Se verificó este el 31 a las nueve y media de la mañana, acudiendo

de una vez a embestir la brecha 23 compañías al cargo del general

Chassereaux, a las que apoyaban las demás fuerzas. Los acometedores

se arrojaron con ímpetu, pero parolos en su ataque una escarpadura

interior hecha en la muralla y varios parapetos de colchones levantados

detrás, junto con el fuego incesante que salía de los lugares vecinos

y las casas. Descorazonados, los enemigos no insistieron en romper

adelante y retrocedieron con gran mengua, dejando allí más de 500

heridos y muertos. Para recoger los primeros pidieron los franceses un

armisticio que se les concedió, ayudándolos generosamente en la faena

nuestros soldados y paisanos; ejemplo de humanidad raro, y no menos

digno de imitar que los muchos que de valor habían dado todos ellos

poco antes. Aprovechose Copons de la ventaja, y a su vez incomodó al

sitiador por cuantos medios pudo. Vinieron también en auxilio de la

plaza las lluvias, que anegaron las trincheras enemigas, los caminos

y los campos, sin dejar al fatigado francés ni siquiera un palmo de

terreno enjuto en que reclinar la cabeza. Apurado Leval, alzó el sitio

el 5 de enero yéndose vía de Vejer y Medina. Costole la malograda

tentativa entre muertos, heridos, enfermos y desertores al pie de dos

mil hombres. Perdió toda la artillería gruesa, y dejó sembrados por

el tránsito efectos y municiones. Así se estrellaron los esfuerzos de

diez mil franceses en las murallas de una fortaleza, flacas en sí, mas

sostenidas por brazos vigorosos y por el buen concierto de los jefes

españoles e ingleses.

[Marginal: Ciudad Rodrigo.]

El segundo de los dos acontecimientos que hemos anunciado como

favorables y gloriosos fue la toma de Ciudad Rodrigo, más importante

por sus consecuencias que la defensa de Tarifa. Resuelto lord

Wellington, según apuntamos al principio de este libro, a formalizar el

sitio de aquella plaza, continuó tomando varias disposiciones desde sus

acantonamientos de Freineda, y juntó en Almeida, al acabar noviembre,

el parque correspondiente de artillería. Completó en seguida y con

mucho orden los demás preparativos, habiendo ejercitado algunas tropas

en las tareas propias del ingeniero y del zapador, en lo que antes se

habían los suyos mostrado harto bisoños. Mandó también al general Hill

que se moviera hacia la Extremadura española, y colocó a Don Carlos

España y a Don Julián Sánchez en el Tormes, con objeto de que los

últimos cortasen aquellas comunicaciones. Estos jefes, particularmente

Sánchez, desempeñaron bien su comisión, y los pueblos de Castilla

mostraron, según escribía el mismo Wellington, grande adhesión a la

causa de la patria; guardando además tal fidelidad que pasaron días

primero que supiesen los franceses de Salamanca, aunque tan próximos,

haber los aliados emprendido el sitio.

[Marginal: Cerca Lord Wellington la plaza.]

Debió este tener principio el 6 de enero; pero se retardó hasta el

8 por el mal tiempo. Describimos a Ciudad Rodrigo cuando el cerco

de 1810, tan honorífico para las armas españolas. Desde entonces

habían los franceses reparado los daños causados en aquella defensa,

fortalecido los principales edificios del arrabal, y el convento de

Santa Cruz al nordeste, como también levantado en el cerro, o sea teso,

de San Francisco un reducto que apellidaron de Renaud, en memoria del

malhadado gobernador de aquel nombre que cogiera Don Julián Sánchez.

Ocuparon los ingleses esta obra en la noche misma del 8 al 9; estreno

feliz de su empresa. Por allí dirigieron los trabajos, siguiendo el

mismo camino que habían tomado los franceses en el anterior cerco.

