_Cómo non puede seer testigo el padre contra el fijo nin el fijo contra
el padre._
Padre, nin abuelo nin los otros que suben por la liña derecha non
pueden testiguar en juicio por sus fijos, nin por sus nietos nin por
los otros que descenden dellos por esa mesma liña. Eso mesmo decimos
que ninguno destos descendentes non pueden testiguar por aquellos
de quien descenden: pero si contienda acaesciese sobre la edat de
alguno de los descendentes ó en razon de parentesco, bien podrie dar
testimonio el padre, et la madre, et el abuelo et la abuela en tal
pleyto como este. Otrosi decimos que si alguno hobiese fijo caballero,
que bien podrie seer testigo el padre en testamento que su fijo ficiese
en hueste ó en cabalgada.