviendo en su caduca lei, nacia del justo recelo
de que pasasen con sus haberes i riquezas á las vecinas tierras de
infieles, disminuyendo en las de cristianos la poblacion i las rentas
con grave daño de todos.
Pero no faltaron en este tiempo algunos insignes judíos que por
convencimiento recibiesen el agua del bautismo. Uno de ellos fué Rabi
Moseh, nacido en la ciudad de Huesca en 1062, el cual á los 44 años de
su edad fué bautizado en la iglesia de su patria, recibiendo los nombres
de Pedro i de Alfonso. De Pedro por haberse hecho la ceremonia en el dia
que celebra la iglesia el martirio del Apóstol San Pedro, i de Alfonso á
causa de haber tenido por padrino al rei don Alfonso VI en Leon i I.º
en Castilla.
Siguieron varios judíos de la academia cordobesa ilustrando á España con
sus obras en toda suerte de ciencias, tales como Abraham Aben Hezra,
filósofo, astrónomo, médico, poeta, gramático, cabalista, entre los de
su lei el mas sabio en la interpretacion de los libros sagrados é
inventor en fin del modo de dividir la esfera celeste por medio del
ecuador en dos partes iguales: Jehudah Levi Ben Saul, insigne poeta
cordobés i otros muchos cuyos nombres i cuyas obras están escritos en el
tomo I.º de la _Biblioteca española_[33] que ordenó don José Rodriguez
de Castro, i al cual remitimos á los lectores curiosos de saber mas
noticias literarias de los rabinos españoles en aquellos tiempos.
Por respeto al saber de los hebreos españoles, don Alfonso VIII, llamado
el Bueno, les concedió en el fuero de Cuenca derechos de ciudadanía,
conformes al uso, en aquella edad, é igualándolos en todo á los
cristianos. I de la protección dada á los judíos por este monarca nació
la fábula indecente de los amores que le atribuyen con una hermosa
hebrea, llamada Raquel, los cuales fueron el escándalo de España. Pero
estas son novelerias inventadas por el vulgo, no obstante que el sabio
rei don Alfonso X las estampase en la crónica general de España entre
otras consejas de la plebe que afean obra de estilo tan levantado i de
tanto mérito.
San Fernando siguió el ejemplo de su antecesor en el trono de Castilla,
i de modo alguno oprimió á los hebreos; i así cuando se apoderó de las
ciudades principales de Andalucía, concedió permiso á los rabinos que
tenian la academia en Córdoba para trasferirla á Toledo, por ser esta
ciudad el corazon de España, i porque desde ella se podia derramar con
mas facilidad por todos estos reinos el saber de los hombres mas doctos
que ilustraban aquellas escuelas.
Cuando el Santo Rei rindió la ciudad de Sevilla, los judíos que en ella
tenian sinagogas, salieron á recibirlo, i como muestra de sumision i
respeto pusieron en sus manos una llave de plata á trechos blanca i á
trechos dorada, en la cual escritas en lengua hebrea, se leen estas
palabras:
EL REI DE LOS REYES ABRIRÁ:
EL REI DE TODA LA TIERRA ENTRARÁ[34].
San Fernando dejó á los rabinos en posesion de la grande judería que
tenian en la ciudad de Sevilla con tal que le pagasen los mismos
tributos que ellos solian dar á los reyes moros. Cobradores del tributo
fueron nombrados el arzobispo, dean i cabildo para sustentar con lo que
rindiese, el ornato i culto en la santa iglesia; pero es cosa indudable
que los judíos llevaban mui pesadamente esta carga, puesto que por
alargar los plazos de su pago, dieron ocasion á que alborotada la
clerecía acudiese en queja al rei Alfonso XI en el año de 1327.
Disculpáronse los judíos con decir que el cabildo con sobra de codicia
pretendia mas dinero del que ellos debian entregar por el tributo. Al
fin este rei cometió la averiguacion de semejante asunto á su notario
mayor en los reinos de Castilla Fernand Martinez de Valladolid, i como
este en el mismo año pronunciase sentencia favorable á las pretensiones
del arzobispo, dean i cabildo de la santa iglesia de Sevilla, no
tuvieron los judíos mas arbitrio para salvarse de las penas con que
eran conminados, que satisfacer, desde el instante de llegar con la vida
á la edad de 16 años, tres maravedís anuales por su persona (i
adviértase que cada uno de estos maravedís equivalia á 10 dineros), que
en junto sumaban 30 dineros á que eran obligados desde el punto en que
San Fernando sacó del poder de moros la ciudad de Sevilla.
Su hijo don Alfonso X, á quien justamente da la fama el nombre de
_Sabio_, se sirvió para componer sus _Tablas_, de la ciencia de los mas
doctos judíos i árabes. En el prólogo de un antiquisimo códice de las
_Tablas Alfonsinas_ se leen estas curiosisimas palabras:--«Mandó el Rei
se juntasen Aben Rajel i Alquibicio, sus maestros de Toledo: Aben Musio
i Mahomat de Sevilla, i _Josef Aben Ali_ i _Jacobo Abvena_ de Córdoba i
otros mas de cincuenta que trajo de Gascuña i de París, con grandes
salarios, i mandóles traducir el Quadripartito de Ptolomeo, i juntar
libros de Mentesam i Algazel. Dióse este cuidado á _Samuel_ i _Jehudá_
el conheso alfaquí de Toledo, que se juntasen en el alcázar de Galiana,
i disputasen sobre el movimiento del firmamento i estrellas. Presidian,
cuando alli no estaba el Rei, Aben Rajel i Alquibicio. Tuvieron muchas
disputas desde el año de 1258 hasta el de 1262, i al cabo hicieron unas
tablas tan famosas como todos saben; i despues de haber hecho esta
grande obra i de haberles hecho muchas mercedes, los envió contentos á
sus tierras, dándoles franquezas, i que fuesen libres ellos i sus
descendientes de pechos, derechos i pedidos, de que hai cartas fechas en
Toledo á doce dias andados del mes de Mayo, era 1300[35].»
El rei don Alfonso X, agradecido sin duda á lo mucho que en servicio de
las letras de su reino habian trabajado con él los mas sabios rabinos,
confirmó á los judíos en sus antiguos derechos i prerogativas,
imponiendo gravisimas penas á todos cuantos fueren contra ellos i ellas.
Pero como tambien los hebreos andasen en su tiempo con sobra de libertad
i cometiesen varios delitos, les vedó en una de sus leyes de Partidas,
só pena de muerte i pérdida de sus haciendas, que no predicasen ni
convirtiesen á ningun cristiano[36]. Tambien ordenó que todos llevasen
una señal de paño encarnado en el hombro izquierdo para ser conocidos
por judíos, segun habia mandado Gregorio XI al obispo de Córdoba i segun
disposicion del Concilio Lateranense, conminando á los que no acatasen
esta lei con la pena de 10 maravedís de oro, i á falta de ellos con 10
azotes recibidos públicamente[37]: i además habló este rei _de sus
muchos yerros é cosas desaguisadas... entre los cristianos é las judías
é los judíos é las cristianas porque viven i moran de consuno en las
viellas_: dispuso que los cristianos no recibiesen medicina de manos de
los hebreos[38], ni que comiesen con ellos, ni que bebiesen del vino
que estos hacian, ni que entrasen juntos en un baño[39]. Al propio
tiempo por la lei 2.ª del título 24, en la partida 7.ª ordenó lo
siguiente:--«_E por que oimos decir_ que en algunos lugares los judíos
ficieron é facen el dia del Viernes Santo remembranza de la pasion de
nuestro Señor Jesucristo en manera de escarnio, furtando los niños et
poniéndolos en cruz é faciendo imágenes de cera, et crucificándolas,
cuando los niños non pueden haber, mandamos que, si fama fuere d'aquí
adelante que en algund lugar de nuestro señorío tal cosa sea fecha, _si
se pudiere averiguar_, que todos aquellos que se acertaron en aquel
fecho, _que sean presos et recabdados, et aduchos ante el rey, et
despues quel supiere la verdad_, débelos mandar matar abiltadamente
cuantos quier que sean. Otrosí defendemos que el dia del Viernes Santo
ningund judío non sea osado de salir de su barrio; mas que estén y
encerrados, fasta el sábado en la mañana; et si contra esto ficieren,
decimos que del daño ó de la deshonra que de los cristianos rescibieren
estonces non deben haber enmienda alguna.»
La disposicion hecha por don Alfonso X para dar el justo castigo á los
judíos que crucificaban á los niños en memoria de la pasion i muerte de
Jesucristo, está fundada en las patrañas que entonces corrian en las
lenguas de la supersticiosa i novelera plebe. Ni el mismo monarca que
mandó escribir esta lei estaba cierto en que los que observaban el rito
mosáico cometian tales desmanes; i esto se puede probar fácilmente con
solo ver aquellas palabras _é porque oimos decir_, i con la esclusion
de los magistrados para entender en las causas formadas á los autores de
este delito, puesto que los reos debian ser derechamente llevados á la
presencia del rei, para que este _despues que supiere la verdad_, los
condenase á morir vilmente. Si don Alfonso el Sabio estuviera cierto en
que tales acciones eran ejecutadas, hubiera hablado de ellas como de los
demás delitos, sin declarar en su lei que por haberlo oido decir mandaba
lo que mandaba, i sin cometer á ninguno la averiguacion del caso,
reservándola nada menos que á él i á los sucesores en la corona de los
reinos de Leon i de Castilla.
