_Cómo los que son de una casa ó de una compaña bien pueden seer
testigos en pleyto ageno._
El padre et los fijos que viven de so uno en una casa, ó los hermanos
que estodiesen en poder de su padre, bien pueden seer testigos en
pleyto ageno, maguer ellos non podrien testiguar unos por otros segunt
deximos en la ley ante desta; et non empescerie á aquel por quien
testiguasen por razon que vivien en uno, ó que eran de una compaña
entonce quando daban su testimonio.