sobre plazas del exterior y las ofrecen a los bancos por conducto de los
corredores.
--¿A qué clase de géneros se refieren esas operaciones?
--A embarques de productos, como cereales, lanas y otros frutos.
--¿Qué garantía exigen los bancos en este caso?
--Los documentos deben ir acompañados de las facturas y conocimientos de
embarque. Es evidente que a los bancos les conviene realizar esas
operaciones, porque de ese modo colocan en el exterior los fondos que
necesitan para las operaciones de cambio.
--Infórmeme Ud. ahora acerca de cual es el mecanismo de las operaciones
cuando se trata de la importación en esos países de artículos europeos.
Se ha hablado tanto de la resistencia que ponen los exportadores
norteamericanos para imitar los procedimientos comerciales europeos, que
me interesa sobremanera saber en qué consisten estos últimos.
--En toda la América latina, el método seguido en sus ventas por los
agentes de firmas europeas es el que sigue: El precio se entiende libre
de gastos a bordo (f.o.b.) en el puerto de origen. El agente europeo,
después de haber reunido y envasado sus respectivas compras, las entrega
abordo del vapor, habiendo pedido con anticipación el espacio necesario;
entonces agrega a la factura comercial el importe del flete a destino
(el cual se paga por anticipado), el de aseguro marítimo y derechos
consulares, y luego esta factura, acompañada de la consular y el
original del conocimiento de embarque, juntamente con una letra de
cambio a noventa días en contra del comprador, se envía directamente al
consignatario por el mismo vapor que lleva las mercancías. El vendedor
europeo descuenta la letra en su banco, pagando ocho meses de interés
por el descuento.
--¿Por qué ocho meses?
--Porque ese es el tiempo que dura la transacción. El negociante
latino-americano acepta el documento a su recibo, un mes después que el
vendedor lo ha cobrado, y a su vencimiento, es decir, después de tres
meses, paga con otra letra a noventa días vista sobre un banco de
Europa. Los noventa días de la primera letra, el mes para que el
comprador reciba el documento, el otro mes para que la letra enviada por
el comprador llegue a Europa, y los tres meses para su maduración, hacen
los ocho meses.
--Según ese ejemplo, veo que los efectos del crédito a largos plazos que
dan al exportador europeo una gran ventaja sobre nosotros, los de los
Estados Unidos, no recaen sobre el exportador sino sobre el banco.
--¡Bravo! Ha puesto Ud. el dedo en la llaga.[12] Eso es lo que no
comprenden los que hasta hace poco han venido censurando a los
exportadores norteamericanos el no conceder créditos a largos plazos
como lo hacen los europeos. Ud. lo ha dicho muy bien: En Europa los
efectos de la operación a descubierto no recaen sobre el comerciante
vendedor. Este es responsable sólo en segundo término. En los Estados
Unidos la organización comercial y bancaria no permite (o más
exactamente, no permitía, mientras no se promulgó la ley de reserva
federal) imitar los procedimientos europeos descriptos. El exportador
que en los Estados Unidos hubiera deseado abrir crédito a los
importadores latino-americanos, habría carecido de un mecanismo bancario
que le permitiera negociar sus créditos. No pudiendo reembolsar el
importe de sus ventas a la presentación de los documentos de aceptación
de la mercadería, como lo hace el europeo con los suyos, habría debido
aumentar su capital para llenar el vacío causado por las ventas a plazo.
Por lo tanto, para realizar el mismo volumen de negocios que un
fabricante europeo, el norteamericano necesitaría un capital mayor. Sus
utilidades serían relativamente menores y por lo tanto la competencia
habría sido ruinosa para él.
--Ya veo que la posibilidad de conceder créditos requiere una
organización bancaria especial que permita al exportador negociar sus
créditos.
--De esa organización han gozado durante mucho tiempo los exportadores
europeos. Han podido transferir directamente a sus propios bancos las
deudas de los comerciantes de Río de Janeiro o Buenos Aires, por medio
de las letras de aceptación remitidas por estos últimos.
--Lo veo bien claro. Al recibir sus documentos, el exportador europeo
cobra su dinero en moneda contante y sonante, cosa que no podía hacer el
norteamericano.
