LEY XXIV.

_Cómo gana home ó pierde el señorio de las cosas de los enemigos._

Las cosas de los enemigos de la fe con quien non ha tregua nin paz el

rey, quien quier que las gane deben seer suyas, fueras ende villa ó

castiello; ca maguer alguno la ganase, en salvo finca el señorio della

al rey en cuya conquista la ganó: empero débele el rey facer señalada

honra et bien al que la ganase. Otrosi decimos que quien quier que

prenda home en tiempo de guerra que esté en tierra de los enemigos

et faga guerra á los cristianos, que sea su cativo de aquel que lo

prisiere, quier sea cristiano quier moro. Mas luego que saliese de

poder de aquel que lo cativase et tornase á tierra de los enemigos,

perderie el señorio dél el que lo hobiese cativado ó el que lo comprase

dél, et serie por ende libre.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 996 / 1261 题