Establecieron los sitiadores la primera paralela en el mencionado

teso, y plantaron tres baterías de a once piezas cada una. Rompieron

el 14 el fuego, y abriendo los aproches formaron la segunda paralela

a 70 toesas de la plaza. Favoreció el progreso la toma que el general

Graham verificó el 13 del convento de Santa Cruz, con lo cual se vio

protegida la derecha de los sitiadores. Sucedió otro tanto respecto a

la izquierda, habiéndose enseñoreado los aliados en la noche del 14

del convento de San Francisco en el arrabal. Continuaron los ingleses

completando del 15 al 19 la segunda paralela y sus comunicaciones, y no

descuidaron adelantar la zapa hasta la cresta del glacis.

Entre tanto, había previsto Wellington que tal vez convendría, antes de

que se concluyeran debidamente los trabajos, dar el asalto; por lo que,

recibiendo de los ingenieros seguridad de que era posible abrir brecha

solo con los fuegos de las baterías de la primera paralela, ordenó

que se pusiese en ello todo el conato. Así se hizo, y en la tarde del

19 hallose ya aportillado el muro de la falsabraga y el del cuerpo

de la plaza. Además de la brecha principal, practicose otra más a la

izquierda de los aliados, por medio de una nueva batería plantada en el

declive que va desde el cerro al convento de San Francisco.

Hasta entonces habían los sitiados procurado retardar las operaciones

del inglés, y el 14 hicieron una salida en que le causaron daño. Sin

embargo, ni estas tentativas ni otros arbitrios fueron parte a impedir

que llegase el momento crítico del asalto.

Dispúsole Wellington, desechada que fue por el gobernador francés la

propuesta de rendirse, y acelerole en consecuencia de tristes nuevas

que empezaba a recibir de Valencia, como también por reunir tropas en

Valladolid el mariscal Marmont, quien desde Toledo y Talavera había

llegado en los primeros días de enero a aquella ciudad con parte de su

ejército en busca de víveres, y sospechando que los ingleses iban a

poner sitio a Ciudad Rodrigo.

[Marginal: La asaltan los aliados y la toman.]

Por tanto el mismo día 19 en que se abrieron las brechas, determinó

Wellington que al cerrar de la noche se asaltase la plaza. Destinó

al efecto cinco columnas. La quinta de ellas a las órdenes del

general Pack estaba encargada de hacer un ataque falso por la parte

meridional: debía la cuarta, guiada por Craufurd, embestir la brecha

pequeña y cubrir la izquierda del acometimiento de la más principal,

cuyo asalto se había reservado a las tres columnas restantes bajo

el general Picton. Diose principio a la empresa, arrostrando los

anglo-portugueses con serenidad los mayores peligros, y superando

obstáculos. Se defendieron los franceses con denuedo; mas sucediendo

bien los diversos ataques, aflojaron, y pudieron los aliados al cabo

de media hora extenderse lo largo de las murallas, y enseñorearse de

la plaza. Cayeron prisioneros 1709 franceses y el comandante Barrié,

que hacía de gobernador; los demás, hasta 2000 que componían la

guarnición, habían perecido en la defensa. Conservaron los aliados, al

entrar en la ciudad, buen orden: su pérdida ascendió en todo a 1300

hombres. Entre los muertos contose desgraciadamente a los generales

Mackinson y Craufurd. [Marginal: Gracias y recompensas.] Entregó lord

Wellington la plaza en manos de Don Francisco Javier Castaños, y las

cortes decretaron las debidas gracias al ejército anglo-portugués, y

concedieron al general en jefe la grandeza de España bajo el título de

duque de Ciudad Rodrigo. También el gobierno y parlamento británico

dispensaron honores y pensiones, ordenando además que se erigiese un

monumento en memoria del valiente y malogrado general Craufurd.

[Marginal: Nuevas esperanzas.]

Otros sucesos felices y nuevas esperanzas acompañaron a estos triunfos.

No habían los franceses reforzado sus filas en 1811 con más de

50.000 combatientes; auxilio que ni con mucho bastaba a llenar los

claros que hacía la guerra, ni los huecos que dejaban algunas tropas

que ahora partieron; pudiendo aseverarse que por el tiempo en que

vamos no conservaban los enemigos en la península arriba de 240.000

hombres. Entre los llegados últimamente, muchos eran conscriptos, y

en el diciembre de 1811 y primeros meses de 1812 marcharon a Francia

unos 14.000 veteranos; 8000 de la guardia imperial y restos de otros

cuerpos, y 6000 polacos del ejército de Aragón, queriendo el emperador

francés emplearlos en Rusia, cuya guerra parecía ya inminente. Albores

todos de las dichas que nos aguardaban en aquel año.

