_Carta que el descomulgado gana non vale, nin el que la gana
encobriendo alguna cosa de pleyto que sea comenzado ó de otro fecho._
Perdidas tenemos otrosi que son aquellas cartas que se ganan en alguna
destas maneras que diremos en esta ley, asi como si el que fuese
descomulgado segunt derecho de santa eglesia ganase carta para mover
pleyto nuevamente contra alguno; ca tal carta como esta piérdese et non
debe valer. Et si alguno gana otrosi carta de casa del rey sobre pleyto
que sea ya comenzado ante los alcalles ó ante aquellos que han poder
de judgar, porque su contendor non haya derecho, ó el pleyto se desate
ó se resuelva non seyendo el pleyto acabado, tal carta decimos que non
debe valer si non ficiere emiente en ella de todo lo que es ya pasado
en el pleyto ante aquellos que lo oyeren et que lo deben judgar; mas
si este atal ficiere emiente en ella agraviándose de tuerto quel fagan
mostrando razon derecha por que la pueda ganar, decimos que bien puede
valer la carta que ganare en esta razon. Otrosi decimos que non debe
valer la carta que alguno ganare deciendo quel ficieron tuerto ó demas
sabiendo la razon por quel fue fecho, et callándola et non la queriendo
decir. Otrosi decimos que si alguno ganare carta del rey de perdon
sobre malfetrias que haya fecho, ó sobre entrega ó otra cosa alguna que
fagan deciendo alguna partida de aquello por quel pide perdon ó por
quel ruega [1193] et encobriendo lo al, decimos que tal carta como esta
non vala, porque negó la verdat, et toda cosa que por ella sea fecha
ó dada ó prometida non debe otrosi valer: mas si fuere de perdon de
su cuerpo señaladamente por malfetria que hobiese fecho, debe valer en
aquellas cosas sobre que él demandó perdon et non en mas.