_Cómo la muger que dixiere que non es preñada de su marido mas de
otri, que por tales palabras non nasce mala sospecha á la criatura que
toviere en el vientre por quel pueda empescer._
Ensáñanse las mugeres á las vegadas tan fuertemente que por algun
despecho que han de sus maridos dicen que los fijos que tienen en los
vientres ó que son nascidos que non son dellos mas de otros; et en tal
caso como este decimos que si podiere seer probado por los vecinos de
aquel logar que el fijo de alguna muger que dixiese tales palabras como
sobredichas son, nasciera della seyendo casada con aquel marido, et
non habiendo el marido estado alongado della tanto tiempo que podiesen
verdaderamente sospechar segunt natura que el fijo fuera de otri; por
tales palabras que el padre ó la madre dixiesen non debe el fijo seer
desheredado nin le empesce en ninguna manera.