Estas crucificaciones hechas por los judíos en las personas de niños
inocentes, fueron tan solo fábulas inventadas por las viejezuelas
ignorantes con propósito de amedrentar á los chiquillos de condicion
desapacible i amigos de echarlo todo á ruido i vocería, i que anduviesen
en ciertas ocasiones metidos en pretina. Como el vulgo se paga de todo
lo peregrino i estravagante, dió en la tema de esparcir como acciones
que comunmente ejecutaban los judíos un tan bárbaro divertimiento; i de
aquí nació sin duda que á los oidos del rei don Alfonso el Sabio llegó
la fama de estas novelerías, i por no dejar sin la merecida pena á los
culpables, si acaso existian, habló de los autores de tales delitos en
la manera i forma que van sucintamente referidas.
Porque digan, si nó, los que aun pugnen por defender, como verdades, las
voces que sobre tales acciones de los judíos andaban de boca en boca por
el ciego é ignorante vulgo ¿cuál era el objeto de estos al ejecutar tan
bárbaras acciones? ¿Estaba escrito en los libros de su lei, que todos
los que observasen el rito mosáico eran obligados á conmemorar en los
Viernes Santos i de un modo tan bestial, la muerte que sus ascendientes
dieron á Jesucristo?
Esto es una patraña que hizo correr por las gentes la ociosidad, i el
odio i el desprecio de los cristianos españoles contra todos los
hebreos: i es igual en todo á aquella que aun corre por el vulgo,
pregonando que los judíos tienen rabo, porque como los sabios en su lei
eran llamados _rabís_, í de esta causa naciese darles el nombre de
rabinos, sin duda la plebe por ridiculizarlos, ó porque verdaderamente
creyese un tan grande absurdo, comenzó á derramar estas voces, que en sí
no tienen mas verdad que lo que va aquí declarado con respecto á los que
se daban á crucificar niños por conmemorar la pasion de Jesucristo.
I no imaginen los de la opinion contraria que echan por el suelo mis
argumentos con decir que está escrito en las leyes; porque sabido es que
los legisladores son hombres, i por tanto sujetos en todo á las miserias
humanas, i á dejarse llevar en sus determinaciones por los engaños de
falsos consejos, ó por error de sus entendimientos. Yo admiro en don
Alfonso el Sabio el varon mas eminente de su siglo i el monarca que mas
ha trabajado en favor de la cultura de sus vasallos en todo linaje de
artes i ciencias; pero no pudo con tan gran sabiduría ver muchas cosas
sin ojos apasionados i sin ser arrastrado en muchas de sus acciones por
la ignorancia vulgar en aquellos tiempos i aun en algunos de los siglos
que despues de ellos han corrido. En las mismas leyes en que señala el
castigo de los judíos de quienes se averiguase que crucificaban niños,
habla de las penas con que deberian ser oprimidos todos los que tuvieren
pacto con el diablo i fueren brujos i brujas[1].
Además de las citadas leyes hechas por don Alfonso contra los judíos i
puestas entre las encerradas en las Siete Partidas, ordenó en las del
Fuero Real que los hijos de cristianos no fuesen lactados por mujeres
judías, ni los hijos de judíos por mujeres cristianas.
Los reyes sus sucesores don Sancho el Bravo, don Fernando IV i don
Alfonso XI renovaron las citadas disposiciones contra los judíos: el
primero en las Córtes celebradas en Valladolid el año de 1293: el
segundo en las de Valladolid año de 1295 i en las de Medina del Campo
año de 1303: i el tercero en 1310 en la coleccion de leyes del estilo i
luego en el Ordenamiento de Alcalá.
En 1313 en el Concilio de Zamora, en 1322 en el de Valladolid, i en el
otro de Salamanca año de 1335 se dieron varias disposiciones contra los
judíos, i aunque don Pedro el I.º de Castilla mandó guardar, observar i
cumplir el citado Ordenamiento hecho por su padre don Alfonso en Alcalá,
les conservó contra las peticiones del reino juntó en Córtes en
Valladolid un juez ordinario para que los _oya é libre sus pleitos en lo
que taniere en lo cevil_, fundando tal disposicion en que eran
_astragados é pobres, é gente flaca é han menester defendimiento_.
Este favor i amparo que dió don Pedro á los judíos fué mui agradecido
por ellos, puesto que en todas las empresas que movió este
malaventurado monarca contra sus hermanos que andaban en rebelion
turbando el reino con guerras civiles, le ayudaron con dineros i aun en
algunas ocasiones con las armas. En 1355 varios caballeros de la
parcialidad de don Fadrique, maestre de Santiago, i de don Enrique,
conde de Trastamara, llevando á su cabeza á estos señores, se acercaron
á los muros de Toledo, ciudad que estaba declarada por el rei; i como un
amigo que tenian dentro les abriese con todo recato, i sin ser advertido
por los de dentro, una puerta, metióse aquella canalla en las calles de
Toledo, hicieron presa del Alcázar i de la Judería, que llamaban el
Alcana, donde dieron muerte á todos los judíos que en ella moraban (que
eran unos mil i doscientos entre hombres i mujeres) con propósito sin
duda de robarles las haciendas. De allí pasaron á la Judería mayor; pero
no con igual suceso, porque apercibidos los de dentro se pusieron en
defensa con grande bizarría; i luego con el favor de muchos caballeros
que tenian la voz del rei, hicieron retirar á los que llevaban la del
maestre.
En premio de esta accion concedió don Pedro á los judíos de Toledo
permiso para reedificar su sinagoga, en la cual pusieron una prolija
inscripcion en lengua hebrea, que por ser curiosa i convenir con lo que
llevo dicho, va trasladada aquí segun se lee traducida en una de las
obras de Frey Francisco de Rades i Andrada[40].
«_Ved el santuario que fué santificado en Israel i la casa que fabricó
Samuel, i la torre de palo para leer la lei escrita i las leyes
ordenadas por Dios i compuestas para alumbrar los entendimientos de los
que buscan la perfeccion._
_Esta es la fortaleza de las letras perfectas: i los dichos i obras que
hicieron cerca de Dios para congregar los pueblos que vienen ante las
puertas á oir la lei de Dios en esta casa._
Las misericordias que Dios quiso hacer con nosotros, levantando entre
nos jueces i príncipes para librarnos de nuestros enemigos i
angustiadores, no habiendo rei en Israel que nos pudiese librar, despues
del último cautiverio de Dios, que tercera vez fué levantado por Dios en
Israel, derramámonos unos á esta tierra i otros á diversas partes, donde
están ellos deseando su tierra i nosotros la nuestra. I nosotros los de
esta tierra fabricamos esta casa con brazo fuerte i poder alto. Aquel
dia que fué fabricada, fué grande i agradable para los judíos: los
cuales por la fama de esto vinieron de los fines de la tierra para ver
si habia algun remedio para levantarse algun señor sobre nosotros, que
fuese para nosotros como torre de fortaleza con perfeccion de
entendimiento, para gobernar nuestra república. No se halló tal cosa
entre los que estábamos en esta parte; mas levantóse entre nosotros en
nuestra ayuda Samuel, i fué Dios con él i con nosotros, i halló gracia i
misericordia para nosotros. Era hombre de pelea i de paz, poderoso en
todos los pueblos i gran fabricador. Aconteció esto en los tiempos del
rei don Pedro. Sea Dios en su ayuda, engrandezca su estado, prospérele
i ensálzele i ponga su silla sobre todos los príncipes. Dios sea con él
i con toda su casa, i todo hombre se humille á él, i los grandes i
fuertes que hubiere en la tierra le conozcan, i todos aquellos que
oyeren su nombre se gocen de oirle en todos los reinos i sea manifiesto
que él es hecho el amparo i defendedor de Israel.
Con su amparo i licencia determinamos fabricar este templo. Paz sea con
él y con toda su generacion, i alivio en todo su trabajo. Ahora nos
libró Dios del poder de nuestro cautiverio: no llegó á nosotros otro tal
refugio. Hicimos esta fábrica con el consejo de nuestros sabios. Fué la
gran misericordia de Dios con nosotros. Alumbrónos i encaminónos don
Rabí Myir: su memoria sea en bendicion. Fué nacido este para que fuese á
nuestro pueblo como tesoro, porque antes de esto los nuestros tenian
cada dia la pelea á la puerta. Dió este hombre santo tal soltura i
alivio á los pobres que no fué hecha igual en los dias primeros ni en
los años antiguos. No fué este profeta sino de la mano de Dios: hombre
justo i que anduvo en perfeccion. Era uno de los temerosos de Dios i de
los que cuidaban en su santo nombre. Sobre todo esto añadió que quiso
fabricar esta casa de oracion para nombre i fama del Dios de Israel.
Esta es la casa de fiesta para los que desean saber nuestra lei i buscar
á Dios. Comenzó á fabricar esta casa i su morada, i acabóla en mui buen
año para Israel. Dios acrecentó mil i ciento de los suyos, despues que
para él fué fabricada esta casa: los cuales fueron hombres grandes i
poderosos para que con mano fuerte i poder alto se sustentase esta casa.
No se hallaba gente en los cantones del mundo que fuese antes de esto
menos prevalecida. Mas ¡ah Señor Dios nuestro! siendo tu nombre fuerte i
poderoso quisiste que acabásemos esta casa para bien en dias buenos i
años hermosos, para que prevaleciese tu nombre en ella, i la fama de los
fabricadores fuese sonada en todo el mundo, i se dijese:--ESTA ES LA
CASA DE ORACION QUE FABRICARON TUS SIERVOS PARA INVOCAR EN ELLA EL
NOMBRE DE DIOS SU REDENTOR.»
