LEY VI.

_Sobre quáles pleytos pueden mover los criados et los servientes

demanda contra los señores con quien viven ó vivieron, et en quáles

non._

Servientes nin criados que home tenga en su casa que vivan á su

bienfecho ó por soldada que dél tomen, non puede ninguno dellos mover

demanda contra aquel con quien vive ó vivió enante sobre cosa de quel

podiese venir muerte, ó perdimiento de miembro ó de su fama [1085] ó

de grant pérdida de su haber atanto que hobiese de fincar pobre si lo

perdiese. Et si alguno dellos tal demanda moviese contra qualquier de

los que desuso deximos como en manera de acusacion, non le debe seer

cabida et demas debe morir por ello, fueras ende si lo ficiese por

descobrir traycion que tanxiese al rey ó al regno, ó á alguna de las

otras personas que son ayuntadas á él por que podiese caer en pena

de traycion si lo non dixese: et esto es porque maguer son tenudos

á los señores con quien viven por razon del bienfecho que resciben

dellos, mayormente lo deben seer al rey, que es señor natural tambien

de aquellos con quien viven como dellos mismos: et otrosi al regno por

la naturaleza, et el bienfecho que resciben dél tambien ellos como sus

señores.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 426 / 1261 题