_Cómo puede home facer demanda en juicio sobre cosa quel hobiesen
forzada ó enagenada maliciosamente._
Forzado seyendo algunt home de cosa que quisiese despues demandar en
juicio, en su escogencia es de facer esta demanda á aquel á quien
la fallare, ó al otro que la forzó por sí ó mandó á otro forzarla, ó
á aquel que la rescebió del que sabie que la habie forzada. Otrosi
decimos que si alguno teniendo quel demandarán en juicio alguna cosa
que tenie, la enagenase á otro mas poderoso que sí ó que sea de otro
fuero por facer mas trabajar al que entiende quel quiere mover pleyto
sobrella, que la puede el demandador demandar al que la toviere: otrosi
puede demandar á aquel que la enagenó quanto daño le vino por razon
de aquel enagenamiento. Pero si non quisiere facer la demanda á aquel
que la cosa tiene, bien puede demandar la valia della á aquel que la
enagenó, mas despues que este precio que deximos levare del enagenador,
non puede despues demandar de cabo al que la cosa tiene.