_Cómo deben seer escarmentados los que non guardasen las posturas que
hobiesen puestas entre sí et con los otros que anduviesen en guerra._
Posturas ponen entre sí los que andan en guerra; et esto se puede facer
en dos maneras, la una sobre los fechos que acaescen entre sí mesmos,
et la otra con los enemigos; et cada una destas es mucho de guardar;
ca la que ellos mesmos ponen unos con otros de su grado et sin premia
ninguna bien se entiende que non lo facen sinon por su pro et porque
puedan mejor acabar su fecho. Et por ende debe seer mucho tenida
seyendo todavia guardados los derechos del rey et de los otros señores;
ca ninguno non puede contra esto facer postura ninguna, si non la
ficiere por su mandado: et quien quier que la quebrantase debe haber
tal pena por escarmiento segunt la postura que hobiesen entre sí; mas
si la non hobiesen puesta, hángela á dar por alvedrio del rey. Et la
que ponen con los enemigos, quier sea de paz ó de guerra, debe otrosi
seer mucho guardada, fueras ende si fuese contra fe, ó á daño del rey ó
del regno; et esto por dos razones, la una por guardar su lealtad, la
otra porque aquellos que lo oyeren hayan mayor sabor de avenirse con
ellos, et facer lo que quisieren teniendo que les estarán en lo que con
ellos pusieren. Et por ende debe seer mucho escarmentado el que tal
postura quebrantase, asi que non le han de menguar nada de la pena que
en ella fuere puesta; et si non la hi hobiese, débele seer dada por
alvedrio del rey, catadas todas las cosas que dichas son.