_Qué escarmiento deben haber los que non ayudasen ó embargasen la
justicia en el tiempo de guerra á los que la hobiesen de facer._
Ayudar deben todos aquellos que fueren en las huestes ó en las
cabalgadas á facer justicia et complirla á los que fueren puestos en
ellas para facerla por el rey mismo, ó por el cabdiello que estoviese
en su logar ó por los que ellos hobiesen puesto entre sí; ca al rey
deben todos comunalmente ayudar como á su señor por aquellas razones
que ya dichas habemos en algunas leyes deste libro, et al cabdiello que
hi fuere por él, porque tiene su logar et ha de complir su mandamiento,
et aun porque le han ellos de obedescer, et otrosi al adalid en
aquellas cosas que pertenescen á su oficio; ca en esto guardan al rey
su señorio et su derecho, et facen en ello pro de sí mesmos en ayudar á
aquellos que han de escarmentar los males que entre ellos se ficieren.
Et por ende los que esto non quisieren facer, segunt las leyes
antiguas deben seer echados de la hueste ó de la cabalgada si fueren
de los menores, et si de los mayores, deben perder todo el bienfecho
que del rey hobiesen. Mas si por aventura algunos fuesen tan locos ó
tan atrevidos que esta justicia quisiesen embargar, deben haber esa
mesma pena que diximos de los otros, et demas perder todo quanto alli
truxiesen.