--Y precisamente los bancos más fuertes de Europa se han organizado con
el objeto de operar sobre tales créditos. Y, correlativamente, una gran
parte de los bancos de las repúblicas americanas no son sino sucursales
de las instituciones europeas.
--¿La ley de reserva federal no ha modificado ese estado de cosas?
--Sí, radicalmente; pues ella permite descontar los avisos de
aceptación.
--¿De modo que hoy nada se opone a la práctica en los Estados Unidos de
los métodos europeos en las transacciones bancarias con la América
latina?
--Nada, como no sea[13] la resistencia que ofrece el comercio a
generalizar un procedimiento con el cual los hombres de negocios de este
país no están suficientemente familiarizados todavía.
Chapter Footnotes:
[1] =Banco,= _Bank_. RELATED WORDS: =Tesorería,= _Treasury;_ =Banca,
casa de banca= (_banking establishment_), =Caja de Ahorros,= _Savings
Bank;_ =Caja de Préstamos,= _Loan Corporation;_ =Banco Nacional,=
_National Bank;_ =Banco de Londres,= _Bank of London;_ =Banco
Hipotecario,= _Loan Bank;_ =Banco Municipal de Préstamos,= _Municipal
Pawnshop;_ =Banco de Construcciones,= _Loan and Building Association;_
=Banco Agrícola,= _Farmers' Loan Company, Rural Credits Bank_.
=Directorio,= _Board of Directors;_ =Gerente,= _Manager, Director;_
=Tesorero,= _Treasurer;_ =Tesorería,= _Treasury, Treasurer's Office;_
=Cajero,= _Cashier;_ =Contador General,= _Auditor;_ =Tenedor de Libros,=
_Bookkeeper;_ =Pagador,= _Paying Teller;_ =Recibidor,= _Receiving
Teller;_ =ventanilla,= _window_.
=Operaciones mercantiles,= _business_ (_mercantile_) _operations;_
=compra y venta, compraventa,= _buying and selling;_ =especulación,=
_speculative transactions;_ =movimiento mercantil,= _business;_
=corretaje,= _brokerage;_ =negocio,= _deal, dealings, business_.
[2] =préstamo, prestar en hipoteca,= _to loan on security_. RELATED
WORDS: =fianza, seguridad, garantía,= _bond, security, guaranty,
guarantee;_ =dar fianza,= _to give bond;_ =contrato de compraventa,=
_contract of bargain and sale;_ =salir fiador, responder,= _to stand_
(_act_) _as security_.
[3] =bienes raíces,= _real estate_. RELATED WORDS: =Propiedad raíz o
inmueble, bienes inmobiliarios.=
[4] =Bolsa,= _Stock Exchange_. RELATED WORDS: =Cotizaciones,=
_quotations;_ =alza, baja,= _rising and falling_ (_prices, market_);
=operaciones bursátiles,= _Stock Exchange operations;_ =acciones,=
_shares, stock;_ =---- preferidas, ---- ordinarias,= _preferred ----_,
_common ----_; =diferidas,= _margin;_ =Corredor de Bolsa,= _Stock
Exchange broker;_ =accionista,= _share-_ or _stock-holder;_ =fondos
públicos,= _Government_ or _State securities;_ =títulos, bonos u
obligaciones de la Deuda Pública, o la Deuda Flotante,= _shares or bonds
of the National Debt;_ =Consolidados,= _Consols;_ =prima,= _premium;_
=cédulas, bonos,= _stock certificates;_ =vale, cupón, debentura,=
=título.=
[5] =cualesquiera otros.= Note that _cualesquiera_ is the plural form of
_cualquiera_.
=Activo,= _assets_. RELATED EXPRESSIONS: =Capital; ---- suscrito,=
_paid-up capital;_ =---- autorizado,= _authorized ----_; =---- en oro,
---- en metálico, ---- en dinero contante y sonante,= _---- in specie;_
=---- en fondos públicos,= _---- in State securities;_ =---- en
efectivo,= _---- in cash;_ =---- flotante,= _uninvested capital_.
