LEY II.

_Cómo deben seer fechas las emiendas de los daños que los homes

resciben en sus cuerpos._

Home es la mas honrada cosa que fizo Dios en este mundo: et bien asi

como los sus fechos son adelantados entre todos los otros, otrosi

tovieron por bien los antiguos de fablar primeramente de lo que á

ellos pertenesce: et por ende pusieron que las erechas que pertenescen

á sus cuerpos fuesen ante fechas que las otras: et estas pueden seer

en quatro guisas; et las tres son por vida, asi como cativar, ó seer

ferido de guisa que pudiese sanar aina, ó fincar lisiado por todavia,

et la quarta quando lo matan los enemigos. Onde por todas estas razones

tovieron por derecho que si alguno de los que fuesen en cabalgadas ó en

otra manera de guerra de las que deximos cativasen, que diesen otro por

él de los que ellos toviesen presos segunt qual home fuese caballero ó

peon: et si non lo hobiesen, [987] quel diesen tanto de la cabalgada

de que pudiese otro comprar que diese por sí para salir de cativo: et

si fuere ferido de manera que non perdiese miembro, si la ferida fuese

en la cabeza de guisa que non se pudiese encobrir con los cabellos,

quel diesen doce maravedis; et por ferida de la cabeza de la qual le

sacasen hueso diez maravedis; et por otra ferida de que non le sacasen

hueso cinco maravedis; et por ferida del cuerpo que pasase de una parte

á otra diez maravedis; et por ferida de brazo ó de pierna que pasase de

un cabo á otro cinco maravedis; et por ferida que non pasase la meitad

desto que deximos de ferida que pasa, et por quebrantadura de pierna ó

de brazo de que non fincase [988] lisiado, por cada una diez maravedis.

Mas si acaesciese que alguno fuese ferido de guisa que fincase lisiado,

asi como si perdiese ojo, ó nariz, ó mano ó pie, por cada uno destos

debe haber cient maravedis; et por la oreja quarenta maravedis: et

si perdiere el brazo fasta el cobdo, ó la pierna fasta la rodilla ó

dende arriba, debe haber ciento et veinte maravedis: et quien perdiere

el polgar de la mano debe haber cincuenta maravedis; et por el dedo

segundo, que es cabo del pulgar, quarenta maravedis; et por el tercero

treinta; et por el quarto veinte; et por el quinto diez; et por los

quatro dedos, si acaesciere que gelos corten en uno, ochenta maravedis

si el pulgar le fincare: et si perdiere de los dientes delanteros de

los quatro de suso ó de los quatro de yuso, por cada uno dellos debe

haber quarenta maravedis: et por otra ferida de que fuese lisiado, asi

como quebrantado ó fadrubado, debe haber cient maravedis.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 318 / 1261 题