_Qué es lo que han de guardar et de facer los jueces quier sean
ordinarios ó delegados quando alguna de las partes dicen que los han
por sospechosos._
Sospecha nasce á las vegadas en el corazon del demandado contra el juez
ante quien le quieren facer la demanda: et porque es mucho peligrosa
cosa de haber home su pleyto delante el judgador sospechoso, por ende
tovieron por bien los sabios antiguos que si el juez de quien sospechan
es delegado quel puedan desechar ante quel pleyto sea comenzado por
demanda et por respuesta afrontándole ante homes buenos et deciendo
ante ellos como lo han por sospechoso, et que por esta razon non
quieren comenzar su pleyto nin responder en juicio antél, jurando el
que esto dixiere sil demandaren la jura que lo non dice maliciosamente
por alongar el pleyto, mas porque ha miedo et sospecha del juez. Et
despues que lo asi hobiere dicho et jurado, nol debe el juez apremiar
que responda antél maguer nol diga por qué razon lo ha por sospechoso;
ca segunt establescimiento de las leyes antiguas non ha porque lo decir
si non quisiere: pero el juez delegado [1125] á quien sospechasen
en esta manera con todo esto bien puede apremiar á amas las partes
que se avengan fasta tres dias en algunos homes bonos sin sospecha
que los oyan et delibren la contienda que es entre ellos: et aquel ó
aquellos en que las partes se avinieren pueden et deben oir et librar
el pleyto en la manera que lo deberie et podrie librar el juez delegado
si non fuese desechado por sospechoso. Et si por aventura acaesciese
desacuerdo entre las partes, de manera que non se podiesen avenir en
escoger los homes bonos que los librasen, entonce el juez ordinario del
logar do fuere esta contienda, debe tomar por su alvedrio algunos homes
bonos sin sospecha, et mandarles que libren el pleyto en la manera
que fue mandado al primero. Mas si el demandado quisiere desechar por
sospechoso al juez ordinario, entonce decimos que lo non puede facer,
porque despues que tal juez como este es escogido del rey por home
bono, et hále otorgado poderio de librar todos los pleytos de aquel
logar do es puesto, non debe home haber mala sospecha que él ficiese en
ningunt pleyto que demandasen antél sinon lo mejor. Pero quando alguno
lo hobiese por sospechoso, debe entonce el juez ordinario por sí mismo
escoger un home bono ó dos que oyan aquel pleyto et lo libren con él
en uno derechamente, de manera que ninguna mala sospecha non pueda hi
nascer.