_Cómo el demandado debe catar en qué tiempo le quieren facer la demanda
et las defensiones que puede haber por sí contra ella._
Apercebirse debe el demandado ante que responda á la demanda quel
quieren facer que cate el tiempo en que gela facen; ca si fuere dia
feriado non es tenudo de responder en él sobre demanda quel fagan,
fueras ende en aquellas cosas que deximos desuso do fablamos de
los dias feriados. Et si por aventura fuese tal dia en que debiese
responder, débese facer dar en escripto la demanda que quieren mover
contra él, et tomar plazo de tercero dia en que se conseje et vea todo
el recabdo que tiene por cartas, ó por testigos ó por otro derecho de
que se pueda ayudar contra aquello quel demandan.