_Cómo deben seer escogidos et fechos los alfaqueques, et quién los
puede facer._
Escogidos mucho afincadamente deben seer los alfaqueques, pues que tan
piadosa obra han de facer como sacar los cativos: et non tan solamente
los deben escoger que hayan en sí aquellas cosas que deximos en esta
ley, mas aun que vengan de linage bien afamado. Et este escogimiento
ha de seer por doce homes buenos que tome el rey, ó el que estudiere
en su logar, ó los mayorales de aquel concejo do moraren aquellos que
hobieren á seer alfaqueques: et estos han de seer sabidores del fecho
de los otros, porque puedan jurar sobre santos evangelios en mano del
rey ó del que fue puesto en su logar, que aquellos que escogen para
esto han en sí todas las cosas que deximos en la ley ante desta. Et
despues que desta guisa fuesen escogidos deben ellos otrosi jurar que
sean leales en fecho de los cativos, allegando su pro et arredrando
su daño quanto ellos pudieren, et que por amor nin malquerencia que
hobiesen á alguno non dexasen de facer esto, nin por don que les diesen
nin les prometiesen á dar. Et despues que esta jura hobiesen fecho
débeles el rey otorgar ó el que estudiere en su logar, ó los mayorales
de aquel concejo do moraren ó do los ficieren, que dende adelante
sean alfaqueques, et darles carta abierta con sello de aquel que gelo
otorgare, et pendon de señal del rey, porque puedan ir seguramente
á lo que hobieren de facer. Et desta guisa deben seer fechos los
alfaqueques; et el que de otra manera los ficiese, ó los que tomasen
poder por sí mesmos para seerlo, yerran gravemente, por que deben haber
pena segunt alvedrio del rey, tambien el uno como el otro.