RESUMEN

DEL

LIBRO DECIMOCTAVO.

La Constitución. — Presenta la comisión su proyecto. — Entusiasmo que

produce. — Obstáculos que algunos quieren poner a su discusión. —

Empieza esta. — Título 1.º De la nación española y de los españoles.

— Título 2.º Del territorio de las Españas, su religión y gobierno. —

Título 3.º De las Cortes. — Título 4.º Del Rey. — Título 5.º De los

tribunales. — Título 6.º Del gobierno interior de las provincias y de

los pueblos. — Título 7.º De las contribuciones. — Título 8.º De la

fuerza militar nacional. — Título 9.º De la instrucción pública. —

Título 10.º y último. De la observancia de la constitución y modo de

proceder para hacer variaciones en ella. — Reflexiones generales acerca

de la constitución. — Descontentos fuera de las cortes. — Asunto de

Lardizábal. — Del consejo. — Papel de la España vindicada. — Tribunal

especial para entender en estos negocios. — Exposición del decano del

consejo. — Desagradable ocurrencia con el diputado Valiente. — Curso y

final término de estos negocios. — Manejos para poner al frente de la

regencia a la infanta Doña María Carlota. — Carta a las cortes de esta

señora. — Proposiciones para ponerla al frente de la regencia. — Del

señor Laguna. — Se desecha. — Del señor Vera y Pantoja. — Apruébanse

otras en contrario del señor Argüelles. — Nueva regencia compuesta de

cinco individuos. — La anterior regencia. Juicio acerca de ella. — Su

administración y algunos acontecimientos de su tiempo. — Reglamento

dado a la nueva regencia. — Se firma, jura y promulga la constitución

el 18 y 19 de marzo. — Auméntase y cunde el entusiasmo en su favor. —

Felicitaciones y aplausos que reciben las cortes.

HISTORIA

DEL

LEVANTAMIENTO, GUERRA Y REVOLUCIÓN

de España.

LIBRO DECIMOCTAVO.

[Marginal: La Constitución. (* Ap. n. 18-1.)]

«Que precediese el establecimiento de las leyes entre nosotros a

la creación de los reyes»,[*] díjolo ya con respecto a Aragón el

historiador Jerónimo Blancas. Y si en el origen de la restauración de

la monarquía, tiempo de oscuridad e ignorancia, se cautelaron tanto

nuestros mayores contra los abusos y desmanes futuros de la autoridad

real, ¡con cuánta y más poderosa razón no debieron mostrarse precavidos

y aun umbrosos los españoles de la era actual y sus diputados! Los

antiguos podían tener presentes los excesos de los Witizas y de

los Rodrigos, de donde manaron para la nación raudales de sangre y

lágrimas; pero ahora ofrecíanse, además, a la contemplación moderna

los muchos y funestos ejemplos de las edades posteriores, y el tremendo

y reciente del reinado de Carlos IV, en el que hasta la independencia

tocó al borde del precipicio. Por lo mismo conveniente fue poner

diligencia extrema y muy atenta en procurar adoptar francas y buenas

instituciones, aun en medio de una guerra desastrada; pues la ocasión

de dar la libertad, como sea presurosa, perdida una vez con dificultad

vuelve a hallarse.

[Marginal: Presenta la comisión su proyecto.]

Anunciamos en otro libro la lectura hecha a las cortes en 18 de agosto

de 1811 de los primeros trabajos de la comisión de constitución,

nombrada en el diciembre anterior. Comprendían aquellas las dos

primeras partes, o sea todo lo concerniente al territorio, religión,

derechos y obligaciones de los individuos, como igualmente la forma

y facultades de las potestades legislativa y ejecutiva. La tercera

parte se leyó en 6 de noviembre del mismo año, y abrazaba la potestad

judicial; habiéndose presentado la cuarta y última el 26 de diciembre

inmediato, en la cual se determinaba el gobierno de las provincias

y de los pueblos, y se establecían reglas generales acerca de las

contribuciones, de la fuerza armada, de la instrucción pública, y de

los trámites que debían seguirse en la reforma o variaciones que en lo

sucesivo se intentasen en la nueva ley fundamental.