Por esta inscripcion se viene en conocimiento de que el rei don Pedro
por consejos de su grande amigo Samuel Levi consintió en que los judíos
levantasen nueva sinagoga en Toledo: cosa que no hubieran podido hacer
sin consentimiento del rei de Castilla, puesto que les estaba vedado
fabricar tales edificios, i solo permitido reparar los antiguos, para
que se fuesen sustentando, sin llegar el caso de caer por tierra. La
prueba i grande de lo mucho que el rei don Pedro favoreció á los judios
se encuentra en aquellas palabras de la citada inscripcion que dicen
asi:--_Sea Dios en su ayuda, engrandezca tu estado: prospérele i
ensálzele, i ponga su silla sobre todos los príncipes. Dios sea con él;
i los grandes i fuertes que hubiere en la tierra le conozcan, i todos
aquellos que oyeren su nombre se gocen de oirle en todos los reinos, i
sea manifiesto que él es hecho el amparo i defendedor de Israel._
En tiempos del rei don Pedro floreció en España el sabio judío Rabí don
Santo, llamado de Carrion por ser nacido en Carrion de los Condes, villa
de Castilla la Vieja. Fué gran trovador i filósofo moral. Hai quien dice
que abjuró el judaismo i que fué luego buen cristiano; pero otros ponen
duda en esto, citando la primera estrofa de su libro, intitulado
_Consejos i documentos del judio Rabbí don Santo al rei don Pedro_: los
cuales compuso en su vejez:
«Señor noble, rrei alto,
oyd este sermón
que vos dise don santo
judío de carrion.»
Parece que este ingenio no fué mui favorecido del rei don Pedro, como se
prueba de los siguientes versos, puestos en su citada obra:
«Por nascer en espino
la rosa, ya non siento
que pierde, ni el buen vino
por salir del sarmiento.
Nin vale el azor menos,
porque en vil nido siga,
nin los ejemplos buenos,
porque judío los diga.
. . .
Cá non só para menos
que otros de mi ley
que ovieron muchos buenos
donadíos del rey.»
Pero es cosa averiguada que Rabí don Santo fué convertido á la fe de
Cristo; puesto que escribió en verso una _Doctrina cristiana_, en cuyo
principio se leen estos versos:
«A la virgen escelente
servirás devotamente
con glorïoso presente.
Esta es madre de Dios
que ruega siempre por nos.»
También compuso Rabí don Santo un poema intitulado _La danza general de
la muerte, en que entran todos los estados de gentes_: el cual con las
demás obras citadas existe MS. en la biblioteca escurialense.
El rei don Enrique II en las Córtes de Toro año de 1371 dispuso que
además de llevar los judíos una señal para ser conocidos[41], se
abstuviesen todos los observantes de la lei de Moisés de usar los
nombres que solían tener los cristianos. Tambien declaró que sus
testimonios en las causas que se formaren contra estos, no fueren de
ningun valor i efecto.
Don Juan I.º tambien puso la mano en dar providencias para cortar el
vuelo á la demasiada libertad que en sus tierras tenian los judíos; i á
mas de confirmar las determinaciones de sus antecesores contra ellos en
las Córtes de Soria i de Briviesca, ordenó en las de Valladolid,
celebradas en 1388, que en los libros del Talmud se borrasen ciertas
imprecaciones, conjuros, blasfemias i maldiciones contra los cristianos
i contra la fe de Cristo i que fuesen castigados con todo rigor cuantos
las profirieran.
Andaba en este tiempo por la corte del rei un judío á quien unos llaman
_don Juzaf Pichon_, i otros _don Jucaf Picho_: el cual era tenido por
hombre honrado á toda lei, i cuyos muchos i buenos servicios lo llevaron
al cargo de almojarife i contador mayor de don Enrique II. Es fama que
algunos envidiosos tenian con él enemiga, sin duda por verlo en tal
estado i tan valido de aquel monarca; i así los que le querian mal, que
eran muchos de los judíos mayores de las aljamas, determinaron para que
feneciese la privanza de don Juzaf acusarlo de no sé qué delitos ante el
rei de Castilla: los cuales, aunque fingidos, fueron bien probados; i
así se vió don Enrique en el caso de administrar justicia, posponiendo
el amor que la lealtad de este honrado judío probada en el largo curso
de muchos años, habia encendido en su corazón. Por eso luchando entre el
agradecimiento i la justicia que de él se esperala i se temia, ordenó
que fuese preso don Juzaf; i visto que los delitos, de que era este
judío acusado, llamaban un rigoroso castigo, impúsole la pena de
satisfacer á su corona la cantidad de cuarenta mil doblas, las cuales
fueron pagadas en el término de veinte dias.
Luego que cobró don Juzaf la libertad empezó á quejarse de todos
aquellos que con torcida intención i fuera de justicia lo habían llevado
ante el rei, acumulándole varios delitos i destruyendo el valimiento que
por sus muchos i escelentes servicios habia logrado cerca de la persona
de don Enrique. «¿Hasta cuando, decia, andará la verdad desterrada de
las córtes i palacios de los reyes? ¿Hasta cuando no irá en compañía de
la virtud encaminando los pasos de los mortales, i rigiéndolos
constantemente en las grandes i aun en las mas pequeñas de sus acciones?
¿Hasta cuando la honra ha de estar sujeta á las emponzoñadas lenguas de
los malos: áspides ocultos con las apariencias de hombres: hambrientos i
astutos zorro: tigres siempre dispuestos á devorar las reputaciones de
los buenos? ¿I hasta cuando, en fin, las gentes darán oidos á sus
palabras mas falsas que el lloro del cocodrilo, ó que el canto de las
sirenas? Pero, ¡ai desdichado de mí, en mala hora nacido! ¿Cómo han de
dar honra los que están deshonrados, i cómo las gentes sabrán distinguir
la verdad de la mentira, si ellos no pueden dar lo que no tienen, i
ellas ponen francas las puertas de sus entendimientos para creer todo lo
malo i engañoso, i las cierran cuando ven asomarse las luces de la
verdad. ¡Oh, cuán ciega i flaca es la razon humana, tan fácil para el
engaño i la vileza, tan difícil para la justicia! En donde vuelvo los
ojos, no encuentro mas que enemigos, i hasta la sombra que hace mi
cuerpo me amedrenta. Si tanto padezco inocente, ¿qué seria de mí si
hubiera entrado en mi corazón la culpa? Quizá las gentes me estimarian
en mas, i la envidia ó no me persiguiera ó me persiguiera menos. Pero no
quiero desear á los malos su ventura; pues aunque siendo perverso, las
gentes no me envidiáran i persiguieran, entonces yo dentro de mí
hablaria mal de mis acciones, i yo mismo seria mi mayor contrario,
teniendo el pesar de que este nuevo censurador de mis torcidos pasos
caminaba ajustado á la verdad, cuando en los que me son adversos no
encuentro hoi mas que el engaño, i los rencores de la envidia. I así
entre dos desdichas, mas me conviene tener por contrarios á otros que
tenerme por enemigo.»
Pero el odio de los judíos contra don Juzaf Pichon no se mitigó con el
castigo que le dió el rei Enrique II; i así luego que pasó á mejor vida
este monarca, fueron á su hijo i sucesor en la corona don Juan I.º de
Castilla que estaba en Burgos con el reino junto en Córtes, i le
pidieron un _albalá_ para el alguacil Fernan Martin con órden de que
diese muerte á aquel que le fuese señalado como _malsin_. I esto decian
al rei, trayendo argumentos con que mostrarle ser costumbre mui recibida
de los judíos matar á algunos hombres de poco valor i de mui mala
condicion que solia haber entre ellos: los cuales eran _malsines_, i
turbaban con sus lenguas la paz de las juderías, levantando rencores i
enemigas entre unos i otros, i dando ocasión á muchos desastres é
inquietudes. Don Juan I.º oyó la demanda de boca de los judíos; i como
estaba ocupado en enterarse de los negocios del estado, i en lo que se
trabajaba en las Cortes, i era al fin rei nuevo, no paró su
consideracion en lo que de él se solicitaba, i así sin saber lo que
hacia, dió el _albalá_ para que su alguacil dispusiese la muerte de los
acusados de _malsines_.
Luego que los que ganaron tal privilegio se vieron con la cartas del
rei, solicitaron otra de los judíos que regian i gobernaban las aljamas
del reino, en que se ordenase al alguacil Fernan Martin la muerte de don
Juzaf Pichon[42]. Ejecutada esta el dia 21 de Agosto de 1379, llegó á
oidos del rei juntamente con las quejas de los caballeros del reino que
estaban sumamente maravillados i ofendidos con un hecho tan injusto;
pues que á todos eran notorias las virtudes i honra de don Juzaf Pichon,
judío estimadisimo de los mismos cristianos por los muchos i buenos
servicios que habia ejecutado en vida de don Enrique II.
El rei don Juan I.º alborotóse con la vileza de los judíos cómplices en
tal infamia; i asi dispuso que don Zulema i don Zag, que dieron órden de
matar á don Juzaf Pichon, fuesen muertos públicamente, i al alguacil
quiso castigar con igual pena; pero los caballeros del reino
intercedieron por él, representando que fué dirigido en su acción por el
_albalá_ que dió el mismo rei, i por los engaños de los judios; i que en
obedecer lo mandado no habia culpa de ningún linaje. Alguna fuerza
hicieron en el ánimo de don Juan estas razones, i por ellas mandó
suspender la ejecucion del castigo de Fernan Martin, reduciéndolo nada
mas que á la pérdida de una mano, cortada públicamente por la del
verdugo. También recibieron la muerte los judíos que solicitaron del rei
el _albalá_, encubriendo el nombre de la persona contra quien se iba á
dirigir i un merino de la judería de Burgos sufrió igual castigo por
cómplice en el trágico suceso de don Juzaf.
