LEY III.

_Que en pleyto de pesquisa pueden rescebir testigos non seyendo el

pleyto comenzado por demanda et por respuesta._

En otra manera pueden aun los testigos seer rescebidos, á menos de seer

el pleyto comenzado por demanda et por respuesta segunt deximos en

la ley ante desta. Et esto decimos que es en todo pleyto de pesquisa

general que manda facer el rey segunt dice en el título de las

pesquisas: et tales testigos como estos luego se deben tomar, pues que

non son aduchos sobre razon de demandador ó de demandado, mas llámanlos

por saber dellos verdat de las cosas dubdosas que son malfechas

ascondidamente de que algunos son enfamados: et tales testigos como

estos decimos que los deben facer jurar aquellos que tomaren el

testimonio dellos: et esta jura deben rescebir dellos ante que ninguna

cosa del testimonio digan. Eso mesmo decimos en qualquier otro pleyto

en que vengan algunos para seer testigos, que ante les deben facer

jurar que resciban el testimonio dellos asi como adelante mostraremos.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 672 / 1261 题