Acompañó al dictamen de la comisión un discurso elocuente y muy

notable, en que se daban las razones de la opinión adoptada, fundándola

en nuestras antiguas leyes, usos y costumbres, y en las alteraciones

que exigían las circunstancias del tiempo y sus trastornos. Le había

extendido Don Agustín de Argüelles, encargado por tanto de su lectura:

hizo la del texto Don Evaristo Pérez de Castro.

[Marginal: Entusiasmo que produce.]

El lenguaje digno y elevado del discurso, la claridad y orden

del proyecto de la comisión y sus halagüeñas y generosas ideas,

entusiasmaron sobremanera al público; no parándose los más en los

defectos o lunares que pudieran deslucirle, porque en España se

conocían los males del despotismo, no los que a veces acarrean en punto

de libertad ciertas y exageradas teorías. Así fue que Don Juan José

Güereña, diputado americano por la nueva Vizcaya y presidente de las

cortes, a la sazón que se leyeron las dos primeras partes, si bien

desafecto a reformas, arrastrado como los demás por el torrente de la

opinión, señaló para principiar los debates el 25 del propio agosto,

plazo sobradamente corto. Duró la discusión por espacio de cinco meses,

no habiéndose terminado hasta el 23 del próximo enero: fue grave y

solemne, y de suerte que afianzando la autoridad de las cortes, ensalzó

al mismo tiempo la fama de los individuos de esta corporación.

[Marginal: Obstáculos que algunos quieren poner a su discusión.]

Por eso los obstáculos que quisieron presentarse al progreso de las

deliberaciones venciolos fácilmente la voz pública y el vivo y común

deseo de gozar pronto de una constitución libre. De aquellos, húbolos

de fuera de las cortes, y también de dentro, aunque no muy dignos

de reparo. Hablaremos de los primeros más adelante. Comenzaron los

últimos ya en el seno de la comisión, no habiendo querido uno de

sus individuos, D. José Pablo Valiente, firmar el proyecto, a pesar

de haber concurrido a la aprobación de las bases más principales.

Crecieron algún tanto al abrirse los debates en el congreso. Los

contrarios al proyecto, frustradas las esperanzas que habían fundado en

el presidente Güereña, reemplazaron a este el 24, día de la remoción

de aquel cargo, con Don Ramón Giraldo, a quien tenían por enemigo de

novedades, y no menos resuelto para suscitar embarazos en la discusión

que fecundo, a fuer de togado antiguo, en ardides propios del foro.

Mas también en eso se equivocaron. Giraldo, luego que se sentó en la

silla de la presidencia, mostrose muy adicto a la nueva constitución,

y empleó su firmeza en llevar a cabo y en sostener con tesón las

deliberaciones.

[Marginal: Empieza esta.]

Desbaratadas de este modo las primeras tentativas de oposición, no

quedaba ya otro medio a los enemigos del proyecto sino prolongar los

debates, moviendo cuestiones y disputas sobre cada artículo y sobre

cada frase. Pero sábese que en un congreso, como en un ejército, si se

malogran los ímpetus de una embestida, cuanto más fogosos fueren estos

en un principio, tanto más pronto aflojan después y del todo cesan.

[Marginal: Título primero. De la nación española y de los españoles.]

Distribuíase la nueva constitución en artículos, capítulos y títulos.