[6] =Emitir billetes,= _To issue bills_ (_money_). RELATED EXPRESSIONS:
=Papel moneda en circulación,= =curso forzoso= (_emisión sin garantía_);
=papel moneda,= =billetes de banco,= =moneda fiduciaria,= =medio
circulante;= =garantía de oro,= _conversion fund;_ =oro amonedado,=
_gold coin;_ =oro en barras,= =---- en lingotes;= =acuñar moneda,= _to
coin_ (or _mint_) _money_.
[7] =Volviendo a,= _Returning to_.
[8] =propias de,= _peculiar to_.
[9] =con la ventaja de que ...,= _with the advantage that ..._.
[10] =plazo fijo,= _time deposit accounts_. RELATED WORDS: =A la vista,=
_at sight;_ =al portador,= _to the bearer;_ =a treinta días vista,= _at
thirty days after sight;_ =a la orden, a mi orden,= _to the order, to my
order_.
[11] =cancelación,= _liquidation; payment_. RELATED EXPRESSIONS:
=Satisfacción de una deuda, pago, descargo, liquidación, saldo de
cuentas, pago de la última cuota= (_installment_).
[12] =Ha puesto Ud. el dedo en la llaga,= _You have touched the heart of
the matter_.
[13] =como no sea,= _unless it be_. VARIANTS: =Salvo, excepto.=
XXXIII.--ENTRANDO AL MERCADO LATINO-AMERICANO
--Entusiasmado por la pintura que hace Ud. de la América latina, deseo
tentar mi suerte en esos nuevos mercados. Pero ignoro, me avergüenzo de
decirlo, los detalles más elementales de tal tentativa; y en verdad no
sabría ni siquiera cómo empezar mi nueva empresa.
--En cuanto a eso, todo depende del vuelo que Ud. piense dar a los
negocios. No sería malo[1] que Ud. hiciera un primer ensayo por medio de
alguna de las casas comisionistas de exportación establecidas en este
país.
--¿Qué clase de negocios hacen esas casas?
--Algunas sirven de agentes a ciertas empresas importadoras de la
América latina, realizando los pedidos y cobrando una comisión por este
servicio. Otras son establecimientos mercantiles extensamente
ramificados, con sucursales en los principales países del mundo. Por
último, algunas de esas casas comisionistas son representantes
exclusivos de fuertes firmas importadoras establecidas en el extranjero.
--Dice Ud. bien:[2] este procedimiento sería muy conveniente, sobre todo
al principio, pues me evitaría el desagrado de tratar directamente con
personas que operan en mercados que no conozco.
--Ciertamente. Se desentendería Ud. de[3] créditos, de los detalles y
minuciosidades de la remisión, de atender reclamos, etc., y además
recibiría su dinero inmediatamente.
--¿Qué me cuenta Ud.?[4] ¿Toman sobre sí[5] esas casas la
responsabilidad exclusiva de cobrar el importe de las ventas?
--Sí tal. Para eso se han informado de antemano acerca de la solvencia,
o como también se dice, la responsabilidad o el crédito de sus
corresponsales. Como lo ve Ud., este procedimiento es el más expeditivo
para quien, como Ud.,[6] considera que sus negocios de exportación son
asunto incidental[7]; pero si Ud. desease fundar desde luego[8] un
negocio importante, el mejor medio sería ponerse en relaciones directas
con el mercado.
--¿Y para ello ...?
--El procedimiento más recomendable sería, a mi juicio, establecer una
sucursal en cada centro comercial importante, a cuyo frente pondría Ud.
un gerente, auxiliado por un cuerpo de empleados, alquilando un local
que pudiera servir de almacén para el depósito de las mercancías.
--Las mías son máquinas, como Ud. sabe.
--En ese caso sería indispensable una buena reserva de piezas de
repuesto. Su representante podría ir observando las condiciones del
mercado, estudiando las fuentes de la concurrencia, y lo que es más
importante, poniéndose en relaciones con quienes pudieran ser
compradores.
--Un inconveniente veo en el procedimiento, y es el gasto considerable
que implica.
--Sin duda hay que gastar mucho en establecer y mantener un plantel
semejante; por eso, sólo pueden costear esta representación las empresas
más poderosas, quienes, precisamente debido a ello, han llevado a cabo
negocios importantes monopolizando a veces ciertas actividades
comerciales.
