LEY XIII.

_Que el siervo non puede testiguar contra su señor nin contra otri

sinon en casos ciertos._

Siervo ninguno non puede seer testigo en juicio contra otri, fueras

ende en pleyto de traycion que quisiesen facer ó fuese ya fecha contra

el rey ó contra el regno; ca en tal fecho todo home puede seer testigo

que sentido haya, solamente que enemigo mortal non sea de aquel contra

quien lo traen. Otrosi decimos quel siervo non puede dar testimonio

contra su señor en ninguna cosa, fueras ende en casos señalados: et

el primero es quando el señor fuese acusado de traycion que hobiese

fecho ó quisiese facer contra el rey ó al regno, ó sobre pleyto de

furto ó de engaño de haber del rey de que fuese acusado su señor: el

segundo es quando sospechasen que la muger hobiese muerto ó quisiese

matar al señor del siervo, ó el marido á la muger: el tercero es en

pleyto de adulterio de que fuese acusada su señora: el quarto es

quando dos homes fuesen señores de un siervo, et el uno dellos fuese

acusado de muerte del otro: el quinto es quando matasen al señor de

algunt siervo, et fuese sospechado que los herederos del muerto lo

ficiesen matar; ca en qualquier destos casos puede seer cabido el

testimonio del siervo, et debe seer creido maguer diga contra su señor.

Pero débenlo tormentar quando dixiere el testimonio, preguntandol et

amonestandol que diga verdat del fecho non nombrandol ninguna persona:

et el tormento le deben dar por esta razon, porque los siervos son como

homes desesperados por la servidumbre en que estan, et todo home debe

sospechar que dirien de ligero mentira et que encobririen la verdat

quando alguna premia non les fuese fecha. Otrosi decimos que aquel que

fuese siervo et es ya libre, puede dar testimonio en toda cosa en que

se acertó et vió quando era siervo, et non le empescerá maguer le digan

que á la sazon que lo vió era siervo.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 682 / 1261 题