LEY III.

_Sobre qué cosas deben facer pesquisa los pesquiridores._

Pesquiridores son dichos aquellos que son puestos para escodriñar la

verdat de las cosas mal fechas encobiertamente, asi como de muerte

de home que matasen en yermo ó de noche, ó en qual logar quier que

fuese muerto et non sopiesen quien lo matara, ó de eglesia quebrantada

ó robada de noche, ó de muger forzada que non fuese fecha la fuerza

en poblado, ó de casa que quemasen ó quebrantasen foradándola, ó

entrándola por fuerza ó de otra manera, ó de mieses que quemasen, ó de

viñas ó de árboles que cortasen, ó de camino quebrantado en que fuesen

homes robados, ó feridos, ó presos ó muertos; ca todas estas cosas

si fueren fechas encobiertamente asi como deximos, quier sean fechas

de dia quier de noche, porque vienen muchos males dellas et grandes

daños, et los homes non se pueden ende guardar, deben seer pesquiridas

et sabidas por los pesquiridores, solo que non sea fecha alguna destas

querellas de personas ciertas, ca entonce non se podrie facer. Pero

algunas cosas hi ha en que pueden facer pesquisa maguer non sean fechas

encobiertamente, asi como sobre conducho tomado, ó sobre fuerzas ó

robos que sean fechos et pidan merced al rey que lo mande pesquirir, ó

sobre otra cosa qualquier que se avengan las partes ante el rey ó ante

algunos de los otros que han poder de judgar.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 717 / 1261 题