--¿Qué tal sería[9] mandar a esos países un agente viajero?
--Es un procedimiento muy en boga; pero en ese caso deberá Ud. elegir
una persona que hable el castellano, y sobre todo que sea de una cultura
y experiencia algo mayor de la que usualmente se requiere para tales
trabajos en los Estados Unidos. Ya sabe Ud. lo que nos recomiendan los
que entienden de estas cosas[10]: «¡guiaos[11] por una política
ilustrada, mandad comerciantes, no buhoneros y baratilleros!» En otras
palabras, Ud. deberá enviar un agente que sea capaz de apreciar otros
elementos fuera de los que se refieren a la utilidad que dejan las
ventas. Su representante debe ser persona educada, capaz de[12]
comportarse como caballero; deberá llevar cartas de presentación que le
abran las puertas de los negociantes más conocidos, de los clubs y
bancos, de las cámaras de comercio y otras organizaciones e
instituciones mercantiles.
--¿No es posible utilizar como agentes a personas o firmas ya
establecidas?
--Sin duda; pero, naturalmente, tendrá Ud. que cuidar, ante todo, de que
esos representantes no estén interesados en la venta de productos
propios similares a los suyos.
--Me imagino que las casas serias no aceptarán una representación a
menos que se les dé agencia exclusiva en toda la América latina.
--¡Oh, no! La representación debe darse por países, aunque es cierto que
en algunos casos es posible, y hasta conveniente, incluir varias
pequeñas repúblicas vecinas en un solo territorio; como, por ejemplo,
toda la América Central, o bien, regiones limítrofes tales como
Argentina, Paraguay y Uruguay. En algunos países, especialmente en
aquéllos que no cuentan con vías de fácil comunicación, como en Colombia
y Venezuela, donde sería difícil y caro remitir las mercaderías de un
punto a otro muy distante, es necesario a veces dividir la
representación o hacer de modo que[13] los artículos sean remitidos
directamente desde aquí a los clientes que residen en los distritos más
distantes.
--Y si remitiera un catálogo a los comerciantes de la América latina a
quienes mis artículos pudieran interesar, ¿no cree Ud. que recibiría
pedidos de allá? Ninguno de los cónsules de esos países se negaría, me
imagino, a remitirme una nómina de los comerciantes en mi ramo ....
--No le aconsejo a Ud. ese procedimiento. Desde luego tendría Ud. que
gastar en la traducción al castellano de sus catálogos, pues no hay que
pensar en remitirlos en inglés. Pero aun así, dudo que los resultados
correspondieran al esfuerzo. Deseche Ud. la esperanza de capturar
mercados con tan sencillos procedimientos. Antes que eso, le aconsejaría
constituir aquí una asociación entre fabricantes de artículos semejantes
a los suyos, y reducir de ese modo los gastos de una representación en
el exterior. Me consta que algunos fabricantes mantienen con éxito
agencias de esta clase, de las cuales reciben informaciones referentes a
las condiciones del mercado, al par que mantienen[14] con el público un
contacto personal, que es la mejor manera de interesar a los presuntos
compradores.
Chapter Footnotes:
[1] =No sería malo,= _It wouldn't be a bad thing_. VARIANTS: =Sería
bueno, convendría.=
[2] =Dice Ud. bien,= _You are right_. VARIANTS: =Tiene Ud. razón; dice
Ud. la verdad.=
[3] =Se desentendería Ud. de,= _You wouldn't have to bother with_.
[4] =¿Qué me cuenta Ud.?= _You don't say?_ VARIANT: =¡No diga Ud.!=
[5] =¿Toman sobre sí ...?= _Are such firms responsible_ ...?
[6] =para quien, como Ud.,= _for one who, like yourself_.
[7] =considera que sus negocios de exportación son asunto incidental.=
Note omission of indefinite article.
[8] =desde luego,= _from the start; from the beginning_. VARIANT: =Desde
un principio.=
[9] =¿Qué tal sería ...?= _How would it do_ ...?
[10] =los que entienden de estas cosas,= _those who understand these
things_. Note preposition _de_ which may be omitted.
[11] =guiaos, guia(d)os.= Note omission of _d_.