No ha de esperarse que entremos a hablar por separado de cada una de

estas partes: limitarémonos a dar una idea general de la discusión,

ateniéndonos para ello a la última de las divisiones insinuadas, que

se componía de diez títulos. Era el 1.º de la nación española y de

los españoles. Renovábase en su contexto el principio de la soberanía

nacional, admitido en 24 de septiembre anterior, y declarado ahora

como fuente en España de todas las potestades, y raíz hasta de la

constitución. 128 diputados contra 24 aprobaron el artículo, y los

que le desecharon, no fue en la sustancia sino en los términos en que

se hallaba extendido. Tratamos con cierta detención de este punto en

el libro 13.º; y allí indicamos que, aunque conviniese no estampar en

las leyes ideas abstrusas, la situación particular de la monarquía

y su orfandad disculpaban se hiciese en el caso actual excepción a

aquella regla. Individualizábanse igualmente en dicho título los que

debían conceptuarse españoles, ora hubiesen nacido en el territorio,

ora fuesen extranjeros, exigiéndose de los últimos carta de naturaleza

o diez años de vecindad. Se insertaba también allí mismo una breve

declaración de derechos y obligaciones, que, aunque imperfecta, evitaba

algún tanto el peligroso escollo de generalizar demasiadamente,

habiéndose reprobado en los debates alguno que otro artículo del

proyecto de la comisión, más bien sentencioso que preceptivo. En todos

estos puntos, como había vasto campo de sutileza en que apacentar el

ingenio, detuviéronse más de lo regular ciertos vocales, avezados a la

disputa con la educación escolástica de nuestras universidades.

[Marginal: Título segundo. Del territorio de las Españas, su religión y

gobierno.]

Hablaba el 2.º título del territorio, de la religión y del gobierno.

Hubo en la comisión muchos altercados sobre lo primero, en especial

respecto de América, no pudiendo conformarse ni aun entenderse

a veces sus propios diputados. Cada uno presentaba una división

distinta de territorio, y quería que se multiplicasen sin fin ni

término las provincias y sus denominaciones. Provenía esto del deseo

de agasajar vanidades de la tierra nativa, y también de la confusión

y alteraciones que había habido en la repartición de regiones tan

vastas, soliendo llevar el nombre de provincia lo que apenas se

diferenciaba de un desierto o paramera. También se suscitaron algunas

reclamaciones en cuanto a la España peninsular, y todos estaban de

acuerdo en la necesidad de variar y mejorar la división actual, pues

aun acá en Europa era harto desigual así en lo geográfico como en lo

administrativo, judicial y eclesiástico, y tan monstruosa a veces que,

entre otros hechos, citose el de la Rioja, en donde se contaban parajes

que correspondían ya a Guadalajara, ya a Soria y ya a Burgos. Pero, a

pesar de eso, como el poner acomodado remedio pedía espacio y gastos,

ciñéronse por entonces las cortes a hacer mención en un artículo de

las más señaladas provincias y reinos de ambas Españas, anunciando en

otro que luego que las circunstancias lo permitiesen, se efectuaría una

división más conveniente del territorio de la monarquía.

Esta cuestión, si bien de importancia para el buen gobierno interior

del reino, no era tan peliaguda como la otra del mismo título, tocante

a la religión. La comisión había presentado el artículo concebido

en los términos siguientes: «La nación española profesa la religión

católica, apostólica, romana, única verdadera, con exclusión de

cualquiera otra.» Tan patente declaración de intolerancia todavía

no contentó a ciertos diputados, y entre otros al Señor Inguanzo,

que pidió se especificase que la religión católica «debía subsistir

perpetuamente, sin que alguno que no la profesase pudiese ser tenido

por español, ni gozar los derechos de tal.» Volvió por lo mismo el

artículo a la comisión, que le modificó de esta manera. «La religión de

la nación española es, y será perpetuamente, la católica, apostólica,

romana, única verdadera. La nación la protege por leyes sabias y

justas, y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra.» Le aprobaron

así las cortes, sin que se moviese discusión alguna ni en pro ni en

contra. Ha excitado entre los extranjeros ley de intolerancia tan

insigne un clamor muy general, no haciéndose el suficiente cargo de las

circunstancias peculiares que la ocasionaron. En otras naciones, en

donde prevalecen muchas y varias creencias, hubiera acarreado semejante

providencia gravísimo mal; pero no era este el caso de España.

Durante tres siglos había disfrutado el catolicismo en aquel suelo de

dominación exclusiva y absoluta, acabando por extirpar todo otro culto.

Así no hería la determinación de las cortes, ni los intereses, ni la

opinión de la generalidad, antes bien la seguía y aun la halagaba.