No se mitigó la cólera en el rei contra aquellos que tan villanamente lo
habian engañado; i así dispuso que jamás pudiesen hacer justicia de
sangre en ninguno de los de su lei; privilegio de que hasta entonces
habian gozado las aljamas de los reinos de Leon i de Castilla.
I dejando en este punto las tragedias i malas venturas de los judíos,
nacidas de la alevosa muerte que ellos dieron á don Juzaf Pichon, hombre
mui estimado del rei, de la flor de la nobleza española i aun de la
plebe, no me parece fuera de razon dar algunas muestras del ingenio i
arte en componer versos de varios hebreos que vivian por los reinos de
Castilla en tiempos de don Enrique II, don Juan I.º, don Enrique III, i
don Juan II. Tales cantares i decires (que van trasladados en pos de
estos borrones), se leen en el _Cancionero que fizo é ordenó é compuso
el judino Juan Alfon de Baena, escribano[43] del muy alto é muy noble
rey de Castilla don Juan nuestro señor_. Este libro fué formado para
divertimiento del rei, de la reina doña Maria, del principe don Enrique
i de las damas i señores i caballeros de la córte, i pára MS. en la
biblioteca del Escorial. Aunque de todos los ingenios de que hai
composiciones en este cancionero, el mas moderno es Juan de Baena,
merece por ordenador de la obra el lugar primero en las muestras que voi
á dar del arte que tenian los poetas judíos moradores de estas tierras
en aquella edad: de los cuales unos aun guardaban la lei de Moisés, i
otros ya la habian abjurado. De los demás ingenios cuyas obras se leen
en el libro de Juan Alfonso de Baena, judío converso, nada diré porque
eran cristianos todos, i venian tambien de padres cristianos. I asi solo
daré noticia de los ingenios judios, á pesar de que no es grande el
mérito de sus obras, dejando á parte el tiempo en que fueron escritas,
olvidando que la lengua castellana aun no habia llegado á ser perfecta,
i que los escritores pugnaban por desterrar de ella la rusticidad de los
vocablos, i por levantar i atildar el estilo.
=A la muerte del rei don Enrique III
en Toledo.=--_Decir de Juan Alfonso de Baena._
El sol innocente con mucho quebranto
Dejaba á la luna con sus dos estrellas:
A muchos señores é dueñas, é doncellas,
Por ser fallescido, los puso en espanto;
Por ende, señores faciendo grant llanto
En altos clamores le demos querellas
A Dios é la Vírgen: lanzando centellas,
Con grandes gemidos fagamos su planto.
La reina mui alta, plañiendo sus ojos,
De lágrimas cubra su noble regazo:
Las otras doncellas se fagan retazo
Los rostros é manos; é tomen enojos,
Las sus vias sean por sendas de abrojos
Vestidas con luto de roto pedazo:
Las dueñas ancianas la tomen de brazo,
E lloren con ella de preces é innojos.
Con bos perentoria el gentil infante,
Alce su grito en son razonable:
Con bos acesoria el grant condestable
Con lloro perfeto se muestre pensante:
En pos de los dichos el noble almirante
Luego responda con bos espantable;
E Diego Lopez con bos onorable
E Juan de Velasco diciendo adelante.
Los nobles maestres en l'Andalusia
Fagan su llanto mui fuerte sobejo,
E digan: amigos, saved que el espejo
De toda Castilla que bien relucia,
E tantas mercedes á todos facia,
Vos es fallescido é tomen consejo,
Juntando comunes de cada concejo;
E llore con ellos la grand cleresía.
Los otros señores asaz de Castilla,
Llorando mui fuerte se llamen cuitados,
Vasallos, hidalgos, obispos, letrados,
Doctores, alcaldes con pura mancilla:
Aquestos con otros, llamándome sylla
E guayen donseles sus lindos criados;
Pues quedan amargos de lloros bastados,
Con mucha tristura irá esta quadrilla.
Fagan grand llanto los sus contadores:
Con ellos consistan los sus tesoreros,
Porteros é guardas, é sus despenseros.
Con estos reclamen sus recabdadores,
Maestres de sala i aposentadores:
E otrosi lloren los sus camareros:
Tambien eso mismo los sus reposteros
Destrados de plata, é sus tañedores.
En fin de razones, con poco consuelo
Todos los dichos farán su devisa
De xergas é sogas, tambien de otra syssa
Cabellos e barbas lanzar por el suelo,
Alzando clamores cubiertos de duelo,
Por ser mal logrado segunt la pesquisa
El rei virtuoso de mui alta guisa:
Los lloros é llantos traspasen el cielo.
Agora, señores, del rei que de viso
Fué maravilloso el su finamento;
Pues fué en el dia de su nascimiento
Del fijo de Dios que está en paraiso,
El cual rescibiólo con placer é riso
Con gesto amoroso, segunt que yo siento:
De todo él ovo buen merescimiento.
Dios le dé gloria pues que así lo quiso.
En el mismo cancionero se lee la siguiente composicion hecha por el
judío don Mossé, cirujano de Enrique III, cuando nació el príncipe don
Juan, que luego fué rei en Castilla, segundo de su nombre.
Una estrella es nascida
en Castilla reluciente:
con placer toda la gente
roguemos por la su vida.
De Dios fué mui venturoso
aquel dia sin dubdanza
en cobrar tal alegranza
deste rei tan poderoso:
por merced del pavoroso
este gran señor cobraste,
Castilla, que deseaste
noble rei é generoso.
De reyes de tal natura
cïerto en toda partida,
de realeza complida
non nasció tal criatura.
Con beldad é fermosura
non es visto en lo poblado,
nin tan bien aventurado.
¡Dios le dé buena ventura!
N' Aragon i Catalueña
tenderá la su espada,
con la su real mesnada:
Navarra con la Gascueña
tremerá con gran vergüeña
el reino de Portugal
é Granada otro que tal
fasta allende la Cerdeña.
Salga el leon que estaba encogido
En la cueva pobre de la grand llanura:
Mire florestas, vergeles, verdura,
Muestre su gesto mui esclarecido.
Abra su boca é dé gran bramido
Así que se espanten cuantos oyrán
La bos temerosa del alto soldan;
E gose del trono de ques proveido.
El águila estraña trasmude su nido
E pase los puertos de la grant friura,
Del valle rompiendo la grant espesura
Asiente en la casa del fuego escondido:
Visite el grant poyo enfortalecido
Vuele en los campos é selvas del pan:
Coma en la mesa do comen y estan
Millares de bocas sin cuento sabido.
En la medianía del valle partido
More algun tiempo, que es breña segura.
Corra los montes con gran ladradura.
Esta composicion, segun se mira, está por fenecer. De su lectura se
viene en conocimiento de lo bien que sabia escribir don Mossé en versos
de arte mayor, porque hasta en estos parece que es mas levantado su
estilo i mas perfecto su lenguaje. Lástima es en verdad que no tengamos
otras obras del mismo autor i hechas en el mismo género de verso. Pero
consuélennos de su falta la siguiente cántiga de Pero Ferrus para los
rabíes de Alcalá, i la respuesta de los rabíes de Alcalá á Pero Ferrus.
=Cántiga.=
Con tristeza é con enojos
que tengo de mi fortuna
non pueden dormir mis ojos
de veinte noches la una.
Mas desque á Alcalá llegué,
luego dormí é folgué
como los niños en cuna.
Entre las sinagogas amas
estó bien aposentado
dó me dan muy buenas camas
é placer é agasajado.
Mas cuando viene el alva,
un rabí de una grant barba
oygolo al mi diestro lado.
Mucho en antes que todos
viene un grant judío tuerto,
que en medio de aquesos lodos
el diablo lo hubiese muerto;
que con sus grandes bramidos
ya querrian mis oidos
estar allende del puerto.
Rabí Yehuda el tercero,
dó posa Tello mi fijo
los puntos de su gargüero
mas menudos son que mijo.
E temo que los baladros
de todos tres ayuntados
derribarian un cortijo.
=Respuesta de los rabíes.=
Los rabies nos juntamos,
don Ferrus, á responder
é la respuesta que damos
queredla bien entender.
E desimos que es probado
que non dura en un estado
riqueza nin menester.
Pues alegrad vuestra cara,
e parad de vos tristesa:
á vuestra lengua juglara
non le dedes tal provesa.
E aun credo en Adonay
que él vos sanará de ahí
e vos dará gran riquesa.
El pueblo é los hasanes
con quien nos aquí ayuntamos
con todos nuestros afanes
en el Dios siempre esperamos:
con mui buena devocion
que nos lleve á remision;
porque seguros vivamos.
Venimos la madrugada
yuntados en gran tropel
á faser la matinada
al Dios Santo de Israel:
en tal son, como vos vedes,
que jamás non oiredes
rui-señores en verjel.