[12] =capaz de,= _who is capable of_.
[13] =hacer de modo que,= _to arrange in such a way_. VARIANTS:
=Arreglar de modo (or de manera) que; disponer las cosas de modo.=
[14] =al par que mantienen,= _at the same time keeping_.
XXXIV.--LAS IMPORTACIONES DE NORTE AMERICA
--¿Cuáles son las mercaderías, de los Estados Unidos que tienen fácil
salida[1] en las plazas de la América latina?
--Su pregunta no puede contestarse en términos generales. Desde luego la
demanda de ciertos artículos está impuesta por la geografía, el clima y
las condiciones industriales de cada país. En la zona tórrida, no
venderá Ud. vestidos de abrigo ni patines para el hielo. En ciertas
ciudades argentinas y uruguayas donde la madera escasea, sería absurdo
ofrecer en venta estufas que requieren leña como combustible; y en el
norte de Chile, donde no llueve nunca, estarían de más los capotes
impermeables.
--Esas son verdades de «Pero Grullo».[2] Mi pregunta tenía por objeto
averiguar cómo influye la concurrencia de artículos europeos en la
demanda por los productos similares norteamericanos.
--A ese respecto debe decirse que algunos géneros norteamericanos deben
sufrir esa concurrencia con más éxito que otros.
--¿Cuáles son las mercaderías que se imponen en el mercado[3]?
--Los artículos de metal,--es decir, los de aluminio, hierro, acero,
cobre y latón, así como las aleaciones de esos metales.
--¿Las mercaderías de madera no se hallan en este caso?
--Sí, por cierto; desde el producto bruto hasta el mueble más fino. Y
otro tanto ocurre con los artículos de cuero, caucho y goma vulcanizada.
--Hasta aquí[4] he comprendido perfectamente. Ahora dígame Ud. ¿cuáles
son las manufacturas que no compiten con éxito con las europeas?
--En esta clase entran los textiles, particularmente los tejidos de
algodón, hilo y lana; las lozas, porcelanas y artículos de vidrio y
cristal; las preparaciones de perfumería, los vinos, licores y otras
bebidas.
--¿De modo que sería excusado[5] pretender introducir en la América
latina las mercaderías que Ud. acaba de mencionar?
--No he dicho tanto.[6] Aquí se presenta otro aspecto de la cuestión. La
concurrencia europea no es igualmente intensa en toda la América latina.
Hay una zona, que comprende Méjico, América Central y las Antillas,
donde los Estados Unidos llevan a Europa la ventaja de la proximidad y
de una relación comercial más estrecha. Se puede decir que allí los
Estados Unidos dominan en el comercio, como lo prueba el hecho de que
las importaciones de este país son cuatro veces mayores que las de la
Gran Bretaña.
--¿Quiere Ud. decir con eso que en la zona del Caribe nuestras
mercancías tienen mayor salida que las similares europeas?
--Así es. En cuanto al resto de la América latina, esto es, los países
de Sud América, las relaciones comerciales que éstos mantienen con
Europa son más íntimas y fáciles, y la concurrencia es desfavorable a
Uds. en cuanto a artículos de igual calidad y costo de producción. Como
resultado de esta diferencia, la Europa domina en esa zona, con una
importación muchísimo mayor que la de Estados Unidos. Allí sólo pueden
imponerse las mercaderías realmente superiores,--entre ellas las ya
mencionadas de metal, madera, cuero y caucho, en que los Estados Unidos
se distinguen.
Chapter Footnotes:
[1] =tienen fácil salida,= _find a ready sale_ (_market_). VARIANT:
=Pueden venderse más fácilmente.=
[2] =verdades de «Pero Grullo»,= _truisms of no particular value_.
VARIANT: =«Perogrullada».=
[3] =que se imponen en el mercado,= _for which there is a market_.
[4] =Hasta aquí,= _Up to this point_. VARIANT: =Hasta ahora.=
[5] =¿... sería excusado ...?= ... _would be useless_ ...?
[6] =No he dicho tanto,= _I would not go so far as that_. VARIANTS: =No
quiero decir tanto= (or =eso=)=; no voy tan lejos.=
XXXV.--NACIONALIDAD
--¿Cómo imponen la nacionalidad las repúblicas de la América latina?
