LEY XXVIII.

_Qué fuerza han las cartas et los previllejos, et en quántas maneras se

deben guardar._

La fuerza que han los previllejos et las cartas de qual manera quier

que sean, querémosla mostrar por estas leyes, et departir de quántas

guisas son et en qué manera se ganan: onde decimos asi, que las unas se

ganan segunt fuero et las otras contra fuero, et la tercera manera es

de otras cartas que non se ganan segunt fuero, pero non son contra él.

Et nos queremos fablar en esta ley de las primeras cartas que se ganan

segunt fuero, et decimos que estas que asi son ganadas son aquellas en

que manda el rey ó los otros que dan las cartas por él para complir

alguna cosa señalada segunt fuero: et por ende tales cartas decimos que

han fuerza de ley, et débense entender et judgar sin escatima et sin

punto, asi como ley. Et los previllejos otrosi decimos que han fuerza

de ley sobre aquellas cosas que son dados; ca previllejo tanto quiere

decir como ley apartada et dada señaladamente á pro de alguno ó de

algunos, asi como desuso mostramos.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 756 / 1261 题