En el mismo cancionero se encuentran siete octavas compuestas por
Alfonso Alvarez de Villasandino, poeta insigne en aquel tiempo,
dirigidas contra Alfonso Ferrandez Samuel, _el mas donoso loco que ovo
en el mundo_; el cual cuando mozo era hombre de vida airada i mui dado á
todo linaje de placeres i divertimientos, i cuando viejo atrevido en
gran manera, i sumamente desvergonzado i estravagante en sus modos de
vivir. De edad de cuarenta años abjuró la lei de Moisés, i de sesenta
pasó á mejor vida. Alfonso Alvarez Villasandino se burla grandemente de
las disposiciones testamentarias que dejó ordenadas antes de su muerte,
algunas de las cuales van declaradas en los siguientes versos.
Manda á la Trenidat
un cornado de los nuevos:
á la Cruzada dos huevos
en señal de cristiandat.
E por mayor caridat
manda cien maravedis
para judíos, avis
que no labren en sabat.
Si moriere oi ó cras
manda su opa la blanca
que la den en Salamanca
ó aquí á alguns ssamas
porque l' rece en el homas
é le canten con buen son
una huyna un psimon
bien plañidos por compas.
De su asno é sus fardeles
é de su opa de seda
manda faser almoneda
para dar á los donseles;
porque non le sean crueles,
aunque otro los aconseje
nin lo traiga como á ereje
arrastrando con cordeles.
Fase su testamentario
para cumplir todo aquesto
un judío de buen gesto
que llaman Jacob Cydario.
. . .
Todos los poetas aquí nombrados abjuraron el judaismo, i no solo ellos,
sino muchisimos de su lei; i esto no fue obra de la verdad i de la
razon, sino del miedo á la plebe que dió en amotinarse contra las
juderías para con capa de devocion i piedad, matar á sus habitadores i
hacer mui buenas presas en sus haberes i haciendas. El andar tan sobre
sí el pueblo en daño de los malaventurados judíos nació de las
predicaciones que hacia el arcediano de Ecija en Sevilla don Fernando
Martinez, en las cuales hablaba de las usuras que para mal de los
cristianos llevaban en sus préstamos i ventas al fiado; i por último se
servia de tan vivos colores al pintar las maldades de los observantes
del rito mosáico, que muchos de la plebe, siempre novelera, viendo en la
destruccion de estos un acto de piedad i un servicio hecho al Dios
crucificado, los mataban en las calles sin temor i vergüenza, i con
entera libertad. Llegaron las nuevas de estos desmanes al rei don Juan
I.º, el cual no halló otro arbitrio para poner freno á aquella canalla
bulliciosa que enviar cartas al dean i cabildo de la Santa Iglesia,
encareciéndoles la necesidad de meter en pretina al arcediano don
Fernando Martinez, autor con sus palabras tan fuera de razon i cordura,
de aquellos males i alteraciones. _Ca aunque su celo es santo é bueno,
débese mirar que con sus sermones é pláticas non conmueva al pueblo
contra los judíos, cá aunque son malos é perversos están debajo de mi
amparo é real poderío, é non deben ser agraviados; si non castigar por
términos de justicia en lo que delinquieren, é yo así lo mandaré
facer[44]._
No bien murió don Juan I.º en 1390, i ocupó el trono de Castilla su hijo
i sucesor don Enrique III, volvió el arcediano de Ecija á predicar
contra los judíos, roto ya el freno i respeto con que en vida de aquel
rei, bien á su pesar, habia sido oprimido; i así predicando en los mas
públicos i frecuentados parajes en Sevilla, irritaba á la plebe
poniéndole delante de los ojos la miseria del pueblo i la riqueza de los
que guardaban la lei de Moisés, i atribuyendo á la codicia de estos los
males que padecian los cristianos, i así es fama que les dirigia
discursos semejantes á este: «Oh gentes infelices i para siempre
desdichadas, ¿quién podrá remediar vuestras desdichas é infelicidades?
¿Veis la hambre que oprime con tanta fiereza á vosotros i á vuestras
mujeres i á vuestros hijos? pues jamás será mitigada, jamás rompereis
las cadenas que con todo vigor i fuerza os amarran á la miseria: jamás
gustareis los dulcisimos regalos que la inconstante fortuna suele
ofrecer á los mortales. ¡Ai pueblo solamente para el mal nacido! La
hambre te acosa, i no encontrarás dineros para remediarla, porque los
pocos con que vas pasando menos trabajosamente las amarguras de la vida,
se sepultan para siempre en las ferradas i escondidas arcas de los
judíos. Estos son los enemigos constantes del nombre de Cristo: estos
los que imaginan borrarlo de la haz de la tierra: estos los que
procuran, por todos los caminos que se presentan á sus ojos, la
destruccion del pueblo cristiano. ¡Generacion infeliz! tú vas á
desaparecer de la tierra, dejando á tus hijos sujetos á la cautividad
de aquellos que no dudaron en crucificar á su Dios! ¿Qué amor, qué
piedad, qué regalo podrán esperar de estos tan crueles verdugos?
¡Maldita sea la hora en que tales viboras comenzaron á habitar entre
nosotros! ¡Maldito el instante en que consentimos los nidos de estas
aves de rapiña cerca de nuestras casas; porque así todo cuanto nos
roban, con mas facilidad esconden de nuestras miradas! Despierten ya los
mal aconsejados pastores que permiten á los lobos vivir en compañía de
las ovejas. Despierten á los ladridos de los leales canes, porque el
rebaño va á ser devorado sin remedio. Pero ¿cómo han de despertar los
que están dormidos en el profundo sueño de una ciega confianza? Ya no
pueden amedrentar á los lobos carniceros las piedras diestramente
despedidas de las hondas, porque las manos de los pastores están
derribadas por el suelo. Los arcos tienen rotas las cuerdas, las puntas
aceradas de las flechas están vestidas de orin: los perros que guardan
el rebaño son pocos para el número de las fieras. ¡Ay desdichados
corderos! ¿qué será de vosotros si no sacais fuerzas de flaqueza i no
procurais defenderos de vuestros iracundos i feroces enemigos?»
Irritado el pueblo con las predicaciones del arcediano don Fernando
Martinez, volvió todo su encono contra los judíos, i comenzó á llenar de
oprobios públicamente á aquellos que tenian nombre de mui avaros i de
mui poderosos por sus grandes riquezas. Castigar estos escesos de la
plebe quisieron el alguacil mayor de Sevilla don Alvar Perez de Guzman i
los dos alcaldes Rui Perez de Esquivel i Fernan Arias de Quadros, i para
ello prendieron á varios del pueblo, cabezas en aquellos desmanes, i
mandaron azotar á dos públicamente el miércoles de ceniza dia 15 de
Marzo del año de 1391. Pero enfurecida la canalla con este justo
castigo, se puso en sedicion con propósito firme de estorbar á todo
trance que fuese ejecutado. El alguacil mayor i el conde de Niebla
intentaron vanamente sosegar el tumulto con las mejores razones que les
venian al pensamiento, en tanto que la plebe, mas soberbia con los
ruegos apedreó á los que llevaban á los castigados, los sacó de sus
manos, i los metió en la Catedral. Volvió luego su furor contra las
juderías, entró en ellas, comenzó á herir i matar cuantos hombres, niños
i mujeres se ponian delante de sus ojos, i aun tambien de los que se
recataban: hacia presa de las joyas i dineros que hallaba en las casas,
i despedazaba en fin lodo aquello que era de judíos. La justicia de
Sevilla con el auxilio de la nobleza acudió á defender á los mezquinos
hebreos, logrando salvar las vidas de casi todos, i rescatar algo de lo
mucho que la desbocada i feroz canalla habia cogido entre sus garras.
Sosegado el tumulto, imaginaron los alcaldes mayores que de penar á los
muchos culpados en aquel acto inhumano, naceria irritarse otra vez los
mal contentos i codiciosos aun de las haciendas de los malaventurados
judíos i poner á la ciudad en un aprieto todavia mas cruel que el
pasado.
Por eso determinaron publicar un perdon para los autores de estos
delitos, en tanto que los míseros judíos amedrentados con el popular
tumulto, i temerosos de las iras de la plebe, no se determinaban á salir
á las calles, i ya pensaban en cristianarse para salvar las vidas i
haciendas del odio i de la ambicion del pueblo.
Orgulloso el arcediano con el fruto de sus razonamientos, i viendo lo
sobre sí que andaban las gentes plebeyas con la impunidad del suceso
pasado, es fama que el domingo 9 de Julio del mismo año de 1391 predicó
nuevamente contra los judíos pintando su avaricia con los mas vivos
colores, i levantando á las nubes los daños que amenazaban á los
cristianos con tolerar que estos enemigos del nombre de Cristo viviesen
con toda libertad en su lei dentro de las ciudades de Castilla.
El pueblo, alentado por una parte con la codicia de apoderarse de las
haciendas de los judíos, i por otra viendo en ellos las zarzas, ortigas
i abrojos que suelen crecer entre los sembrados para llevarse toda la
sustancia de su madre la tierra, dejándolos sin el mas pequeño
mantenimiento espuestos á ser consumidos i abrasados por los rayos del
sol, i sin vigor i fuerzas para resistir el empuje del viento airado,
alborotóse otra vez i corrió á las juderías, resuelto á esterminar á
todos los israelitas que en ellas nacieron, i que en ellas moraban.
