_Qué pena meresce el que fuere rebelde en non venir al emplazamiento._
Rebeldes hi ha algunos homes de manera que non quieren venir al
emplazamiento que les facen; et estos non deben fincar sin pena porque
desprecian mandamiento de aquellos á quien deben obedescer: et por ende
decimos que quando alguno fuere emplazado del rey por su palabra, ó por
su portero ó por su carta, si fuere ricohome ó concejo de algunt logar,
ó otro home honrado asi como arzobispo, ó obispo, ó maestre de alguna
órden, ó comendador, ó prior ó abad, qualquier destos sobredichos que
non veniese al plazo ó non enviase, ó si veniere et fuere rebelde non
queriendo entrar en el pleyto sobre que fue emplazado, ó si se fuere
de la corte sin mandado del rey, peche al rey cient maravedis porque
despreció su mandamiento: et si fuere infanzon ó otro caballero ó home
honrado de villa, peche treinta maravedis al rey: et si fuere home
de menor guisa peche diez maravedis: et sobre todo esto debe pechar
qualquier destos sobredichos á su contendor todas las despensas que
hobiere fechas por razon de aquel emplazamiento, porque non quiso venir
á facerle derecho: et si aquel que fue rebelde hobiese seido emplazado
para ante algunt judgador de los de la corte del rey, mandamos [1149]
que peche cinco maravedis al judgador ante quien fue emplazado porque
despreció su mandamiento: et el que negare que non fue emplazado, si le
fuere probado peche la pena doblada al rey ó á aquel para ante quien
fue emplazado, et otrosi las despensas dobladas á su contendor: et todo
esto que deximos de los emplazados mandamos que sea guardado contra
aquellos que los emplazan si non venieren ó non enviaren como deben
al plazo. Otrosi decimos que todo home que fuere emplazado á querella
dotri que venga facer derecho ante su juez que es puesto en las
cibdades ó en las villas, si non veniere al plazo ó non enviare home
que razone por él, ó si se fuere sin mandado del judgador, que peche
por pena al alcalle medio maravedi et otro medio á su contendor: esa
mesma pena debe haber el que le ficiere emplazar si non veniere ó non
enviare su personero al plazo como debe.