LEY II.

_En qué manera et contra quién se deben complir los juicios valederos._

Complidos deben seer los juicios valederos en esta manera; ca deben

primeramente catar los que los mandan complir si aquel que es vencido

otorgó la debda por sí, ó le fue probado de guisa que non lo pudo

contradecir: et debe facer esto llanamente, sin agraviamiento et con

buenas palabras, entregando al vencedor contra el demandado ó á sus

herederos en tanta contia ó en aquellas cosas que señaladamente son

puestas en el juicio. Et si por aventura aquellos contra quien fue

dado el juicio fuesen rebelles de manera que refertasen la entrega

queriéndose amparar por fuerza, entonce deben los judgadores ayuntar

homes armados et venir con ellos al logar, et complir su juicio

poderosamente, de manera que la justicia venza.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 966 / 1261 题