_Quáles dias son de guardar para non facer demanda en ellos por honra
de Dios et de los santos._
Pascua de Navidat, et de Resurreccion et de cinquesma son tres fiestas
muy grandes que todos los cristianos han de guardar mucho para non
facer sus demandas en ellas en juicio; et los santos padres que
establescieron el ordenamiento de santa eglesia, tovieron por bien que
non guardasen tan solamente estos dias, mas aun siete dias despues de
Navidat, et siete ante de pascua de Resurreccion et siete despues, et
tres dias despues de la cinquesma. Et otrosi mandaron guardar [1102]
el dia de la fiesta de _Aparitio Domini_ et de la Ascension, [1103]
et todas las fiestas de santa Maria et de los apóstoles et de sant
Juan Baptista, et otrosi los dias de los domingos. Et todos estos dias
deben seer guardados por honra de Dios et de los santos; de manera
que non debe ningunt home en ellos facer demanda á otro para adocirle
en juicio: et si en tales dias como estos alguna fuese demandada ó
librada, non serie valedero lo que ficiesen maguer fuese fecho con
placer de amas las partes.