LEY III.

_Quién debe probar quando el padre dexa á sus fijos de ganancia en su

testamento mas de lo que dicen las leyes deste nuestro libro._

Tan grande es el amor que ha el padre á su fijo maguer sea de ganancia,

que va buscando carreras porquel pueda dexar mas en su testamento de lo

que mandan la leyes deste nuestro libro: et esto serie quando alguno

dexa á tal fijo tanto quantol otorga el derecho quel pueda dexar, et en

ese mesmo testamento dice que manda á sus herederos que tornen á aquel

su fijo tantos maravedis quel diera fulan, pariente de aquel mozo,

en poridat que los guardase para él, et otrosi quel tornasen tantos

maravedis que él rescebiera de los frutos de tal heredamiento del mozo

ó de su madre, ó mandase escrebir en el testamento otras palabras

semejantes destas en que mandase dar al mozo mas de lo que las leyes

mandan; decimos que los herederos non son tenudos de pagar mas de lo

que el derecho deste nuestro libro otorga que pueda mandar el padre á

tal fijo, et que en las palabras que dixo demas de aquello que non debe

seer creido; ca sospecharon los sabios antiguos que ficieron las leyes,

que quando el padre usa de tales palabras en su testamento, que lo face

por engañar la ley, et por sabor que ha de facer algo á su fijo et non

porque sea asi. Pero si tal fijo podiere probar quel padre le debie ó

rescebiera por él algunas cosas destas sobredichas quel mandaba dar,

entonce tenudos serien los herederos de tornarle et de entregarle todo

aquello que asi probase ó mostrase.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 651 / 1261 题