Cuando algún pueblo se rebelaba, enviaban luego los señores de los
tres reinos, que era México y Tezcuco y Tlacopan, secretamente a saber
si aquella rebelión procedía de todo el pueblo o sólo por mandado y
parecer del señor de tal pueblo: y si esta rebelión procedía solamente
del señor de tal pueblo, enviaban los señores de los tres reinos
sobredichos, capitanes y jueces que públicamente justiciaban a los
señores que se rebelaban y a los que eran del mismo parecer; y si esta
rebelión era por parecer y voluntad de todo el pueblo, requeríanlos
muchas veces a que fuesen subjetos como antes y tributasen; y si
después de muchas veces requeridos no querían subjetarse, entonces
dábanles ciertas rodelas y ciertas armas en señal de amenazas, y
apregonaban la guerra a fuego y a sangre; pero de tal manera que en
cualquier tiempo que saliesen de paz los tales rebeldes, cesaban la
guerra.
Era ley que degollasen a los que en la guerra hacían algún daño a los
enemigos sin licencia del capitán, o acometían antes, o se apartaban de
la capitanía.
Tenía pena de muerte el que en la guerra quitaba la presa a otro.
Tenía pena de muerte y de perdimiento de bienes y otras muy graves
penas, el señor o principal que en algún baile o fiesta o guerra sacaba
alguna divisa que fuese como las armas y divisas de los señores de
México y Tezcuco y Tlacopan, que eran los tres reyes principales, y
algunas veces había guerra sobre ello.
Hacían pedazos y perdía todos los sus bienes y hacían esclavos a todos
sus parientes, al que era traidor, avisando a los enemigos en la
guerra, avisándoles de lo que se concertaba o platicaba contra ellos.