Cuatro mil judíos rindieron las vidas á los filos de las espadas de esta
bárbara gente, indigna de llevar el nombre de cristiana. Los que
escaparon con pequeñas heridas ó sin ninguna del insolente tumulto de
aquella canalla desenfrenada, cristianáronse al punto temerosos de sus
iras, i escarmentados con los dos pasados motines. I este fué el modo de
que se sirvieron algunos malos cristianos para hacer que entrase en los
entendimientos de los judíos la verdad de la fe; i como todo fué obra de
la fuerza i del miedo, no corrió mucho tiempo sin que ellos
prevaricasen, cosa mui conforme á la razon, porque no creo yo que
ninguno puede amar la verdad, si para que sea conocida de él, apelan sus
contrarios á las armas, al terror, á la sangre i al fuego. Estos medios
que suelen emplear los tiranos de la tierra para conservar su poderio ó
para conseguir con la celeridad del rayo los propósitos que nacen en sus
entendimientos, son para mal de los pueblos por algunos años; pero luego
se truecan en armas que sirven para la destruccion i el esterminio de
los mismos tiranos que las usaron, i esta es una verdad de que están
llenas las historias.
A las nuevas de lo hecho por la plebe sevillana alborotóse la de
Córdoba, la de Toledo, la de Zaragoza, la de Valencia, la de Barcelona,
la de Lérida i de otras muchas ciudades. El rei Enrique III envió varias
cartas á los alcaldes de todas ellas ordenándoles que de ningun modo
consintiesen en aquellas maldades, hechas tan en daño de los infelices
hebreos; pero ni las ciudades, ni las villas, ni los caballeros hacian
caso de las cédulas reales. El pueblo estaba mui sobre aviso, i con
sobra de altivez, visto el buen suceso que habia logrado de sus
alborotos, sediciones i matanzas.
Disimuló don Enrique el enojo que tenia de ver tan sin fruto sus
disposiciones desde el año de 1391 hasta el de 1395, en el cual
determinó bajar desde Ségovia á Andalucia para castigar á los autores de
los pasados alborotos. Entró en Sevilla el día 13 de Diciembre, i en el
mismo dia hizo prender al arcediano de Ecija don Fernando Martinez,
porque con sus predicaciones habia puesto en sedicion al pueblo contra
los judíos.
El maestro Gil Gonzalez de Avila[45] hablando del arcediano dice que el
rei _castigólo, porque ninguno con apariencia de piedad entendiese
levantar el pueblo_. Cuál fué el castigo que recibió este varon, es de
todos los historiadores ignorado. Zúñiga afirma que _acabó su vida años
adelante con gran opinion de sólida virtud_.
En cuanto al objeto de los tumultos de la plebe contra los judios, está
declarado en la crónica que de Enrique III dejó compuesta el insigne
caballero Pero Lopez de Ayala, según se verá por las siguientes
palabras: _E todo esto fué cobdicia de robar, mas que devocion_.
Ya en aquellos tiempos andaba por España un famoso judío llamado
Jehosuah Halorqi, nacido en Lorca el año de 1350 segun se cree, insigne
talmudista, uno de los principales maestros en la lei de Moisés, i
hombre mui docto en el estudio de la medicina. Abjuró el judaismo, i al
cristianarse tomó el nombre de Gerónimo de Santa Fe: cosa que no
llevaron con paciencia los hebreos españoles, antes tuvieron gran
pesadumbre i enojo al ver que declaraba vanos sus ritos un tan sabio
varon en las sagradas letras; i asi por escarnio solian desde entonces
llamar á Halorqi el _Blasfemador_.
No falta quien diga que la conversion de este judío á la fe de Cristo,
fué conseguida por las predicaciones de San Vicente Ferrer, que ya
corria en tal sazon por las ciudades de España, destruyendo la lei de
Moisés no con discursos que incitasen á los pueblos á motines i
sediciones contra los malaventurados judíos, como solia hacer el famoso
arcediano de Ecija en Sevilla, sino llevándolos al camino de la verdad
por buenas palabras, por vivas i apretadas razones, i por pláticas
cortadas á la medida del Evangelio.
Por la fama que en todos estos reinos i aun en los estraños consiguió
Gerónimo de Santa Fe, i por el crédito i concepto que tenia de varon
sabio aun en las mas escondidas ciencias, mereció que el anti-papa
español Pedro de Luna (que queria gobernar la Iglesia desde Aviñon con
el nombre de Benito XIII) lo llamase á su corte en 1412 para que
asistiese cerca de su persona, i pudiese curarla en todas cuantas
enfermedades afligen porfiadamente los cuerpos de los mortales.
Un suceso vino á aumentar las bien dadas alabanzas que por su ciencia
recibia de todos el converso Gerónimo de Santa Fe. Cuenta Gerónimo de
Zurita en sus _Anales de Aragon_[46] que en el año de 1413 vista la
obstinacion de los judíos en no convertirse á la lei de Gracia, se
buscaron nuevos remedios para vencer la repugnancia que estas gentes
tenian á admitir en sus entendimientos la luz de la verdad. «Por mandado
del Papa, se congregaron en la ciudad de Tortosa i estuvieron juntos
todos los mayores rabines que se hallaban en las aljamas del reino, para
que públicamente en su presencia i de toda su corte fuesen amonestados
que reconociesen el error i ceguedad en que andaba aquella gente. Eran
los rabines mayores rabí Ferrer, i el maestro Salomon Isaac, rabí
Astruch el Levi de Alcañiz, rabí Joseph Albo, i rabí Matatías de
Zaragoza, el maestro Todroz, Benastruc Desmaestre de Girona, i rabí
Moisés Abenabez, i como quiera que en la corte del Papa se hallaban
muchos i mui señalados maestros i dotores en la sagrada Teología i de
mucha sciencia i sabiduría en las letras divinas i de gran prudencia;
pero quiso el Papa que en las cuestiones i disputas que se propusieron,
se cometiese la instruccion é informacion de aquella nacion mas especial
i particularmente á Gerónimo de Santa Fe su médico, como mui enseñado i
fundado en la leccion del Testamento Viejo, i de sus glosas, i en todos
los tratados de los rabines i de su Talmud, por cuyas autoridades i
sentencias era la intencion del Papa que fuesen inducidos i convencidos
para mas descubrir su ciega i condenada doctrina, i la obstinacion de
errores i vida, i la temeridad i perverso entendimiento de su lei. Fué
la primera congregacion á siete del mes de Hebrero del año pasado (1413)
i en presencia del Papa i de su colegio i de toda su corte comenzaron á
proponerse las cuestiones i articulos que se habian de discutir i
disputar; i asistió el Papa á otras congregaciones, i por su absencia
cometió sus veces i lugar para que presidiesen á ellas, al ministro
general de la órden de los predicadores i al maestro del Sacro palacio.
Hallóse en esta congregacion de letrados un Garci Alvarez de Alarcon,
mui enseñado en las lenguas hebrea, caldea i latina, i fué gran parte en
convencer i reducir muchas de las mas principales familias del reino
Andrés Beltran, maestro en Teología, limosnero del Papa que era mui
docto en las letras hebreas i caldeas, i fué de aquella lei: que era
natural de Valencia, i despues por su gran religion i mucha doctrina le
proveyó el Papa de la iglesia de Barcelona, por cuya determinacion se
declaraban las dudas de lo que tocaba á las traslaciones de la Biblia
que los rabines torcian á su propósito.»
Esto dice Gerónimo de Zurita. Los judíos que caminaron á Tortosa para
hallarse presentes en esta famosa disputa fueron seis de Zaragoza
llamados Zarachias Levita, Vidael Benvenista, M. Mathatías Izahari,
Macaltiob, nasi ó príncipe de los judíos españoles, Samuel Levita, i M.
Moisés: uno de Huesca llamado Todros, i dos de Alcoy cuyos nombres eran
Josef hijo de Aderet i Meir Galigon: de Daroca Astruch Levita: de
Monreal M. Josef Albo: de Monzon Josef Levita i M. Jomtob Carcosa: de
Montalban Abuganda: de Blesa Joseph Abbalegh, Bongosa i M. Todros, hijo
de Jecht el de Gerona.
Llegados á Tortosa eligieron á Vidael Benvenista, uno de los mas sabios
en su caduca lei, para que fuese su orador en el congreso, i luego se
presentaron en el palacio i ante la persona de Benito XIII: quien los
recibió mui afablemente, i dispuso que fuesen con toda comodidad
hospedados, servidos i agasajados, ofreciéndoles que en nada recibirian
molestia; pues allí eran venidos para convencerse ó no de lo errado de
sus doctrinas, no para ser vejados ni oprimidos en manera alguna.
Al dia siguiente de su llegada á Tortosa, volvieron los judíos al
palacio de Benito, i en él se encontraron con la sala, diputada para la
asamblea, llena de personas de grande autoridad i linaje. Sesenta sillas
eran ocupadas por cardenales, obispos i otros prelados.
Puesto en silencio i junto el congreso, dirigió á los judíos un breve
razonamiento Benito XIII[47], i luego comenzó Gerónimo de Santa Fe una
arenga, en la cual con vivas i elegantes razones demostró ser cumplidas
las profecias, i haber venido al mundo el Mesías, esperado aun por los
judíos. Replicó en otra arenga Vidael Benvenista, probando con
argumentos sacados del Talmud que el Mesías no era venido. I hase de
advertir que una i otra oracion eran proferidas en mui elegante latin:
porque uno i otro disputante eran sabios en todo linaje de cosas. Al
siguiente dia profirió otra arenga el judío Zarachías Levita en
favorable sustentacion de lo dicho antes por Vidael Benvenista; i al
tercero dia de la asamblea tuvo principio aquella famosa disputa que
duró desde 7 de Febrero de 1413, hasta 12 de Noviembre de 1414, que dió
por fruto convertirse á la fe de Cristo todos los judíos presentes i
que tuvieron parte mui viva en ella, bien con sus discursos, bien con su
sabiduria en ilustrar aquellas materias sobre las cuales porfiadamente
se pugnaba. Solamente los rabíes Ferrer i Joseph Alvo se mantuvieron
contumaces en sus doctrinas.
