LEY XV.

_Cómo los judgadores deben seer acuciosos para facer complir sus

juicios._

Porfiado debe seer el juez en tal manera que quando diere su juicio

acabado de que non se alce ninguna de las partes que faga en todas

guisas que se cumpla: ca pues que razon de derecho le aduce que lo

debie facer, non ha por ninguna manera á dexarlo como en olvidanza,

porque el su oficio non se ha de complir tan solamente por palabra, mas

aun por fecho. Et si de otra guisa ficiese, vernien por ende muchos

daños, ca meterse hie por olvidadizo, [1120] et otrosi por desdeñoso et

despreciador de lo quel mismo ficiera; et demas faria mal á amas las

partes, primeramente á la que hobiese rescebido el tuerto alongandol la

emienda que debia haber, et á la otra dandol osadia porque ficiese otro

tal ó peor: et por ende en todas guisas debe el juez facer complir su

juicio en la manera que se muestra adelante en las leyes del título que

fablan en esta razon.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 497 / 1261 题