--En la mayor parte de esas repúblicas se consideran naturales todos los
nacidos en ellas.[1] Algunas excluyen de esta condición a los hijos de
extranjeros, siempre que[2] el hijo no opte por la nacionalidad de
nacimiento al llegar a su mayoría de edad.[3] En otras, las
constituciones acuerdan a los hijos la nacionalidad de sus padres sólo
en caso que aquéllos expresamente lo soliciten dentro de un tiempo breve
después de alcanzada la mayoría de edad.
--¿Conserva el que nace en el extranjero, de padres latino-americanos la
nacionalidad de sus progenitores?
--Fuera de Méjico y alguna otra república cuyas constituciones declaran
nacionales a todos los hijos de padres nativos, sin excepción,
incluyendo así, por lo tanto, a todos los nacidos en el extranjero, los
demás países latino-americanos sólo adoptan este principio cuando el así
nacido[4] se domicilia en el país.
--Y en ese caso, ¿deben ambos padres ser nativos de la república de que
se trate?
--Algunas constituciones exigen que ambos padres lo sean; otras
requieren esta condición sólo del padre; algunas--las menos--del padre o
la madre.
--¿Se estimula la naturalización de los extranjeros?
--Sí, por cierto; pero la legislación al caso no es uniforme. Algunos
países establecen que todo extranjero que ejerce algún oficio o
profesión, o que posee propiedad raíz o capital en giro, es considerado
ciudadano, a menos que aquél manifieste su propósito de conservar su
nacionalidad original. En la mayoría de los países la ciudadanía debe
solicitarse, y el tiempo de residencia necesaria para ello varía desde
un año en Chile hasta diez en Panamá.
--¿No puede abreviarse ese tiempo?
--Sí; en caso de que el extranjero en cuestión sea propietario, o tenga
familia, y sobre todo si es casado con una natural del país. Algunas
repúblicas hispanoamericanas facilitan la naturalización a los hijos de
las otras naciones hermanas. La mayoría de las repúblicas de Centro
América consideran ciudadanos de las mismas a todos los residentes que,
nacidos en otra nación centroamericana, no expresen el deseo de
conservar su nacionalidad.
Chapter Footnotes:
[1] =todos los nacidos en ellas,= _all those born therein_.
[2] =siempre que,= _provided that_. VARIANT: =Con tal que.=
[3] =al llegar a su mayoría de edad,= _upon reaching his majority_
(_full legal age_). VARIANT: =Cuando llegue.=
[4] =el así nacido,= _the one thus born_.
XXXVI.--EDUCACIÓN
--¿A qué edad comienza la educación de los niños en la América latina?
--Cada uno de esos países tiene su legislación propia, y ésta admite
diferencias aún dentro de una misma nación; pero puede decirse que en
general los niños ingresan a la escuela primaria a los seis años de
edad.[1] En los países que han incorporado a sus instituciones de
enseñanza los jardines de infantes, o sea escuelas maternales o
_kindergartens_ como también se los llama, el niño empieza su educación
a una edad más temprana.[2]
--Hablaba Ud. hace un momento de diferencias en la legislación escolar
dentro de cada país: ¿no está centralizada en cada una la dirección de
la educación?
--Es cierto que casi todas las naciones hispano-americanas han creado en
la administración federal un Ministerio encargado de dirigir la
instrucción pública; pero por lo común, ese departamento gubernamental
se encarga sólo de administrar la educación superior, la secundaria, la
normal y la especial. Tocante al[3] gobierno de la enseñanza primaria,
la tendencia de la legislación es asegurar a su respecto la autonomía de
los estados, provincias o departamentos, que son los nombres de las
divisiones políticas correspondientes a las que, en Estados Unidos, se
llaman estados. En cada una de esas divisiones las autoridades dirigen
los asuntos relativos a la enseñanza primaria con entera independencia y
aún con rentas propias; en otros países la autonomía es menos completa,
y los consejos locales administran los fondos votados por el gobierno
federal. Por último, no es raro el caso en que[4] los dineros destinados
a la educación proceden de ambas fuentes.
--¿Es gratuita la enseñanza elemental?