_Cómo non pierde el derecho que ha á la cosa aquel que la tiene
empeñada, maguer su dueño perdiese por tiempo el señorio della._
Como quier que los homes pueden ganar el señorio en las cosas muebles
habiéndolas por compra ó por alguna otra razon derecha á buena fe, et
seyendo tenedores dellas tres años, segunt que habemos mostrado en las
leyes sobredichas deste título; con todo eso si la cosa mueble que
alguno quisiese ganar por tanto tiempo, hobiese seido empeñada de su
señor enante que hobiese acabado de la ganar el otro por tiempo, non
pierde por ende el derecho que habie sobrella el que la tenie á peños.