_Qué pro nasce del juicio, et quántas maneras son dél._
Grand es la pro que del juicio nasce que es dado derechamente; ca por
él se acaban las contiendas que los homes han entre sí delante de los
judgadores, et alcanza cada uno su derecho. Et los juicios depártense
en tres maneras: la primera es mandamiento que face el judgador al
demandado que pague ó entregue al demandador la debda ó la cosa que
conosciere antél en juicio sobre quel face la demanda: la segunda
manera es quando el judgador da juicio contra el demandado por mengua
de respuesta, ó quando da juicio sobre alguna cosa nueva que acaesce
en el pleyto et non sobre la demanda principal, asi como si fuese
contienda sobre la carta del personero si era valedera ó non, ó quando
alguna de las partes aduxiese testigos en juicio, ó mostrase cartas ó
previllejos para probar su entencion, et la otra parte dixiese algunas
razones por que quisiese desechar aquellos testigos ó contradecir
aquellas cartas; ca en qualquier destas razones ó de otras semejantes
dellas quel judgador diese juicio ante que fuese librado el principal,
á tal juicio como este dicen en latin _interlocutoria_, que quiere
tanto decir como palabra ó mandamiento de judgador que face sobre
alguna dubda que acaesce en el pleyto: et puede dar el judgador este
juicio por escripto ó por palabra si quisiere: et otrosi lo puede
toller et emendar por alguna razon derecha quando quier ante que dé
juicio acabado sobre la demanda principal. La tercera manera de juicio
es la sentencia que llaman en latin _definitiva_, que quiere tanto
decir como juicio acabado que da fin á la principal demanda, quitando ó
condenando al demandado.