LEY XXI.

_Cómo debe home usar de los ganados, et de los siervos et de las otras

cosas en quel otorgan el uso._

Uso tan solamiente habiendo algunt home en casa agena bien puede hi

morar él, et su muger, et sus fijos et su compaña, et puede hi rescebir

aun huéspedes si quisiere: et si por aventura otorgase un home á otro

uso en sus siervos ó en sus bestias, puede él mesmo usar dellas para

sus labores ó para otro su servicio tan solamiente, mas non puede logar

nin emprestarlos á otri los siervos nin las bestias. Otrosi decimos que

si un home otorgase á otro uso en sus ganados, que aquel á quien es

otorgado que puede traer aquellos ganados por sus heredades porque se

engruese la tierra del estiercol que sale dellos para dar mejor fruto,

et puede tomar de la leche, et del queso, et de la lana et de los

cabritos lo que hobiere meester para despensa de sí et de su compaña,

mas non debe tomar ende para vender nin para dar á otri ninguna cosa.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 1096 / 1261 题