_Quando la una de las partes dice en juicio que su contendor es menor
de edat, et el otro dice que es de edat complida, qual dellos debe esto
probar._
Huérfano alguno queriendo salir de poder de sus guardadores porque
dice que es ya de edat complida, si los guardadores lo refiertan
razonando que es menor, tenudo es el huérfano de mostrar como es de
edat para poder salir de poder de sus guardadores et seer apoderado de
sus bienes: eso mesmo decimos si los guardadores pidiesen al juez que
sacase el huérfano de su guarda, diciendo que es ya de edat; ca si el
huérfano ó otri por él lo refertase, tenudos son de lo probar. Otrosi
decimos que si alguno quisiese desatar ó quebrantar véndida, ó postura
ó otro pleyto qualquier que él hobiese fecho con otri razonando que
á la sazon que lo ficiera que era menor de edat, et que fuera fecho
aquel pleyto á daño de sí, ó que fuera engañado en ello, que si la otra
parte respondiese que non era asi, mas que á la sazon que fizo aquella
postura era de edat complida, tenudo es aquel que quiere quebrantar el
pleyto de probar dos cosas; la una que él era menor en aquel tiempo que
aquel pleyto fizo; la otra que fue fecho por engaño ó á grant daño de
sí; ca si estas dos cosas non probase, non se podrie desatar el pleyto.