LEY XXVI.

_Cómo los rios facen á las vegadas perder ó ganar á los homes el

señorio que han en las heredades que son cerca dellos._

Crescen los rios á las vegadas de manera que tuellen et menguan á

algunos en las heredades que han en las riberas dellos, et dan et

acrescen á los otros que las han de la otra parte. Et por ende decimos

que todo quanto los rios tuellen á los homes poco á poco de manera

que non pueden entender la quantidat dello porque lo non llevan

ayuntadamente, que lo ganan los señores de aquellas heredades á quien

lo ayuntan, et los otros á quien lo tuellen non han en ello que veer.

Mas quando acaesciese quel rio levase de una heredat ayuntadamente,

asi como alguna partida della con sus árboles ó sin ellos, lo que asi

levase non ganan el señorio dello aquellos á cuya heredat se ayunta,

fueras ende si estodiese hi tanto tiempo que raigasen los árboles en la

heredat de aquellos á quien se ayuntase; ca entonce ganarie el señorio

dello el dueño de la heredat do raigasen, pero serie tenudo de dar al

otro el menoscabo que rescebió por ende, segunt alvedrio de homes bonos

et sabidores de labores de tierra.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 998 / 1261 题