_Que los caballeros deben seer entendudos._
Aun hi ha otras bondades sin las que diximos en la ley ante desta que
deben haber en sí los caballeros, et esto es que sean entendudos; ca
entendimiento es la cosa del mundo que mas enderesza al home para
seer complido en sus fechos, [786] nin que mas le estraña de las
otras criaturas. Et por ende los caballeros que han á defender á sí
et á los otros segunt dicho habemos, deben seer entendudos; ca si lo
non fuesen errarien en las cosas que hobiesen á defender, porque el
desentendimiento les farie que non mostrasen su poder contra aquellos
que lo hobiesen de mostrar, et de la otra parte que feciesen mal á los
que fuesen tenudos de guardar: et otrosi les farie seer cruos contra
la cosa que debiesen haber piadat, et piadosos en lo que debien seer
crueles: et aun les farie facer otro yerro mayor que se tornarie en
deslealtad; ca facerles hie amar á los que hobiesen á querer mal,
et desamar á los que hobiesen de querer bien; et aun les farie seer
esforzados do non lo debiesen seer, et cobardes do debien haber
esfuerzo, et cobdiciar lo que non debien haber [787] et olvidar lo que
debien cobdiciar: et desta guisa les farie errar el desentendimiento en
todas las cosas que hobiesen de facer.