_En qué manera debe seer fecha la carta del compromiso quando algunos
ponen la contienda que han entre sí en mano de avenidores._
Contiendas han entre sí á las vegadas los homes et pónenlas en mano
de avenidores, et la carta de tal avenencia llámanla compromiso et
debe seer fecha en esta guisa: Sepan quantos esta carta vieren como
Garcia Ferrandez de la una parte et Gil Perez de la otra acordadamente
ficieron et escogieron á Ferrant Mateos por su avenidor et por árbitro,
et por arbitrador et por comunal amigo sobre tal contienda ó pleyto
que era entre ellos: et débelo el escribano escrebir en la carta en la
manera que es. Los quales Garcia Ferrandez et Gil Perez prometieron el
uno al otro et ambos aunadamente al árbitro sobredicho de estar, et
de obedescer et de complir todo quanto el árbitro ficiere, ó judgare
ó mandare en el pleyto sobredicho: et otrosi le otorgaron poderio
que pueda judgar et mandar una vez ó mas si quisiere en escripto ó
sin escripto, et en dia feriado ó non feriado, estando las partes
delante ó non, ó guardando la órden del derecho ó non la guardando,
et en qualquier logar ó en qualquier tiempo, et que pueda prendar las
partes et facer complir su juicio ó su mandamiento, et otrosi que pueda
declarar et enterpretar las palabras de su juicio si fuesen escuras ó
nasciese alguna dubda sobre ellas: et sobre todo le otorgaron libre et
llenero poder de facer et de mandar et de judgar entre ellos asi como
juez avenidor ó comunal amigo. Et prometieron que todas las cosas que
son escriptas en esta carta et cada una dellas obedescerán et habrán
por firmes para siempre, et que non vernán contra ellas por sí nin por
otri en ningunt tiempo nin por ninguna razon so pena de mill maravedis,
la qual pena tantas vegadas sea tenudo de la pagar la parte que non
obedesciere al árbitro á la otra, quantas vegadas ficiere ó viniere
contra lo quel avenidor sobredicho judgare ó mandare; et la pena pagada
ó non pagada, siempre sea firme et valedero todo quanto en esta carta
dice, et otrosi todo lo que judgare ó mandare el avenidor. Et porque
todas estas cosas fuesen mas firmes et mas estables obligaronse Garcia
Ferrandez et Gil Perez los sobredichos el uno al otro á sí mesmos, et
á sus herederos et á sus bienes: et renunciaron et quitaronse de toda
ley et de todo fuero &c. Pero si las partes quisieren poner su pleyto
en otra manera, entonce el escribano lo debe poner en la guisa que las
partes se avenieren.