LEY XIX.

_Cómo puede home facer de nuevo ó non pozo ó fuente en su heredat._

Fuente ó pozo de agua habiendo algunt home en su casa, si algunt

su vecino quisiese facer otro en la suya para haber agua et para

aprovecharse dél, puédelo facer et non gelo puede el otro vedar, como

quier que menguase por ende el agua de la su fuente ó del su pozo,

fueras ende si este que lo quisiese facer non lo hobiese meester, mas

se moviese maliciosamiente por facer mal ó engaño al otro con entencion

de destajar ó de menguar las venas por do viene el agua á su pozo ó á

su fuente; ca entonce bien lo podrie vedar que lo non feciese: et si lo

hobiese fecho, podríegelo facer cerrar; ca dixieron los sabios antiguos

que las maldades de los homes non las deben las leyes nin los reyes

sofrir nin dar pasada, ante deben ir siempre contra ellas.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 1122 / 1261 题