_Qué pena debe haber aquel que gana carta de la corte del rey con
mentira._
Non es sin razon que hayan pena aquellos que ganan cartas de casa del
rey encobriendo la verdat ó deciendo mentira; ca desto se levantan
muchos males, lo uno que engañan á aquellos que dan las cartas, et
fácenles errar en ellas, lo al que facen daño á aquellos contra quien
son ganadas, faciéndoles trabajar et expender lo suyo sin derecho:
et otrosi embargan como non deben á aquellos á qui lievan las cartas
que las judguen destorvándoles de otras cosas que podrien librar con
derecho en quanto se detienen en sus revueltas et en sus mentiras.
Et por ende mandamos que qualquier que tal carta ganare, que peche
los daños á aquel contra quien la ganó, asi como los el otro rescebió
et las costas dobladas: mas si atal carta fuere ganada para facer
justicia de alguno de muerte ó de lision, ó para prenderle ó facerle
otra deshonra ó otro daño en su cuerpo ó en lo suyo, et usare della,
mandamos que resciba otra tal pena el que la ganó, qual rescebió ó
debiera rescebir aquel contra quien fue ganada.