LEY XLVI.

_Quántos homes pueden traer á pleyto por la carta general del rey sin

los que son hi nombrados._

Los entendimientos de los homes son departidos en muchas maneras asi

como deximos en el comienzo deste libro: et por ende algunos hi ha

que quieren usar en las cosas mas segunt su voluntat que por derecho.

Onde nos temiendo que algunos querrien sacar entendimiento de la ley

ante desta por ganar cartas con engaño por facer mal á otros con

ellas, queremos mostrar todos estos engaños cómo se deben entender

et cómo non deben valer: et decimos que si alguno gana carta contra

otro en que diga, fulan se me querelló de fulan et dotros muchos,

queriendo por esta palabra adocir muchos á pleyto por facerles daño,

mandamos que por tal carta como esta non pueda llamar á pleyto mas de

quatro, fueras ende aquellos que señaladamente nombrare en la carta

por sus nombres. Et aun decimos que estos quatro homes que deximos

que non nombró señaladamente, que non debe nin puede llamar tales que

sean mas poderosos homes nin mas honrados que aquellos que nombró,

mas que sean tales ó menores como aquellos de quien fizo la querella

señaladamente en poder et en honra; ca si dotra guisa fuese, un home

pobre ó vil podrie llamar tales homes et tan honrados que trayéndolos

en pleyto que les farie perder lo que hobiesen ó grant partida dello

por tal engaño como deximos. Et aun decimos mas, que si aquel que

ganase la carta general, asi como desuso habemos dicho, en que nombrase

señaladamente á algunos, si despues quisiese demandar á los que non

nombró señaladamente ante que á los otros, el alcalle ó aquel á quien

fue enviada la carta nol debe oir, ca bien semeja que lo face con

engaño, fueras ende si aquel ó aquellos que nombró fueren muertos,

ó mal enfermos, ó idos en servicio del rey ó de otro su señor, ó en

mensageria de su concejo ó en romeria, por que non los podiese ante

demandar á aquellos que á los otros. Et maguer deximos desuso que el

que ganase tal carta que non podie llamar mas de quatro sin los que

fuesen nombrados señaladamente en ella; pero si la demanda fuere de

pleyto que tanga á muchos, pues la razon una es et un razonador han á

dar por ella á todos, decimos que puede demandar como á uno, et non se

pueden excusar por decir que son mas de quatro.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 774 / 1261 题