LEY XI.

_Qué cosas debe catar el que jura._

Mucho debe catar aquel que jura que non diga cosa por que haya de

caer en perjuro; ca si la jura que tomaren dél es para decir verdat

ciertamente, asi como es aquella por que se destaja el pleyto de que

fablamos en las leyes deste título, et otrosi la jura que toman de los

testigos, debe entonce decir lo que sabe de cierto, ó si por aventura

non se acuerda dello de manera que lo pueda decir ciertamente, entonce

ó debe tomar plazo en que se pueda remembrar del fecho, ó decir que non

sabe ende en cierto la verdat. Mas si la jura fuere de tal natura que

el home que la ha de facer sea tenudo á lo menos de decir lo que cree

de aquel fecho sobre que jura, asi como es la jura de la manquadra de

que fablamos desuso, entonce abonda que diga que cree ó que non cree el

fecho sobre que le preguntan, et valdrá lo que dice por creencia bien

asi como si lo dixiese por cierto. Pero ante que esto diga debe asmar

en su corazon si cree sin dubda que sea asi como él responde por su

jura; ca si por aventura alguna dubda [1162] hobiese en su creencia,

debe tomar plazo ante que responda á la pregunta quel facen para

acordarse á responder en cierto sobre ella: et si fuese otra jura atal

en que aquel que la debe facer pueda apreciar la cosa et el menoscabo

que hobiese rescebido por ella por que non gela quisiese entregar su

contendor, ó gela hobiese maliciosamente traspuesta, ó por razon de

tuerto ó de engaño, entonce debe asmar el menoscabo ó el daño que

rescibe por ende derechamente et sin mala cobdicia: et catando aquel

que ha de jurar en alguna destas tres maneras de juras et guardando

lo que aqui decimos, non podrie ligeramente caer en perjuro. Otrosi

decimos que non debe jurar por antojamiento nin por liviandat, sinon

por alguna guisada razon por que lo hobiese de facer, asi como por

mandado del rey ó del judgador, ó por razon de guardar alguna postura,

ó avenencia ó pleyto que fuese de tal natura que non se tornase en

deshonra nin en daño del rey, nin del regno nin de su alma de aquel

que lo ficiese: et maguer alguno fuese de tan mal entendimiento que

esta jura ficiese, non es tenudo segunt Dios nin segunt el mundo de

guardarla, como quier que deba seer escarmentado aquel que se atrevió á

facerla.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 618 / 1261 题