Rabí Astruch presentó entonces á Benito XIII una confesion por sí i en
nombre de los demás judíos, en la cual se declaraban vencidos, i por
tanto abjuraban los errores de su antigua lei, i abrazaban con toda fe
la verdad de la religion de Cristo. Leida esta confesion[48] delante de
Benito, de los cardenales, prelados i demás personas presentes, entre
quienes se hallaban los convertidos, mandó el antipapa que se hiciese
lectura de los nuevos decretos que desde aquel punto establecia contra
los judíos persistentes en la caduca lei. Estas disposiciones fueron
inclusas luego en una bula que espidió Benito en la ciudad de Valencia
el dia 11 de Mayo de 1415. La suma de todas ellas se contiene en los
capítulos siguientes, segun se leen en la biblioteca de los rabinos
españoles, dispuesta i ordenada por don José Rodriguez de Castro.
«1.º Se prohibe generalmente á todos, sin escepcion de persona, oir,
leer i enseñar en público ó en secreto la doctrina del Talmud, mandando
recoger en el término de un mes en la iglesia catedral de cualquiera
diócesis todos los ejemplares que se encontraren del Talmud, de sus
glosas, apostillas, sumarios, compendios ú otros cualesquiera escritos
que directa ó indirectamente tuvieren relacion con la tal doctrina, i
que los diocesanos ó inquisidores velen sobre la observancia de este
decreto, visitando por sí ó por otros, á lo menos cada dos años sus
jurisdicciones en que hubiere judíos, i castigando con toda severidad á
quien hallaren culpado.
2.º Que á ningun judío se permita tener, leer ú oir leer el libro
intitulado MAR MAR JESU, por estar lleno de blasfemias contra nuestro
Redentor Jesucristo, ni otro cualquier libro ó escrito que sea injurioso
á los cristianos, ó hable contra alguno de sus dogmas ó contra los ritos
de la Iglesia, en cualquier idioma en que esté escrito, i que al
contraventor de este decreto se castigue como á blasfemo.
3.º Que ningun judío pueda hacer de nuevo, ni componer, ni aun tener en
sus casas con algun pretesto cruces, cálices ó vasos sagrados, ni
encuadernar los libros de los cristianos en que está escrito el nombre
de Jesucristo, ó de la Santisima Vírgen, y que quede escomulgado todo
aquel cristiano que por cualquier motivo dé á los judíos alguna de estas
cosas.
4.º Que ningun judío pueda ejercer el oficio de juez, ni aun en los
pleitos que ocurrieren entre ellos.
5.º Que se cierren todas las sinagogas erigidas ó reparadas
modernamente: que en donde no hubiere mas que una, esa permanezca con
tal que no sea suntuosa, i si hubiere dos ó mas de dos, déjese abierta
tan solo la mas pequeña; pero si se averiguare que alguna de las dichas
sinagogas fué iglesia en tiempos antiguos, ciérrese al punto.
6.º Que ningun judío pueda ser médico, cirujano, tendero, droguero,
proveedor ni casamentero, ni tener algun otro oficio público por donde
haya de entender en negocios de cristianos, ni las judías puedan ser
parteras, ni tener amas de criar que sean cristianas, ni los judíos
servirse de cristianos, ni vender á estos ni comprar de ellos las
viandas para el diario mantenimiento, ni concurrir con ellos á ningun
banquete, ni bañarse en las aguas de los baños de los cristianos, ni ser
mayordomos, ni agentes en los negocios de estos, ni aprender en sus
escuelas alguna ciencia, arte ú oficio.
7.º Que en cada ciudad, villa ó lugar en que hubiere judíos, les sean
destinados para su morada barrios separados de los cristianos.
8.º Que todos los judíos i judías lleven en sus vestidos cierta divisa
de color encarnado i amarillo del tamaño i figura que en la bula van
señalados: los hombres en el vestido esterior sobre el pecho; las
mujeres en las frentes[49].
9.º Que ningun judío pueda comerciar ni hacer contrato alguno con los
cristianos para evitar los engaños que suelen hacer, i las usuras que
suelen llevar.
10.º Que todos los judíos i judías convertidos á la Fe, i todos los
cristianos que tuvieren parentesco de sangre con judíos no conversos,
los puedan heredar, aunque por testamentos ó codicilos, ó por últimas
voluntades ó donaciones intervivos estuvieren esclusos de heredar sus
bienes.
11.º Que en todas las ciudades, villas i lugares en donde hubiere el
número de judíos que el diocesano tuviere por conveniente, se predique
en público tres sermones en tres distintos dias del año, uno en la
segunda domínica de adviento, otro en el dia de Pascua de Resurreccion,
i el último en la domínica en que se canta el Evangelio _Cum
apropinquasset Jesus Jerosolymam videns civitatem, flevit super eam_.
Que se obligue á todos los judíos que tuvieren la edad de doce años en
adelante á asistir á estos tres sermones, cuyos asuntos deberán ser
demostrarles en el primero la venida al mundo del verdadero Mesías,
sirviéndose para ello de los lugares de la Sagrada Escritura i del
Talmud que han sido controvertidos en la asamblea de Tortosa: en el
segundo hacerles entender los errores, locuras i vanidades que se
encierran en el Talmud; i en el tercero la destruccion de la ciudad i
del templo de Jerusalem i lo perpetuo de su cautiverio, segun las
palabras de Jesucristo i de los santos Profetas. Al fin de cada sermon
se les leerá esta bula para que al ir contra ella no pequen de
ignorantes.»
Despues de la famosa disputa entre Gerónimo de Santa Fe i los mas doctos
rabís de las aljamas de España, convirtiéronse muchos judíos á la fe de
Cristo: en Zaragoza, Calatayud i Alcañiz mas de doscientos: en Daroca,
Fraga i Barbastro, unas ciento i veinte familias: en Caspe i Maella
quinientas personas: i á mas todos los naturales de las villas de
Tamarit i Alcolea[50].
Uno de los que andaba por España converso desde el año de 1390 fue rabí
Selomoh Halevi, judío nacido en la ciudad de Burgos. En ella recibió el
agua del bautismo i el nombre de Pablo de Santa María. Luego pasó á la
universidad de París á estudiar Teología, i tomar él grado de maestro, i
así por la fama que todos tenian de sus muchas letras como de sus no
vulgares virtudes, logró la dignidad de arcediano de Treviño, de obispo
de Cartagena, i despues de Burgos, i á mas la de canciller mayor en los
reinos de Leon i de Castilla. Escribió varias obras con propósito de
convertir á la fe de Cristo á los judíos i moros, entre las cuales se
encuentra una que lleva por título estas palabras: _Escrutinio de las
Sagradas Escrituras_[51].
De esta suerte refiere Esteban de Garibay[52] la vida i hechos de Pablo
de Santa María. «Fué mui notable prelado el escelente doctor don Pablo,
obispo de Cartagena, que siendo judío no solo de nacion de sus
progenitores, mas tambien de profesion, recibió la agua del santo
bautismo, dejando el judaismo. Habia tenido este notable prelado antes
de su conversion grandes disputas sobre la lei judáica con muchos
doctores católicos cuyas razones como para la dureza heredada de sus
progenitores no bastasen á la sazón para le sacar del judaismo, sucedió
que un dia un doctor no queriendo contender por disputa sino por
escrituras, le dió el tratado que el glorioso Santo Tomás de Aquino
escribió doctisimamente llamado _De legibus_, donde admirablemente
disputa el santo doctor contra la lei de los judíos. Esta obra leyó con
diligencia i atencion grande don Pablo, el cual, hallando en ella muchos
secretos del judaismo, que aun él mesmo con ser el rabí de mas letras
que en estos reinos había, los ignoraba, fué alumbrado del Espíritu
Santo, diciendo en su corazon que sin duda la lei de los cristianos era
la de la salvación del mundo. Despues ido al Pontífice romano, i siendo
de él persuadido, vino á decir i confesar públicamente, que (pues este
santisimo doctor con saber de la lei judáica mayores secretos que el
mesmo don Pablo, profesaba la lei evangélica de Jesucristo) era la
verdadera lei i carrera de la salvacion la de los cristianos; i así
recibió el santo bautismo renunciando espontáneamente la dureza pasada.
Desta manera don Pablo vino á ser cristiano por la doctrina de Santo
Tomás.»
»Despues este célebre varon con el discurso del tiempo vino
meritisimamente á ser obispo de Cartagena, i de allí pasó al obispado de
Burgos: de la cual ciudad tenia él mesmo su naturaleza. Fué escelente
prelado, grande filósofo i teólogo, i singular predicador i de gran
consejo i maravilloso silencio i prudencia. Escribió muchas obras en
especial el libro que se llama _Escrutinio de las Escrituras_, que es de
grande volúmen, i las adiciones á la Póstula de Nicolao de Lyra sobre la
Biblia, i otro tratado de la Cena del Señor, i otro de la generacion de
Jesucristo, con otras obras. No solo él mesmo fué grande letrado; pero
en tiempo que en el judaismo fué casado, tuvo tres hijos grandes
letrados, de los cuales el mas señalado fué don Alfonso de Cartagena,
dean de Segovia, que sucediendo en el obispado inmediatamente al padre
fué obispo de Burgos i fué el que escribió la _Genealogía de los reyes
de Castilla i Leon_, que algunas veces se ha citado. El otro hijo fué
don Gonzalo, obispo de Palencia, prelado de muchas letras i erudicion.
