_En qué manera deben dar al rey su derecho de lo que ganasen en las
guerras._
Departimiento ficieron los antiguos en qué manera deben dar los homes
al rey estos derechos que deximos de lo que ganasen en guerra, et
pusieron asi: que quando el rey venciese batalla porque esto non podrie
seer á menos de se acertar él mesmo en ella, quel diesen el quinto de
todas las cosas muebles que ganasen ante que sacasen ende las herechas
nin ficiesen otra particion, nin metiesen ninguna cosa en almoneda:
et este quinto se debe dar en esta manera, tomando uno de cinco. Et
si algunos hobiesen tomado presos ó alguna de las otras cosas mayores
que pertenescen al rey por razon de honra asi como ya deximos, sinon
gelo levasen luego que lo hobiesen tomado, ó non lo diesen al home que
estudiese en su logar para recabdar por él estas cosas, deben haber tal
pena como aquellos que non conoscen los derechos que le deben facer,
nin entienden las razones por que conviene que lo fagan, nin saben
la manera en quel deben guardar. Et por ende la pena que estos atales
deben haber en los cuerpos et en los haberes ha de seer segunt el rey
fallare por su consejo, catando las cosas que fueren tomadas, et los
homes que lo ficieron, et el tiempo et el logar en que fue fecho. Pero
si fuere batalla en que el rey non se acertase por su cuerpo, et la
venciesen los suyos, [1002] deben fincar primeramente las herechas para
refacer los daños que hobiesen rescebidos et lo que hobiesen de haber
las guardas que guardasen la presa que non se perdiese nin la furtasen:
et otrosi las escuchas et las atalayas que fuesen puestas para guardar
la hueste ó la cabalgada; et despues de todo esto deben dar al rey su
quinto de lo que fuese vendido en almoneda. Mas esto non se entiende
de las cosas mayores que pertenescen á él mesmo por razon de honra asi
como desuso deximos, ca estas cosas non se deben almonedear, mas hánlas
de dar al rey [1003] los que las tovieron, et él facerles gualardon
por ellas segunt entendiere que conviene: et eso mesmo decimos de lo
que fuese ganado en facienda, ó en lid, ó en cabalgada do va algunt
cabdiello para su mandado.