LEY X.

_Como los logares que ganan los enemigos, si despues los cobran

aquellos cuyos fueren, deben seer tornados al primer estado._

Imperios et regnos et otras tierras caen muchas vegadas en poder de

los enemigos, perdiéndolos aquellos [1068] que dende son naturales,

et veniendo en mano de otros extraños que camian los nombres de los

logares et departen los términos, et usan de los derechos de otra

manera que antes eran: et despues acaesce que á tiempo tornan en poder

de aquellos cuyos fueron primero. Et por ende los antiguos llamaron

cativos á aquellos logares en quanto eran desapoderados dellos aquellos

cuyos debien seer por derecho: et tovieron por razon que despues que

los cobrasen ó saliesen de aquel cativerio, que fuesen tornados al

primer estado derechamente asi como de ante estaban, et si quisiesen

que pudiesen demandar el señorio, et todos sus términos et los otros

derechos, et cobrarlos como primeramente los habien, et que tiempo

ninguno non pasase contra ellos para facerles perder su derecho. Et

esto se entiende de los señores mayores porque non menguasen nin se

desficiesen de todo; mas de los menores, si despues que los hobiesen

cobrados aquellos cuyos debien seer, si fasta quatro años non quisiesen

demandar los derechos que pertenesciesen á aquellos sus logares,

puédenlos perder por tiempo, fueras ende si aquel que lo hobiese á

demandar non fuese de edat; ca este en quanto non lo fuese, et aun

despues fasta quatro años en salvo finca su derecho para demandarlo si

quisiere. Eso mesmo serie si alguna cibdat, ó villa ó otro logar que

fuese perdudo et cobrado asi como desuso dexiemos, quisiesen demandar

sus términos et sus derechos fasta quatro años, et su señor non gelo

consentiese; ca mientra el señor non quisiese non lo podrien facer nin

correrie tiempo contra ellos pues que por fuerza de mandamiento lo

hobiesen á dexar: mas despues quando al señor ploguiese bien lo podrien

demandar.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 392 / 1261 题