_Cómo se debe facer la carta quando el heredero quiere desechar la
heredat del finado._
Desechan á las vegadas los herederos los bienes del finado, et la carta
de tal desechamiento debe seer fecha en esta guisa: Sepan quantos esta
carta vieren como Rodrigo Yeñeguez fijo que fue de don Yenego, veno
ante Gonzalo Ivañez alcalle de Toledo, et dixo que el heredamiento que
su padre le dexara en su testamento ó quel cayera dél porque murió sin
testamento, que lo desamparaba et non querie seer su heredero por razon
que su padre debie muchas debdas, et non se atrevie á pagarlas por los
bienes quel fallara, et por ende lo desechaba et se quitaba dél ante el
alcalle, deciendo que de aquel heredamiento que fuera de su padre que
non querie pro nin daño: et rogó á mi fulan escribano público ante los
testigos que son aqui escriptos que ficiese ende carta pública. Et en
esta mesma manera debe seer fecha la carta del que fuese establescido
por heredero de alguno, maguer non fuese su fijo si quisiese desamparar
el heredamiento en que fuera establescido por heredero.