LEY XVIII.

_Qué derecho deben haber los homes de lo que ganan en torneo, ó en

espolonada, ó en torneamiento, ó en lid ó en justa._

Torneo que se volviese entre dos huestes que estudiese una cabo de

otra, ó de los que toviesen cercadas villas ó castiellos con aquellos

que fuesen de dentro, tovieron por bien los antiguos que lo que cada

uno hi ganase que lo hobiese quitamente: et esto por dos razones; la

primera porque lo facen por mandado de sus cabdiellos, la segunda

porque aventuran sus cuerpos á peligro de muerte por facer bondat

yendo solos ó con pocos, mas que los otros que van en esfuerzo de

grandes compañas: et por ende non han de dar parte á otri, nin quinto

al rey nin otro derecho, fueras ende aquellas cosas señaladas que dice

en la ley que fabla en esta razon. Eso mesmo serie de lo que fuese

ganado en espolonada [1020] si non acaesciese que por ella fuese tomada

la villa ó castiello; ca esto debe seer del rey con el cabdiello et con

todas las otras cosas quel pertenescen por razon de su honra segunt en

las leyes desuso es dicho. Mas del torneamiento que se face por razon

de usar las armas, non para matarse nin por otra enemistad conoszuda

que los homes hobiesen unos con otros, en tal como este todo lo que hi

ganase cada uno debe seer suyo, et non ha de partir con ninguno nin dar

quinto nin derecho dello al rey nin á otro señor que haya: et aun si

acaesciese que algunt caballero fuese hi preso, bien puede levar aquel

que lo prisó tamaña contia de haber segunt la postura que ante hobiesen

puesto que aquel torneamiento comenzasen. Et si aveniese que algunos

[1021] se remidiesen de justar uno por otro tan solamente de lanzas, el

que derribase habrie el caballo del derribado de aquella manera quel

fallase armado ó por armar: et desto non han de dar parte nin derecho

ninguno. [1022] Mas si por aventura fuese que lidiasen [1023] á prueba

uno con otro ó mas por razon de riepto, deben los vencedores haber para

sí todas las cosas que ganaren de los vencidos, et non deben dello dar

parte nin derecho á ninguno, fueras ende si aquello que troxesen los

venzudos todo ó alguna partida dello fuese de otri.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 340 / 1261 题