El tercero fué Alvar García de Santa María que refieren haber escrito la
crónica deste rei don Enrique, la cual basta agora yo no la he visto, i
parte de la crónica de su hijo el rei don Juan el segundo. Este notable
prelado don Pablo por haber sido obispo de Burgos es llamado entre los
teólogos el _Burgense_: el cual con ser converso, aconsejó al rei don
Enrique por causas notables que á ello le debieron mover, que á ningún
judío ni converso, no recibiese en el servicio de su casa real, ni en el
consejo, ni en otros oficios públicos reales de sus reinos, ni en la
administracion del patrimonio real: Cosa notable que con ser de ellos el
mesmo sapientisimo prelado, fuese de este parecer contra su nacion.»
Esto dice Estéban de Garibay. Pero no obstante los muchos judíos que se
convirtieron á la fe, todavía quedaron los mas en sus erradas opiniones.
Los pueblos por otra parte no cesaban de molestarlos, bien fuesen
dirigidos en sus hechos por una piedad bárbara i cruel, bien por el
deseo de tomarles, contra toda razon, lei i derecho, las haciendas que
heredaron de sus mayores i que luego acrecentaron grandemente con el
propio trabajo. En el año de 1473 volvieron á turbar el reino con
sediciones, encaminadas ahora contra los judíos que se habian
cristianado, i encubriendo sus intentos de oprimirlos i robarlos con
decir que judaizaban. Don Miguel Lucas, condestable de Castilla,
defendió en Jaen á los desdichados hebreos con todas sus fuerzas, i
desbarató las turbas amotinadas, del mismo modo que el Sol rompe i
deshace las nieblas que le estorban derramar sus rayos sobre la tierra.
Irritados los ánimos de la plebe con el mal suceso que habian conseguido
sus propósitos, i llenos de hiel i de veneno contra don Miguel Lucas,
determinaron darle cruda muerte en venganza de haber embarazado la
destruccion de los judíos, que con pieles de ovejas i capas de
cristianos, moraban en aquella ciudad; i asi estando el condestable en
la iglesia mayor de Jaen oyendo Misa el dia 21 de Marzo del año
referido, varios labradores, sin respetar lo sagrado del lugar, ni la
dignidad de su persona, le pasaron el pecho con varias puñaladas. Luego
que cayó muerto en tierra alzóse el pueblo contra los judios, i comenzó
á meter á fuego i á saco algunas de las casas donde moraban los mas
principales, i que mas nombre tenian de ricos entre los naturales de
aquel reino. Este dañoso ejemplo fué luego imitado por alguna plebe en
varias ciudades de Andalucía, tales como Andujar i Córdoba, i á mas en
otros lugares, donde, despues de ser fieramente heridos los judios i
robados á mas, i de haber sufrido en sus personas i en las de sus
mujeres otros insultos de tan bárbara canalla, no recibieron la mas
pequeña reparacion en sus agravios; puesto que la justicia se hizo sorda
á sus quejas, prefiriendo al castigo de los culpados, dejar abierta la
llaga con la impunidad de un ejemplo tan dañoso, i mas llenos de
soberbia i mas codiciosos de nuevas riquezas con el cebo de lo robado á
los autores de tales delitos. Es cierto tambien que en aquellos
calamitosos tiempos del reinado de Enrique IV todo andaba sin concierto;
porque el rei estaba sin fuerzas i vigor para mantener en quietud á los
pueblos i sujetos a su obediencia.
Aunque estaba vedado á los judíos ejercer el oficio de jueces, todavía
en el reinado de Enrique IV eran mantenidos en él algunos de los hombres
mas principales, entre los que á pesar de tantas persecuciones i de
tantos tumultos populares contra sus personas i haberes, observaban el
rito mosáico. En 1474 fué hecho el repartimiento á todas las aljamas del
reino por lo que tocaba pagar á cada una en el _servicio_ i _medio
servicio_ que rendian anualmente á la corona de Castilla. El repartidor
fué un judío llamado Jacob Aben Nuñes, físico de Enrique IV i su juez
mayor; i el repartimiento de lo que cada aljama habia de dar es como
sigue:
Las aljamas del obispado de Burgos 30.800 _mrs_
Las del de Calahorra 31.100.
Las del de Palencia 54.500.
Las del de Osma 19.500.
Las del de Sigüenza 15.600.
Las del de Segovia 19.500.
Las del de Avila 39.590.
Las del de Salamanca i Ciudad Rodrigo 12.700.
Las del de Zamora 9.600.
Las del de León i Astorga 31.700.
Las del arzobispado de Toledo 64.400.
Las del obispado de Plasencia 56.900.
Las del de Andalucía 59.800.
---------
En junto 451.000.[53]
---------
De estos cobraba mil por sus derechos el repartidor Jacob Aben Nuñez, i
los cuatrocientos i cincuenta mil maravedís restantes pasaban al tesoro
de la corona de estos reinos. El cual con las continuas guerras i con
las revueltas de los pueblos andaba mui exhausto. España estaba entonces
debilitadisima: echado por tierra su comercio, la labranza de los campos
bastante frecuentada; pero por la general pobreza sin producir á los
labradores buenas rentas, sino mezquinas cantidades. Lástima grande
causa ver á un tan poderoso reino, afligido por la mayor pobreza en
tiempos del infeliz monarca Enrique IV[54] i reducido al estremo de
trocar los hombres sus mercaderías por vilisimos precios.
Los judíos en tanto por temor de la plebe ocultaban sus riquezas, i se
presentaban los mas poderosos como de mediana suerte, i los de mediana
suerte como misérrimos: por lo cual miraban con sumo desden el comercio,
i sus tráficos eran tan solo en cosas de poco valor, i de ningun
provecho. I esto hacian recelosos i con razon, de que la fama de sus
dineros no trajese sobre ellos nuevas persecuciones i nuevos tumultos de
aquella bárbara i codiciosa plebe. A tal punto de miseria redujeron á
estos reinos el temor de los judíos i el afan de esconder en las
entrañas de la tierra sus haciendas; que por maravilla corrian monedas
de oro i plata. Todas estaban encerradas en las arcas de los hebreos; i
las que andaban de mano en mano habian sido compradas en las casas de
algunos mercaderes cambistas ó banqueros: los cuales ó eran de los
judíos convertidos á la fe, ó de cristianos que estaban comerciando con
el dinero que para el caso i para partir el lucro, les habian facilitado
los judíos aun no venidos á la religion de Cristo[55]. De haberse
retraido de traficar los judíos, nació la ruina de todo el comercio que
habia antes en los reinos de Castilla. Todas las mercaderías quedaron
reducidas al mas mezquino aprecio. La vara del paño de Echillon valia
sesenta maravedís, la del de Lombai i Bruselas cincuenta maravedís
viejos: la escarlata de Gante, sesenta; i la de Ipre, ciento i diez: i
por último, los paños de Montpeller, Bruselas, Lóndres i Valencia,
sesenta maravedís viejos.
Todo lo demás andaba en esta forma. El reino sin fuerzas: el comercio
sin brazos: la agricultura sin vigor: los judíos riquisimos i sin
comunicar con ninguno sus riquezas: el pueblo miserable: la corona sin
haberes: ardiendo España en tumultos contra la persona del rei Enrique:
alborotados los ánimos con la presente miseria i buscando en la ruina de
este monarca la causa i el modo de remediar todos los males que á todos
afligian tan pesadamente; los cuales nacieron de los inconsiderados
medios de que se sirvieron tan contra razon i justicia los monarcas i
pueblos para convertir al cristianismo á los muchos judíos que en estas
tierras moraban. Les fué vedado ejercer la medicina i cirugía, tener
abiertas sus casas para comerciar con los cristianos, i en fin disponer
de sus bienes i personas del modo mas conveniente á sus intereses i al
acrecentamiento de sus riquezas. I de estas tan bárbaras disposiciones
cogieron los cristianos el amargo fruto durante el infelicisimo reinado
de don Enrique IV en Castilla: pues con ellas dejaron los judíos el
comercio, que eran los únicos ó los mas que lo frecuentaban i mantenian,
i como de esto naciese su destruccion, vino en pos de ella la ruina de
la agricultura, quedando el reino sin los dos principales nervios que
sustentan el cuerpo de los estados, reducida á la mayor debilidad i á la
mayor pobreza.
RESUMEN del libro tercero.
Comienza el reinado de los reyes Católicos.--Condicion de Fernando
V.--Elogio de la reina Isabel.--Primeros inquisidores para castigar á
los judíos conversos que judaizaban. Conjuracion de estos en
Sevilla.--Castigo de muchos.--Muerte á fuego dada al tesorero de la
catedral de Córdoba, Pedro Fernandez de Alcaudete.--Establecimiento de
la Inquisicion.--Lo mucho que los judíos ayudaron á los Reyes Católicos
para la empresa de Granada.--Decreto para la espulsion de los judíos no
convertidos.--Dádivas que ofrecen estos al rei don Fernando para
quedarse en España.--Este vencido de ellas quiere revocar el
decreto.--Estórbalo la audacia de Torquemada.--Salen los judíos de
España i van á los reinos estraños.--Algunas noticias de su varia suerte
en ellos.--Examen de los daños que los Reyes Católicos ocasionaron á
España con la espulsion de los judíos i con la persecucion á los
conversos.--Mala política de estos monarcas vituperada.