LEY X.

_Por quáles razones el que fuere vocero ó sabidor del pleyto de la una

parte puede sin malestanza seer abogado de la otra en aquel pleyto

mesmo._

Vienen los homes á las vegadas á los abogados et muéstranles sus

pleytos et descúbrenles sus poridades porque puedan mejor tomar consejo

et ayuda dellos: et acaesce á las veces que despues que ellos son

sabidores del fecho que se tienen maliciosamente mas en caro diciendo

que les non ayudarán sinon por prescio desaguisado: en tal caso como

este decimos que si la parte que descobriese su pleyto al abogado le

quisiese pagar su salario convenible ol ficiese seguro dello á bien

vista de homes buenos, que tenudo es el vocero de le ayudar et consejar

bien et lealmente; pero si alguno ficiese esto maliciosamente diciendo

et descobriendo el fecho de su pleyto á muchos voceros porque la otra

parte non podiese haber ninguno dellos para sí, mandamos quel judgador

non sufra tal engaño como este, et que dé tales voceros como estos á la

otra parte si gelos pidiere, maguer fuesen sabidores del pleyto de la

otra parte asi como sobredicho es. Otrosi decimos que si algunt abogado

toviere voz agena contra otri et muriere aquel contra quien la tiene

ante quel pleyto sea librado, si los fijos de aquel muerto fincan en

guarda deste vocero por alguna de las maneras que dicen las leyes deste

nuestro libro que fablan de la guarda de los huérfanos, que bien puede

seer vocero dellos contra la otra parte cuyo abogado ó consejero habie

ante seido en aquel mesmo pleyto.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 558 / 1261 题