LEY X.

_Qué escarmiento deben haber los que non ayudasen ó embargasen la

justicia en el tiempo de guerra á los que la hobiesen de facer._

Ayudar deben todos aquellos que fueren en las huestes ó en las

cabalgadas á facer justicia et complirla á los que fueren puestos en

ellas para facerla por el rey mismo, ó por el cabdiello que estoviese

en su logar ó por los que ellos hobiesen puesto entre sí; ca al rey

deben todos comunalmente ayudar como á su señor por aquellas razones

que ya dichas habemos en algunas leyes deste libro, et al cabdiello que

hi fuere por él, porque tiene su logar et ha de complir su mandamiento,

et aun porque le han ellos de obedescer, et otrosi al adalid en

aquellas cosas que pertenescen á su oficio; ca en esto guardan al rey

su señorio et su derecho, et facen en ello pro de sí mesmos en ayudar á

aquellos que han de escarmentar los males que entre ellos se ficieren.

Et por ende los que esto non quisieren facer, segunt las leyes

antiguas deben seer echados de la hueste ó de la cabalgada si fueren

de los menores, et si de los mayores, deben perder todo el bienfecho

que del rey hobiesen. Mas si por aventura algunos fuesen tan locos ó

tan atrevidos que esta justicia quisiesen embargar, deben haber esa

mesma pena que diximos de los otros, et demas perder todo quanto alli

truxiesen.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 379 / 1261 题