LEY IV.

_Sobre quáles pleytos puede mover demanda en juicio un hermano contra

otro et sobre quáles non._

Hermano contra hermano non puede facer demanda en juicio sobre cosa por

que debiese rescebir muerte, ó perdimiento de miembro ó seer echado de

la tierra, fueras ende si lo ficiese por fecho que tanxiese á él mismo,

asi como si el otro se trabajase de lo matar por sí ó por otri, ó de

facerle perder miembro, ó de otra cosa que se le tornase en deshonra

muy grande, ó si lo quisiese desheredar sin derecho, ó por muerte

de señor que lo hobiese muerto á traycion non habiendo otri que lo

demandase, ó por fecho de otra traycion muy grande que tanxiese al rey

ó al regno.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 424 / 1261 题