_Qué cosa es almoneda, et cómo se deben vender en ella las cosas que
ganaren en guerra._
Almoneda es dicha el mercado de las cosas que son ganadas en guerra
et apreciadas por dineros cada una quanto vale: et esto ficieron los
antiguos por tres razones: la primera porque alli fuesen las cosas
pujadas quanto mas podiesen, de manera que los que las ganaron hobiesen
ende pro et sabor de ir ganar mas: la segunda porque los señores non
perdiesen su derecho: la tercera porque non pudiese seer fecho en
ellas engaño nin furto vendiéndolas ascondidamente. Et porque esto
se guardase bien pusieron los antiguos que fuese fecha desta manera:
et esto es que la fagan concejeramente en logar do puedan los homes
veer las cosas ó llegar á ellas, et aun tañerlas si quisieren, et
apreciarlas cada uno quantol semejare, et pujarlas otrosi como se
atreviere. Et el recabdo que hi debe haber por seer esto bien guardado,
es que sean hi los quadrilleros quando esto fecieren, et que tomen
fiadores de aquellos que alguna cosa sacaren della porque paguen
aquello que compraren luego de mano ó fasta tercer dia, ó á lo mas á
nueve dias: empero si hobiere hi algunos de la cabalgada que quieran
sacar del almoneda alguna cosa en precio de la parte que deben haber,
débengela dar asi como dice en la ley que fabla de los quadrilleros.
Et si por aventura los fiadores non pagasen á este plazo sobredicho
ó enante, puédenlos preyndar los quadrilleros sin caloña et sin
juicio ninguno; et non lo deben ellos dexar de facer, nin los otros
defenderles los peños por honrados nin por poderosos que sean, ante
gelos deben dar luego et sin vergüenza ninguna: et esta preynda pueden
facer en sus casas et en lo suyo do quier que lo fallen: et si al non
les fallasen puédenles tomar las bestias en que cabalgaren et aun los
paños que vestieren, asi como mantos et garnachas et capas et otros
paños que desta guisa sean. Pero esto deben facer de manera que non
finquen desnudos del todo si homes honrados fueren: et si otros homes
débenlos desnudar et tomar quanto les fallaren: et si otra cosa non les
fallasen débenles prender los cuerpos et meter en cárcel ó en mano de
los fiadores que los fiaron: et estos hanlos de tener bien guardados
fasta que paguen lo que deben doblado por los plazos que pasaron et se
tovieron en caro de non querer pagar. Et por ende pusieron este plazo
tan pequeño los antiguos para facer las pagas, porque entendieron que
en fecho de guerra non habie meester tardanza ninguna de haber los
homes su parte de la ganancia que hobiesen fecha, porque les embargasen
las voluntades de ir otra vegada á las otras cosas que hobiesen
meester por que non lo quisiesen facer maguer pudiesen. Otrosi los
honrados homes et poderosos que por su poderio ó por su honra quisiesen
contrallar de facer estas pagas pasados los plazos, deben pagar doblado
aquello que deben: et demas desto quantos dias pasasen de alli adelante
deben pechar las misiones que ficiesen, tambien los que lo hobiesen
de recabdar como los otros que lo hobiesen de haber: et si alguno
desdeñosamente se toviese por deshonrado por la prenda quel ficiesen
quel habie merescida por su culpa, la pena que dieron los antiguos á
tales como estos fue que demas desto que deximos que deben pechar, que
non hobiesen parte ninguna de la ganancia que ficiesen. Et por ende
los emperadores et los reyes en el tiempo antiguo ellos mesmos sacaban
algunas cosas del almoneda, et á sabiendas non las querien pagar á los
plazos sobredichos, et consentien que los prendasen porque los otros
non hobiesen vergüenza nin se toviesen por deshonrados quando atal
fecho les acaesciese.