LEY II.

_Qué pro nasce del juicio, et quántas maneras son dél._

Grand es la pro que del juicio nasce que es dado derechamente; ca por

él se acaban las contiendas que los homes han entre sí delante de los

judgadores, et alcanza cada uno su derecho. Et los juicios depártense

en tres maneras: la primera es mandamiento que face el judgador al

demandado que pague ó entregue al demandador la debda ó la cosa que

conosciere antél en juicio sobre quel face la demanda: la segunda

manera es quando el judgador da juicio contra el demandado por mengua

de respuesta, ó quando da juicio sobre alguna cosa nueva que acaesce

en el pleyto et non sobre la demanda principal, asi como si fuese

contienda sobre la carta del personero si era valedera ó non, ó quando

alguna de las partes aduxiese testigos en juicio, ó mostrase cartas ó

previllejos para probar su entencion, et la otra parte dixiese algunas

razones por que quisiese desechar aquellos testigos ó contradecir

aquellas cartas; ca en qualquier destas razones ó de otras semejantes

dellas quel judgador diese juicio ante que fuese librado el principal,

á tal juicio como este dicen en latin _interlocutoria_, que quiere

tanto decir como palabra ó mandamiento de judgador que face sobre

alguna dubda que acaesce en el pleyto: et puede dar el judgador este

juicio por escripto ó por palabra si quisiere: et otrosi lo puede

toller et emendar por alguna razon derecha quando quier ante que dé

juicio acabado sobre la demanda principal. La tercera manera de juicio

es la sentencia que llaman en latin _definitiva_, que quiere tanto

decir como juicio acabado que da fin á la principal demanda, quitando ó

condenando al demandado.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 890 / 1261 题