Pensaron sin embargo varios diputados, afectos a la tolerancia,

en oponerse al artículo, o por lo menos en procurar modificarle.

Mas, pesadas todas las razones, les pareció por entonces prudente

no urgar el asunto, pues necesario es conllevar a veces ciertas

preocupaciones para destruir otras que allanen el camino, y conduzcan

al aniquilamiento de las más arraigadas. El principal daño que podía

ahora traer la intolerancia religiosa consistía en el influjo para con

los extranjeros, alejando a los industriosos, cuya concurrencia tenía

que producir en España abundantes bienes. Pero como no se les vedaba

la entrada en el reino, ni tampoco profesar su religión, solo sí el

culto externo, era de esperar que con aquellas y otras ventajas que

les afianzaba la constitución, no se retraerían de acudir a fecundar

un terreno casi virgen, de grande aliciente y cebo para granjerías

nuevas. Además el artículo, bien considerado, era en sí mismo anuncio

de otras mejoras: la religión, decía, «será protegida por leyes sabias

y justas.» Cláusula que se enderezaba a impedir el restablecimiento de

la inquisición, para cuya providencia preparábase desde muy atrás el

partido liberal. Y de consiguiente, en un país en donde se destruye tan

bárbara institución, en donde existe la libertad de la imprenta y se

aseguran los derechos políticos y civiles por medio de instituciones

generosas, ¿podrá nunca el fanatismo ahondar sus raíces, ni menos

incomodar las opiniones que le sean opuestas? Cuerdo, pues, fue no

provocar una discusión en la que hubieran sido vencidos los partidarios

de la tolerancia religiosa. Con el tiempo, y fácilmente creciendo la

ilustración y naciendo intereses nuevos, hubiéranse propagado ideas más

moderadas en la materia, y el español hubiera entonces permitido sin

obstáculo que, junto a los altares católicos, se alzasen los templos

protestantes, al modo que muchos de sus antepasados habían visto,

durante siglos, no lejos de sus iglesias, mezquitas y sinagogas.

Era el otro extremo del título en que vamos el del gobierno. Reducíase

lo que aquí se determinaba acerca del asunto a una mera declaración

de ser el gobierno de España monárquico, y a la distribución de las

tres principales potestades, perteneciendo la legislativa a las

cortes con el rey, la ejecutiva exclusivamente a este, y la judicial

a los tribunales. No fue larga ni de entidad la discusión suscitada,

si bien algunos señores querían que la facultad de hacer las leyes

correspondiese solo a las cortes, sobre lo cual volveremos a hablar

cuando se trate de la sanción real.

Especificábase en el mismo título quiénes debían conceptuarse

ciudadanos, calidad necesaria para el uso y goce de los derechos

políticos. Con este motivo se promovieron largos debates respecto de

los originarios de África, cuestión que interesaba a la América, pues

por aquella denominación entendíanse solo los descendientes de esclavos

trasladados a aquellas regiones del continente africano, a quienes no

se declaraba desde luego ciudadanos como a los demás españoles, sino

que se les dejaba abierta la puerta para conseguir la gracia según

fuese su conducta y merecimientos. En un principio, los diputados

americanos no manifestaron anhelo porque se concediese el derecho de

ciudadanía a aquellos individuos, y húbolos, como el Señor Morales

Duarez, que se indignaban al oír solo que tal se intentase. En el

decreto de 15 de octubre de 1810, cimiento de todas las declaraciones

hechas en favor de América, no se extendió la igualdad de derechos

a los originarios de África, y en las proposiciones sucesivas que

formalizaron los diputados americanos tampoco esforzaron estos aquella

pretensión. No así ahora, queriendo algunos que se concediese en las

elecciones a los mencionados originarios voz activa y pasiva, aunque

los más no pidieron sino que se otorgase la primera, motivo por el

que se sospechó que en ello se trataba, más bien que del interés de

las castas, de aumentar el número de los diputados de América; pues

debiendo ser la base de las elecciones la población, claro era que

incluyéndose entre los ciudadanos a los descendientes de África,

crecería el censo en favor de las posesiones americanas.

Historia del levantamiento, guerra y revolución de España (4 de 5) · 第 21 / 26 段